Este miércoles, la Sala Plena de la Corte Constitucional dejó sin efecto el decreto, 298 del 2017 que permitía que desmovilizados de las Farc hicieran parte de la Unidad Nacional de Protección (UNP).
Los magistrados determinaron que la expedición del decreto debió tramitarse mediante una ley orgánica, debido a que se trata de temas que, eventualmente, tienen que ver con el presupuesto nacional. Es decir que, en este decreto, no se debieron haber utilizado las facultades excepcionales que el Acto Legislativo para la Paz le dio al presidente Juan Manuel Santos.
El proyecto buscaba que crear 1.287 nuevos puestos de trabajo en la UNP para conformar el Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política, incluido en uno de los puntos del Acuerdo de Paz.
Básicamente, el decreto consistía en que desmovilizados integraran los esquemas de seguridad del movimiento político que surgiera de las Farc.
La ponencia, a cargo del magistrado Alejandro Linares Cantillo, apoyaba el proyecto, sin embargo, fue derrotada en Sala Plena.
En febrero de este año, el presidente de la República, Juan Manuel Santos a través de sus facultades extraordinarias para implementar el Acuerdo de Paz de La Habana expidió una serie de decretos, entre ellos el de aumentar el número de empleados de la entidad, el cual tumbó la Corte Constitucional.
La Procuraduría había emitido un concepto favorable al considerar que, en este caso, el decreto no incurría en ninguna prohibición impuesta al Ejecutivo para el uso de sus facultades al considerar que era un “criterio de estricta necesidad”.