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Gobierno buscará devolver la mayor cantidad de dinero posible de DMG

Tendrán la posibilidad de recibir mayor porcentaje los inversionistas de menor cuantía. Creación del delito de retención y endurecimiento de penas a captadores, toma inmediata de entidades que receptan dinero del público y mecanismos para garantizar su devolución, son algunas de las medidas que tomó el Gobierno esta madrugada en amparo de la Emergencia Social y tras decidir la intervención de todas las oficinas de DMG. Nombran agente especial para responder por dineros.

Elespectador.com
17 de noviembre de 2008 - 11:05 a. m.

El ministro de Hacienda, Óscar Iván Zuluaga, explicó que el mecanismo de devolución de dinero que se utilizará para el caso de DMG es similar al que opera en cualquier liquidación de entidades financieras y el sector real. Eso quiere decir que se pagará de acuerdo a los activos que se encuentren en el estudio contable financiero que hará un interventor especializado.

Según explicó el Ministro, lo que se hará es sumar los activos y dividirlos por el número de inversionistas; a quienes se encuentren por debajo del promedio tendrán la posibilidad de que se les cancele hasta el 100% de lo depositado, a quienes se encuentren por encima se les entregarán sus recursos proporcionalmente.

El Ejecutivo emitió cuatro decretos, basado en que el método utilizado por DMG no es legal. Según el ministro del Interior, Fabio Valencia Cossio, se trata de un sofisticado sistema de oscura procedencia.

En la reunión, también se encuentra ministro de Comercio, Luis Guillermo Plata; ministro de Hacienda, el superintendente Financiero, Roberto Borrás Polanía y el superintendente de Sociedades, Hernando Ruiz. Con esta medida se presentaron cuatro decretos con fuerza de ley.

Entre tanto, el Ministro de Comercio dijo que la Superintendencia de Sociedades tiene la facultad para intervenir a la firma DMG, así como a todas las que se consideren captadoras de dinero.

De acuerdo con los decretos se duplicará la pena entre 10 y 20 años para los captadores de dinero, siendo éste un delito excarcelable.

De igual forma, el Superintendente de Sociedades reveló que fue creada la figura de un interventor. Esto quiere decir que cualquier persona que tenga contactos con la firma DMG tendrá que pasar por él y agregó que se ordenó el sellamiento, cambio de llaves y cualquier procedimiento necesario frente a dicha firma.

Devolución inmediata

Este procedimiento será aplicado por la Superintendencia de Sociedades. Dentro de los dos días siguientes a la expedición de la providencia de toma de posesión, el agente interventor publicará un aviso en un diario de amplia circulación nacional donde se informará sobre la medida.

Allí, se convocará a las personas que crean que tienen derecho de reclamar sobre los bienes intervenidos. Los ahorradores tendrán 10 días hábiles para enviar sus solicitudes en los sitios que se señale en dicha publicación.

Esa solicitud deberá hacerse por escrito con presentación personal ante el interventor acompañado del comprobante original de entrega del dinero. El agente interventor contará con 20 días hábiles (siguientes al vencimiento del término anterior) quien expedirá una providencia que contendrá las solicitudes de devolución aceptadas y rechazadas, la cual será publicada en la misma forma de la providencia de apertura.

Las devoluciones aceptadas tendrán como base hasta el capital entregado y se atenderán dividiendo el número de solicitantes, hasta concurrencia del activo y hasta el monto de lo aceptado.

En el evento en que se demuestre que se han efectuado devoluciones anteriores a la intervención, esas sumas podrán ser descontadas del monto aceptado por el agente interventor.


Emergencia social

La emergencia social fue decretada a través del decreto 4333 del 16 de noviembre de 2008 de acuerdo a la grave alteración de orden social con ocasión de proliferación de manera desbordada en todo el país, de distintas modalidades de captación o recaudo masivo ilegal de dineros públicos.

En desarrollo de la declaratoria del Estado de Decreto, el Gobierno expidió cuatro decretos:

El primero, el 4334, que define el proceso administrativo de intervención, los nuevos procedimientos que se adelantarán y la forma de posesión con fines de intervención en los negocios.

Además, se definen los procesos para efectuar los inventarios de activos y tramitar rápidamente las solicitudes de devolución presentadas por las personas vinculadas al caso.

Define también los criterios que tendrá en cuenta el Agente Interventor para la devolución de las sumas consignadas por los ahorradores.

Este nuevo decreto alcanza a cobijar los procesos relacionados con la intervención de la empresa captadora de dinero, D.R.F.E, que se realizó la semana pasada.

El segundo decreto, el 4335, concede a los Alcalde obligaciones y facultades de policía, para tomar las medidas cautelares, tales como el sellamiento de establecimientos y custodia, para suspender de manera inmediata la actividad de captación de dinero.

Además, el Gobernador, cuando tenga conocimiento, tendrá la obligación de avisarle al Alcalde, para que tome las medidas correspondientes.

El 4336, tercer decreto,  define nuevamente las conductas sancionables desde el punto de vista penal y retoma el objetivo del endurecimiento de penas para quienes realicen o colaboren con la captación de dineros. Estas penas oscilan entre 120 y 240 meses y multas superiores a los 50 mil salarios mínimos.

Además, establece un nuevo tipo de delito que señala que quien haya captado recursos del público  y no lo reintegre, por esa sola conducta, podría pagar una pena de 96 a 180 meses y multa de hasta 15 mil salarios mínimos.

Por Elespectador.com

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