La tutela que puso a la Corte a hablar sobre la violencia económica en el estrato seis

Se trata de un tipo de agresión en la que el atacante aprovecha su poder económico para controlar las decisiones y proyectos de vida de su pareja.

María José Medellín Cano / Juan David Laverde Palma
17 de marzo de 2016 - 04:17 a. m.

De todas las violencias perpetradas contra las mujeres en Colombia –tan solo en 2014 se registraron casi 42 mil casos en Medicina Legal–, quizá la más silenciosa pero al mismo tiempo más perversa es la violencia económica. Un reciente fallo de la Corte Constitucional, conocido por El Espectador, pone en perspectiva una tragedia de la que poco se habla pero que, según expertos en estudios de violencia de género, constituye una especie de secuestro en pareja.

La génesis de esta trascendental sentencia se desprende de un documentado caso de violencia intrafamiliar por el cual el ciudadano Alfonso Escobar fue condenado a 72 meses de prisión (hoy la Corte Suprema de Justicia estudia ese fallo). La exesposa de Escobar se llama Constanza López y, según ella, desde el mismo día que intentó divorciarse de él comenzó una calculada asfixia económica que incluso derivó en dejar de pagar los estudios de su hija en Boston (Estados Unidos), donde adelantaba la carrera de Administración de Empresas. “Como mi hija no quiso declarar en contra mía, tomó esa represalia”, dijo Constanza López en diálogo con este diario.

Pero no fue la única. Días después de que se negara a hablar en contra de su mamá, la hija de ambos recibió una serie de fotografías en su celular por parte de Alfonso Escobar. “Eran fotos de lápidas”, relató López, quien no acaba de entender cómo un padre puede tratar a su propia familia de esa manera. “Creo que es absurdo y descabellado. Es como cuando llegó al apartamento a llevarse todo. Yo estaba sola en la casa y entró Escobar con agentes de la Policía y del Esmad que llegaron en tanquetas. A pesar de que yo tenía siete medidas de protección que le prohibían acercarse a mí, lo hizo. No me dejo ni la cama para la niña”, añadió López.

Alfonso Escobar Barrera es el dueño de la empresa BDO Colombia, una de las firma más reconocidas en revisorías fiscales en el país, que tiene entre sus clientes, para poner un par de ejemplos, la Presidencia de la República y varios ministerios. El Espectador intentó comunicarse con Escobar Barrera, pero en su oficina respondieron que iban a tratar de comunicarse con él porque estaba en Europa. La historia comenzó en 1987, cuando López y Escobar contrajeron matrimonio, pero cuyo idilio duró poco pues, según Constanza, pronto fue “víctima de violencia física, psicológica y económica”, al punto de soportar “golpes, burlas en público y humillaciones”.

Durante años soportó esta situación, pero hace casi una década decidió iniciar una cruzada legal para divorciarse. En ese momento el calvario fue peor. Lo más grave vino después, cuando la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá le negó el derecho a una cuota de alimentos argumentando que la violencia entre los esposos había sido recíproca. En el entretanto se corroboró, primero por el Juzgado 21 Penal Municipal de Bogotá y luego por el Tribunal Superior, la condena en contra de Alfonso Escobar por el delito de violencia familiar. Como era mayor de 65 años, le fue otorgada la prisión domiciliaria.

Constanza López advirtió desde entonces de maniobras ilegales por parte de su expareja para “desfalcar a la sociedad conyugal”, al tiempo que sustrajo de su apartamento, ubicado en el exclusivo sector del Chicó en Bogotá, los muebles, la nevera, la lavadora. “Estoy viviendo prácticamente en la caridad”, relata López. El caso llegó a la Corte Constitucional, que tras hacer un balance sobre los hechos, determinó que las constantes agresiones contra la mujer, sumadas a la sentencia por violencia, eran suficientes evidencias para proteger los derechos fundamentales de Constanza López y su hija.

Al mismo tiempo, la Corte consultó a varias universidades para dilucidar cómo se materializa la violencia económica y cuáles son los efectos en las personas que la padecen. El grupo de investigación de Derecho y Género de la Universidad de los Andes, por ejemplo, explicó que esta forma de violencia busca someter a una persona de manera permanente y genera una especie de “indefensión aprendida” que no es visible. También señaló que hay una pobrísima regulación de la propiedad con la familia que permite ocultar bienes y eludir responsabilidades y que, si en Colombia probar la violencia física es un lío, la violencia económica es casi imposible.

La Corporación Sisma Mujer señaló que este fenómeno “pretende instrumentalizar a la mujer para que modifique su comportamiento según la voluntad del hombre”. La Defensoría del Pueblo, sin rodeos, advirtió que las autoridades judiciales siguen tratando los casos de violencia de género “como simples conflictos dentro del hogar”, cuando está suficientemente establecido que se trata de violaciones a los derechos humanos. La Corte también revisó la jurisprudencia internacional en estos casos y las leyes colombianas que pretenden ponerle coto de una buena vez a esta violencia silenciosa.

“La violencia contra la mujer también es económica. Esta clase de agresiones son muy difíciles de percibir, pues se enmarcan dentro de escenarios sociales en donde, tradicionalmente, los hombres han tenido un mayor control sobre la mujer. A grandes rasgos, en la violencia patrimonial el hombre utiliza su poder económico para controlar las decisiones y proyectos de vida de su pareja. Es una forma de violencia donde el abusador controla todo lo que ingresa al patrimonio común, sin importarle quién lo haya ganado. Manipula el dinero”, señaló la sentencia, cuyo ponente fue el magistrado Luis Ernesto Vargas.

Con otra aclaración: es tan perversa esta forma de intimidación que, de alguna forma, “la mujer compra su libertad evitando pleitos dispendiosos que en muchos eventos son inútiles”. Como en este caso, hasta que intervino la Corte. Al final de este análisis sobre un fenómeno del que nadie habla, el alto tribunal abrió el debate para que todas las mujeres u hombres que sean violentados económicamente puedan restituir sus derechos. Además, en el caso particular, la Corte consideró increíble que jueces de la República le hubieran negado a Constanza López el dinero para garantizar su mínimo vital, a pesar de que su exesposo, Alfonso Escobar, tuviera una condena por violencia.

“Lo único que yo he pedido es justicia. Yo esperaba esta decisión de la Corte hace mucho tiempo. No sabe lo que esto significa después de todo el sufrimiento que he sentido tratando de proteger a mi hija”, le dijo a El Espectador Constanza López en medio de un llanto que fue imposible controlar al enterarse de que por fin alguien en Colombia reconoció que es víctima de esta tragedia de la que pocos hablan.

 

@Majomedellinc
@jdlaverde9

Por María José Medellín Cano / Juan David Laverde Palma

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