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'Todos los seres humanos son personas desde la concepción': Procurador General

El jefe del Ministerio Público pidió que se declare inexequible el artículo 90 del Código Civil.

Redacción Judicial
02 de marzo de 2016 - 09:48 p. m.
'Todos los seres humanos son personas desde la concepción': Procurador General

En un concepto presentado ante la Corte Constitucional el procurador General, Alejandro Ordóñez Maldonado pidió que se declare inexequible la expresión contenida en el artículo 90 del Código Civil, según la cual la existencia legal de toda persona se establece en el momento justo en el que nace.

Para el jefe del Ministerio Público dicha norma va en contravía de las disposiciones establecidas en los artículos 1.2 y 1.4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Debido a esto le pidió al alto tribunal reconocer que todo ser humano es persona y que al Estado le corresponde garantizar sus derechos desde el momento de la concepción.

La norma del estatuto civil demandada señala que “la existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre. La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás”.

El Procurador General indicó que las disposiciones de la Comisión implican que el Estado debe asegurar el máximo nivel de protección a las personas, y su interpretación debe realizarse además de conformidad con los cánones constitucionales, que reconocen los derechos inalienables, inherentes e innominados de la persona humana, no únicamente los que estén taxativamente reconocidos, y sin atención tampoco a ningún tipo de criterio externo, arbitrario o caprichoso, que permitiera decir que algunos seres humanos son personas y otros no, por lo que solicitó la inexequibilidad de la norma demandada.

En su concepto citó el artículo 93 de la Constitución Política en el que se indica que las disposiciones del derecho internacional priman sobre las normas internas para la interpretación de los derechos y para el juzgamiento mismo de las normas. Debido a esto pide que se avale la demanda presentada ante la Corte y la cual es estudiada por la Sala Plena.  

Por Redacción Judicial

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