En Cali cobrarán para que carros puedan circular durante el pico y placa

La medida cobijará a entre 8.000 y 10.000 vehículos. Cada persona pagará $2.578.680. Cuatro concejales mostraron sus reservas de carácter técnico y jurídico.

Redacción Nacional
23 de noviembre de 2016 - 12:17 a. m.
/ Foto: Archivo
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El Concejo de Cali aprobó, con 15 votos a favor y 4 en contra, el cobro de la llamada “Tasa por Congestión”, que permitirá que los habitantes de la capital del Valle del Cauca puedan circular durante el tiempo de pico y placa, si pagan $2.578.680 anuales. De esta manera, la administración espera recolectar unos $38.164 millones cada año.
 
La medida, cuya ponencia fue presentada por el concejal Sardi de Lima, cobijaría a entre 8.000 y 10.000 vehículos particulares que pueden circular libremente durante el pico y placa, al hacer parte de la “lista blanca” de la Secretaría de Tránsito. Con esta nueva tasa, que entrará en vigencia desde el próximo 1 de enero, los interesados en este beneficio tendrán que pagar.
 
A pesar de que el apoyo en el Concejo fue mayoritario, los concejales Juan Carlos Olaya Ciro, Patricia Molina Beltrán, María Grace Figueroa Ruiz y Roberto Zamudio votaron No, después de presentar varias objeciones de carácter técnico y jurídico.
 
La idea es que los recursos por el cobro de circulación se destinen a mejorar al servicio prestado por el MÍO, así como a la realización de obras de infraestructura para vehículos motorizados y no motorizados y para proyectos ambientales. Pero para el concejal Roberto Zamudio, “no podemos pretender que la mayoría de recursos se vayan al MÍO cuando ya se le están otorgando 12.500 millones de pesos a través del Fondo de Estabilización”.
 
Además, la concejal Patricia Molina Beltrán aseguró que no hay un soporte real que demuestre que el sistema de transporte público tendrá la capacidad de atender a los usuarios que no puedan pagar los más de $2 millones al año.
 
Por último, los concejales Juan Carlos Olaya Ciro y María Grace Figueroa Ruiz señalaron supuestas carencias legales del proyecto. Olaya, por un lado, aseguró que no hay sustento legal, puesto que el decreto 2883 de 2013 no contempla el cobro de este tipo de tasas. A esto se sumaron los argumentos de Figueroa, quien aseguró que el proyecto violaría la Constitución Política el Plan Nacional de Desarrollo.
 

Por Redacción Nacional

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