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Semana Santa en Pamplona no puede financiarse con dineros públicos: Corte

El alto tribunal tumbó el artículo 8 de la ley 1645 de 2013.

Redacción Judicial
05 de mayo de 2016 - 08:45 p. m.

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó el artículo 8 de la ley 1645 de 2013 que le permitía a la administración municipal de Pamplona (Norte de Santander) la asignación de partidas presupuestales anuales para financiar la Semana Santa.

El alto tribunal determinó que dicho artículo vulneraba el principio de neutralidad establecido la Carta Política. Los demandantes así como el deber del Estado de proteger las creencias religiosas de todos los ciudadanos.

En este sentido consideraban que el artículo demandado se estaba privilegiando a la religión católica desconociendo el hecho que la Constitución Política establece que Colombia es un país laico. La Corte señala que la Semana Santa no puede ser financiada con recursos públicos.

La Semana Santa en Pamplona, Norte de Santander, declarada patrimonio cultural e inmaterial de la Nación, no puede financiarse con recursos públicos, debido a que viola el principio de neutralidad de la Constitución.

Igualmente el alto tribunal avaló los argumentos presentados en otra acción de tutela que señalaba que los recursos de los municipios debían destinarse a solucionar sus necesidades.
 

Por Redacción Judicial

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