Julieth del Carmen Ramos y Guaskary Alejandra Vásquez, dos mujeres lesbianas, siguen sin poder casarse en Cartagena. El juez Ramiro Elíseo Flórez se negó por tercera vez a tramitar su solicitud de matrimonio, incluso pese a la existencia de un fallo de tutela de una jueza superior que lo obligaba. Blu Radio reveló ahora que, después de conocer la sentencia de tutela, el juez decidió denunciar a la pareja y a su abogado por supuesto fraude procesal, lo que, según él, le genera un impedimento para tramitar la solicitud de matrimonio. (Le recomendamos: 8 lecciones del caso del juez que se negó a casar a pareja de lesbianas).
“Si bien es momento para darle cumplimiento al fallo de tutela de la juez 9° Civil del Circuito de Cartagena de octubre 14 de 2020, notificado el 15 de corrientes vía electrónica a las 11:15 de la mañana, también lo es que deplora este despacho judicial no darle cumplimiento por fuerza mayor al haber denunciado penalmente el 16 de octubre de 2020 al abogado y a sus poderdantes”, aseguró el juez en un auto conocido por Blu Radio. (Puede leer: Tania Garibello, la única trans en Ortega (Tolima)).
El hecho de haber denunciado a las mujeres penalmente, de acuerdo con el juez, genera un “impedimento” de acuerdo a la causal 8 del artículo 141 del Código General de Proceso, que establece como motivo de recusación “haber formulado el juez, denuncia penal o disciplinaria contra una de las partes, su representante o su apoderado”.
Pese a que la Corte Constitucional reconoció el matrimonio entre personas del mismo sexo en Colombia desde 2013, Julieth del Carmen Ramos y Guaskary Alejandra Vásquez no han podido acceder al matrimonio porque, desde un comienzo, el juez Ramiro Elíseo Flórez se negó a tramitarlo alegando que la unión entre dos mujeres iban en contra de la “moral cristina” y que la ley de Dios imperaba sobre el derecho. Un argumento que, según expertos consultados por este diario, son a todas luces inconstitucionales, por lo que el funcionario será objeto de investigaciones para verificar si faltó a su deber como juez. (Le puede interesar: Trans-feminicidios, del odio y la sevicia).
Nina Chaparro, coordinadora del área de género de Dejusticia, le había asegurado a El Espectador que desde el año 1993 hasta hoy, la Corte Constitucional ha desarrollado una jurisprudencia robusta en donde ha establecido que en Colombia prevalece la separación entre las creencias religiosas y el poder político con el fin de proteger, tanto a las religiones de interferencias indebidas del Estado, como a la política de interferencias indebidas de las religiones.
En este caso, el juez décimo civil de Cartagena, Ramiro Elíseo Flórez, violó este principio delaicidad, neutralidad e igualdad, pues en una actividad pública que es la función judicial, se identificó con una religión en específico y sobrepuso sus creencias personales sobre lo dictado por nuestra Constitución.
Por su parte, la pareja de mujeres anunció que pondrá un incidente de desacato para que se obligue al juez a tramitar la solicitud de matrimonio. (Puede ver también: Indígenas LGBTI: ni demonios ni antinaturales | La Disidencia).
*Sin Clóset es un espacio de El Espectador para hablar de diversidad sexual.