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Minera Cosigo no pudo tumbar el Parque Apaporis

La Corte Constitucional concluyó que el proceso de creación del Parque Nacional Yaigojé Apaporis, en 2009, fue legítimo. Ordenó suspender actividades mineras en la zona e investigar a la compañía.

Redacción Medio Ambiente
02 de septiembre de 2015 - 03:32 a. m.

La Corte Constitucional acaba de ponerle punto final a una pelea que se desató hace seis años entre comunidades indígenas de Amazonas y Vaupés, poco después de que la minera canadiense Cosigo Frontier Mining Corporation llegara a sus territorios.

Ayer se conoció el fallo con el que el alto tribunal dejó claro que la constitución en 2009 del Parque Nacional Natural Yaigojé Apaporis (1’060.603 hectáreas en la cuenca baja del río Apaporis) fue legítima, por lo que el área protegida se mantendrá en pie y ninguna actividad que implique la extracción de recursos naturales por parte de un agente privado podrá realizarse.

Para la Corte, las consultas previas que le dieron vida al parque se realizaron cumpliendo con las normas colombianas, así que la petición de un grupo de indígenas de tumbar la declaratoria fue negada, a pesar del interés de algunos por explotar oro y de la presencia de un título minero de la compañía Cosigo que está en proceso de anulación.

Además, los magistrados encontraron evidencias suficientes para pedirlel al Ministerio del Interior y de Justicia y a otras autoridades que “evalúen la actuación de la empresa Cosigo dentro del proceso de consulta previa revisado en esta sentencia y, de encontrarlo pertinente, inicien las acciones legales correspondientes”.

El tribunal hizo este llamado después de conocer diferentes testimonios de indígenas que denunciaron que la compañía se habría acercado a ellos como estrategia para tumbar el área protegida y así no tener obstáculos para continuar con sus operaciones mineras.

Un testimonio clave

En febrero de 2014 el indígena Benigno Perilla pidió la palabra en medio de la selva y en una maloka del Parque Nacional Yaigojé Apaporis se paró enfrente de los magistrados de la Corte Constitucional y confesó que la minera canadiense lo había apoyado en todo el proceso legal con el que en abril de 2010 demandó la creación del Apaporis.

Cuando Benigno aceptó que los abogados de la compañía habían asesorado su reclamación, el silencio se apoderó de la maloka en la que, convocados por la Corte Constitucional, estaban reunidos autoridades de Parques Nacionales, de la Procuraduría, Defensoría y del Ministerio de Ambiente.

Los magistrados Eduardo Mendoza, Nilson Pinilla y Jorge Iván Palacios llevaban un año revisando la tutela y habían viajado hasta las márgenes del río Apaporis y citado a estas autoridades para conocer más argumentos a favor y en contra de la demanda con la que un grupo de indígenas –representados por Perilla– aseguraban que el proceso de consulta previa que le dio vida al parque no se había surtido y que por ende la constitución de Apaporis como área protegida nacional no era legítima.

Además, los indígenas que se oponían al parque manifestaban su interés en explotar junto a Cosigo el oro de su territorio, pues en 2009, tan solo dos días después de haberse declarado el parque, las autoridades mineras de Colombia le habían entregado a la firma canadiense un título que le daba vía libre para explorar 2.000 hectáreas del municipio de Taraira (Vaupés).

Desde ese momento comenzó una lucha por parte de Cosigo por defender su derecho de realizar actividades mineras dentro del parque. En un principio intentó demandar la creación del área protegida, pero falló. Luego, como lo aceptó su representante legal Diego Ramírez, la compañía les ayudó a los indígenas a interponer la tutela.

“No más minería en la zona”

Aunque la Agencia Nacional de Minería, la Procuraduría y Parques Nacionales han pedido la revocatoria del título minero de Cosigo, el trámite sigue sin efectuarse, mientras la minera canadiense se niega a renunciar voluntariamente a él. Por esto la Corte Constitucional ordenó que las autoridades deben impedir cualquier actividad de exploración y explotación minera, hasta tanto la autoridades ambientales, policivas y, eventualmente, jurisdiccionales “clarifiquen lo que ocurre y tomen las decisiones del caso, siempre respetando tanto el derecho al medio ambiente, como los derechos de las comunidades tradicionales”.

 

Por Redacción Medio Ambiente

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