Sí se pueden revelar órdenes de captura en medios: Corte Constitucional

La Corte Constitucional ratificó la ley que permite a la Policía Judicial acudir ante los medios de comunicación y revelar la existencia de órdenes de captura que fueron avaladas por un juez y desestimó una demanda que consideraba que esto atentaba contra el buen nombre y honra de una persona que no ha sido vencida en juicio.

Redacción Judicial
20 de junio de 2019 - 02:24 p. m.
El caso está en manos de la magistrada Gloria Ortiz. / Óscar Pérez - El Espectador
El caso está en manos de la magistrada Gloria Ortiz. / Óscar Pérez - El Espectador

La Corte Constitucional ratificó que las autoridades sí puedan revelar ante los medios de comunicación la existencia de una orden de captura en contra de una persona. Esa posibilidad que está contemplada en el Código de Procedimiento Penal había sido demandada ante el alto tribunal por Daniel Julián Rojas Suárez, quien consideraba que esto afecta los derechos de las personas involucradas.

Rojas Suárez argumentaba que divulgar órdenes de captura afectaba los derechos a la intimidad, al buen nombre y a la honra de las personas investigadas o sindicadas, porque permitía que la Policía Judicial, al publicar las órdenes de detención, haiciera pública la vida privada del investigado.

(Lea aquí: ¿Se pueden revelar órdenes de captura en medios? Empieza debate en la Corte Constitucional

La Sala Plena aprobó ayer la norma, en medio de una discusión en la que estaba en juego el derecho a la información. En el debate, la Fundación para la Libertad de Prensa había argumentado que la posibilidad de limitar la circulación de este tipo de datos vulneraba el derecho a la información de la ciudadanía y, de paso, reducía la posibilidad de debatir las intervenciones estatales en un proceso penal,“desdibujando el principio de democracia participativa”.

Así, aunque la aparición de estas órdenes puede tener un efecto en la vida íntima del procesado, esto no justifica que se impida a la comunidad informarse. Y es que, según la Fundación, limitar la información terminaría afectando discursos de interés públicos como los asuntos de política criminal. “Pocos asuntos deben interesar más a una sociedad que la forma en cómo el Estado hace uso de la fuerza, pues con esto se pone en juego las más básicas libertades”, aseguró la FLIP en su concepto. La

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La postura de la Fiscalía General ante la Corte asegura que publicitar órdenes de captura en una medida idónea y no afecta la presunción de inocencia de la persona. “Esta publicidad no es accesoria, sino que cumple un rol fundamental como un mensaje a la sociedad sobre la efectiva respuesta del Estado en la persecución del delito. Se fortalecen los lazos de confianza entre la ciudadanía y la institucionalidad, se refuerza la cultura de la legalidad y da cuenta de manera transparente de la s actuaciones del ente acusador”, señalaba el concepto de la Fiscalía.

Por Redacción Judicial

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