Tumban medida cautelar que suspendió venta de Medimás

De acuerdo con el Consejo de Estado, hubo un error en el procedimiento que aprobó las medidas de emergencia que suspendieron la venta de la EPS, el pasado 23 de enero.

Redacción Judicial
17 de agosto de 2019 - 12:31 a. m.
El Consejo de Estado tumbó las medidas cautelares que frenaron venta de Medimás.  / Óscar Pérez - El Espectador
El Consejo de Estado tumbó las medidas cautelares que frenaron venta de Medimás. / Óscar Pérez - El Espectador

El 23 de enero de este año, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió una medida cautelar que frenó la venta de Medimás. La decisión de ese entonces ordenó suspender de inmediato las negociaciones entre los accionistas de la EPS y Dynamic Business. Sin embargo, en la tarde de este viernes, el Consejo de Estado tumbó dicha decisión.

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El alto tribunal consideró que las medidas cautelares no eran válidas por un error de procedimiento: la magistrada Claudia Lozzi fue la que emitió las medidas de urgencia cuando era la sala en conjunto la que debía manifestarse ante dicho tema, según dispone la ley. “Siendo ello así, en atención al deber de saneamiento que le asiste al juez, es del caso dejar sin efecto los autos de 23 de enero y de 12 de febrero de 2019, habida cuenta que la Magistrada que lo profirió carecía de competencia”, declaró el Consejo de Estado.

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Con la decisión tomada en la tarde de este viernes, los accionistas tienen vía libre nuevamente para negociar la venta de Medimás. A principios de este año, el Tribunal de Cundinamarca había emitido las medidas cautelares en respuesta a la demanda hecha por el senador del Polo Democrático Jorge Enrique Robledo y a la solicitud hecha por la Procuraduría.

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En ese entonces el Tribunal de Cundinamarca le ordenó a la “agente Liquidadora de Saludcoop S.A. y Cafesalud E.P.S. suspender la negociación y suscripción del contrato por el cual tales sociedades materializarán la compraventa por parte de Dynamic Business and Medical Solutions INC – DBMS INC, de los activos de Medimás EPS y Esimed S.A., hasta tanto esa corporación profiera la decisión de fondo que en derecho corresponda”.  

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Así mismo, las medidas cautelares le ordenaron a la Superintendencia de Salud “abstenerse de autorizar la cesión de acciones por parte de los accionistas de Medimás EPS y Esimed S.A. a Dynamic Business and Medical Solutions o a cualquier otra persona natural o jurídica”. Sin embargo, advirtió que de ninguna manera implicaba dejar de prestar los servicios de salud a sus afiliados.

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Dichas medidas de emergencia fueron tomadas luego de que se supiera que los principales accionistas de la EPS, Prestnewco S.A.S. y Prestmed S.A.S., habían empezado a negociar con la firma americana Dynamic Business la venta de varios de sus activos: los activos intangibles de Cafesalud (los usuarios) y Esimed, al igual que las acciones que tiene Prestnewco de Medimás (el 100 %). También estaban negociándose algunas clínicas y otros activos que tenía Saludcoop.

Sin embargo, para Robledo y los otros demandantes, esa operación tenía varios inconvenientes: "De llegar a concretarse la enajenación de Medimás, un inversionista, que podría presentarse como un tercero de buena fe, la efectividad del fallo proferido en el marco de la acción popular sería inocuo, pues el nuevo comprador no fue parte del proceso (...) con lo que se echaría al traste las acciones adelantadas por el Tribunal durante dos años".

Por Redacción Judicial

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