“Reformas tributarias no pueden ser agenda secreta”: demandante de Ley de Financiamiento

En diálogo con El Espectador, el profesor Daniel Libreros, explica por qué demandó la norma. Según el gobierno, era un salvavidas para el hueco fiscal que encontraron. Para Libreros, las exenciones que le daba la norma a los empresarios eran exageradas.

Felipe Morales Sierra - @elmoral_es
17 de octubre de 2019 - 11:00 a. m.
Con una votación de seis contra tres, se impuso la postura de que la Ley de Financiamiento era inconstitucional.  / Mauricio Alvarado - El Espectador
Con una votación de seis contra tres, se impuso la postura de que la Ley de Financiamiento era inconstitucional. / Mauricio Alvarado - El Espectador

La Corte Constitucional tumbó la Ley de Financiamiento con la que el gobierno buscaba aliviar lo que ha llamado un hueco fiscal. Según el alto tribunal, existieron errores en el trámite de la iniciativa en el Congreso, con lo cual la norma es contraria a la Constitución y debe dejar de operar. Sin embargo, para no generar un vacío normativo, la Ley seguirá vigente hasta el 31 de diciembre de este año, tiempo que a la vez es un plazo para que el gobierno presente una nueva iniciativa que reemplace la norma.

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En ese contexto, El Espectador habló con uno de los demandantes, que hizo que la discusión llegara hasta la Corte Constitucional. Daniel Libreros, docente de la Universidad Nacional, explicó por qué demandó la Ley y señaló que el país debería aprender de este fallo, para que el Congreso se replantee cómo se tramitan las reformas tributarias.

Se cayó la Ley de Financiamiento, ¿qué opina de la lectura que hizo la Corte de su demanda?

Creo que la Corte dijo lo que tenía que decir. El fallo leyó bien el procedimiento mismo de la elaboración de la Ley, sobre todo en la fase final cuando se hicieron tantas modificaciones en el Senado y después el texto llegó a la Cámara, pero no se hizo ninguna modificación. Prácticamente la Cámara votó a “pupitrazo” todas las modificaciones que se hicieron en el Senado sin siquiera discutirlas.

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¿Cuáles fueron los argumentos de su demanda?

Nosotros demandamos por vulneración del principio de publicidad, y, además, agregamos que se vulneró la consecutividad. Dos elementos que tienen que tener los trámites de las leyes. Por un lado, no se hicieron públicas las modificaciones que se le hicieron en el Senado, y por otro, tampoco hubo debates. Esto parece una discusión secundaria, pero remite a un tema de procedimiento que, a su vez, remite a los principios de la democracia participativa: no puede ser que los congresistas voten, en un tema tan importante como el tributario, sin conocer lo que están votando. Es que sus decisiones afectan de manera directa la calidad de vida de la gente.

El magistrado Carlos Bernal estaba en contra de esta decisión, dijo que los congresistas sí tuvieron la información suficiente para votar, ¿qué opina de esa postura?

Por eso también demandamos por consecutividad, que, básicamente es la obligación de que haya debates consecutivos. La discusión no era solo si el texto estaba en la Gaceta del Congreso o si estaba en la página web, era que no se debatió el texto. Incluso, cuando nosotros presentamos la demanda y pedimos el acta escrita de ese día, lo confirmamos: en la Cámara no hubo debate sobre todas las modificaciones que se hicieron en el Senado.

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Ahora, la Corte ha sido tan generosa con el gobierno, que les acepta que, sin publicidad, puedan remediar las fallas de no discusión entre las dos cámaras, siempre y cuando la presentación que se haga permita claridad sobre el tema y permita un debate sobre el tema. (Esa presentación estuvo a cargo del senador David Barguil, pero para la Corte tampoco fue suficiente).

¿Qué dice esto de cómo funciona el Congreso?

Yo creo que la enseñanza, es, por un lado, que no se debe votar a pupitrazo y, por otro, que las próximas reformas tributarias deben tener una discusión de cara a la sociedad. Nosotros insistimos en eso porque tenemos un centro de pensamiento en la Universidad Nacional, unido a otras universidades del país, y hacemos investigación sobre estos temas para tratar de que la academia y la ciudadanía se integren a estas discusiones. Las reformas tributarias no pueden ser una agenda secreta entre el Congreso y el gobierno. Por eso le apuntamos a una expansión de la democracia participativa y representativa.

Varios gremios criticaban que una eventual caída de la Ley de Financiamiento iba a afectar gravemente la economía, ¿qué evidencias hay de esto?

Esa es la razón por la cual la Corte modula la sentencia hasta el 1 de enero del 2020. Es decir, sigue siendo vigente hasta ese día, dándole la posibilidad al Congreso de que remedie la situación en estos dos meses, cosa que veo muy difícil. Francamente, la Ley de Financiamiento, según encontramos en el centro de pensamiento, otorgaba $9,5 billones en exenciones de impuestos a los empresarios y de recaudo solamente $7,5 billones. Es decir, eran más las exenciones que lo que se recogía finalmente. Por decirlo de otra manera: la Ley traía un hueco fiscal enorme y todos los alegatos de las empresas son para salvar sus excenciones, no están pensando en el país ni en el recaudo. No están pensando en que, si ellos no tributan tenemos que pagar las clases medias y bajas.

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Usted se ha referido a la Ley de una Financiamiento como una reforma tributaria, pero el gobierno siempre intentó hacer una diferenciación….

No, pero sí era una reforma tributaria. Hay un artículo en la Constitución que es el 341, que es el que establece la ley de financiamiento: allí se dice que este tipo de leyes son para tapar huecos fiscales a un año, sin embargo, le dieron la posibilidad de volverse reformas tributarias. De hecho, ¿sabe quién demandó la Ley de Financiamiento de 2016 del gobierno Santos? ¡Duque!, el actual presidente, que cuando era senador dijo que no se podía hacer una reforma tributaria. Pero ahí la Corte le dio la razón al Gobierno y, a partir de ahí, se abrió la posibilidad de hacer reformas tributarias por vía de ley de financiamiento.

Por Felipe Morales Sierra - @elmoral_es

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