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Tribunal Superior confirmó condena de 30 años contra Plazas Vega

El Tribunal pidió establecer la responsabilidad penal del expresidente, Belisario Betancourt.

El Espectador
30 de enero de 2012 - 04:04 p. m.

Por la desaparición del administrador de la cafetería del Palacio de Justicia Carlos Augusto Rodríguez y la guerrillera Irma Franco, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá ratificó la condena a 30 años de prisión contra el excomandante de la Escuela de Caballería coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega por el delito de desaparición agravada por los hechos del Palacio de Justicia.

En las consideraciones de la decisión se manifiesta que ninguna unidad militar del país podrá tener el nombre del coronel Luis Alfonso Plazas Vega. Además se ordena que la sentencia sea cumplida en un centro carcelario que "no ofenda el dolor de las víctimas”, ni la igualdad de los reclusos.

Se exhorta a que se establezca la responsabilidad penal del expresidente de la República, Belisario Betancourt por su responsabilidad en los hechos ocurridos el seis y siete de noviembre de 1985.

En el caso del expresidente Belisario Betancourt se le solicita al Fiscal Principal de la Corte Penal Internacional "para que considere presentar el caso ante dicho organismos e impida la consolidación de la impunidad que brinda el fuero que lo protege".

Según el Tribunal, esta decisión se sustenta en el hecho de que Betancourt nunca ha sido investigado penalmente por estos hechos, "dadas las razones políticas y de conveniencia que valora el Congreso de la República", su juez natural.

Con esta sentencia se abren tres nuevos frentes de investigación en el caso del Palacio de Justicia. Primero, indagar qué responsabilidad podría tener el Consejo de Ministros del Gobierno de Betancourt "frente a delitos de lesa humanidad"; segundo, establecer qué papel jugaron los miembros de la Policía Nacional que participaron en la operación de recuperación del Palacio.

Por último, determinar qué participación tuvo el entonces director del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y unidades de esta entidad en los interrogatorios de sobrevivientes del Holocausto.

En el caso de los otros desaparecidos

Igualmente, se niega la nulidad parcial en las investigaciones que se han adelantado sobre el paradero de Cristina del Pilar Guarín, David Suspes Celis, Bernardo Beltrán, Héctor Beltrán Fuentes, Gloria Stella Lizarazo, Luz Mary Portela, Norma Constanza Esguerra, Gloria Isabel Anzola de Lanao y Lucy Amparo Oviedo Bonilla, consideradas en la primera sentencia como desaparecidos.

En estos casos, señala la decisión, que la investigación "no reunía los requisitos de seriedad e integridad" en los que resultaban vulnerados los derechos del coronel (r) Plazas Vega y de las víctimas, "motivo por el cual dispuso la nulidad de la actuación a partir del cierre de la investigación, para que se recolecte más evidencia y se establezca si dichas personas realmente se en encuentran desaparecidas o sus cuerpos reposan entre los cadáveres encontrados y evacuados del Palacio de Justicia".

En uno de los principales puntos se aclara que el Gobierno debe "disponer" de medidas que "honren la memoria de las víctimas directas, pero que también impliquen, dentro de lo que es posible, impedir que conductas semejantes a éstas en atrocidad y en agresión al conjunta de valores y principios que conforman la dignidad humana".

Entre las principales medidas que manifiesta el Tribunal Superior de Bogotá se ordena la publicación de la sentencia de 1.200 páginas en la web del Ministerio de Defensa y del Ejército Nacional, "para que sirva de ejemplo de lo que debe hacer la Fuerza Pública".

Por último, se señala en la sentencia que "dada la cantidad de personas" que aún falta por investigar y que pueden resultar señaladas como probables responsables del delito de desaparición forzada, el Tribunal Superior exhortó al Gobierno Nacional para que asigne un presupuesto a la Fiscalía General para que cree una unidad especializada que se encargue de buscar a los desaparecidos del Palacio de Justicia, "puesto que los familiares de las víctimas aún no saben qué pasó con ellos".

"De esta manera el Estado colombiano demostrará de manera efectiva a la comunidad internacional su interés en honrar realmente sus compromisos para evitar que crímenes de lesa humanidad cometidos por agentes estatales queden en la impunidad", concluye el Tribunal.

Por El Espectador

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