Que no lo sorprendan con una infracción: así quedó el pico y placa en Cali

Para los vehículos particulares la medida rige a partir del 15 de enero, mientras que para los taxis y buses la restricción inició este viernes.

-Redacción Nacional
05 de enero de 2018 - 09:15 p. m.
Alcaldía de Cali.
Alcaldía de Cali.

En la capital del Valle ya se establecieron los horarios y las restricciones de movilización de los vehículos para el primer semestre de este año.

Según el decreto 001 del jueves 4 de enero de 2018, para los vehículos de servicio particular, oficial y los que circulan como vehículos especiales que sean máximo de cinco puestos, la restricción inicia el próximo lunes 15 de enero de 2018 y va hasta el 30 de junio en el horario de 6:00 a.m. a 10:00 a.m. y de 4:00 p.m. a 8:00 p.m.

La restricción de la circulación de estos vehículos estará regida por el último dígito de la placa y que quedó de la siguiente manera:

- Lunes, vehículos cuyas placas terminen en 3 y 4

- Martes, los carros con placas terminadas en 5 y 6

- Miércoles, los coches con placas terminadas en 7 y 8

- Jueves, para vehículos cuyas placas finales sean 9 y 0

- Viernes, los carros con restricción serán los que tengan placas 1 y 2

Sábado, domingo y festivos no habrá restricción.

Asimismo, el decreto determina 13 clases de excepciones entre las que se encuentra las caravanas presidenciales, ambulancias y los vehículos adscritos al Ministerio de Defensa. Los interesados que cumplan con los requisitos deben solicitar su exclusión a la medida ante la secretaría de Gobierno.

Vehículos tipo taxi:

Para los vehículos de servicio público de modalidad individual, es decir, los taxis, la medida rige a partir de la fecha de su publicación y va de lunes a domingo desde las 6:00 a.m. a las 5:00 a.m. del día siguiente.

- Viernes 5 de enero: taxis con placas terminadas en 5 y 6

- Sábado 6 de enero: taxis con placas terminadas en 7 y 8

- Domingo 7 de enero: taxis con placas terminadas en 9 y 0

- Lunes 8 de enero: taxis con placas terminadas en 1 y 2

- Martes 9 de enero: taxis con placas terminadas en 3 y 4

- Miércoles 10 de enero: taxis con placas terminadas en 5 y 6

Y así sucesivamente, se rotan diariamente hasta el 30 de junio.

Buses, busetas y microbús:

Finalmente, el decreto restringe la circulación para los vehículos de servicio público en la modalidad de colectivo urbano de pasajeros (bus, buseta y microbús). Para estos la restricción se inicia con la publicación del decreto y va hasta el 30 de junio. El horario en que no pueden circular está comprendido entre las 5:00 de la mañana y las 10:00 de la noche, todos los días de la semana.

- Viernes 5 de enero: taxis con placas terminadas en 4 y 5

- Sábado 6 de enero: taxis con placas terminadas en 6 y 7

- Domingo 7 de enero: taxis con placas terminadas en 8 y 9

- Lunes 8 de enero: taxis con placas terminadas en 0 y 1

- Martes 9 de enero: taxis con placas terminadas en 2 y 3

- Miércoles 10 de enero: taxis con placas terminadas en 4 y 5

Y así sucesivamente, se rotan diariamente hasta el 30 de junio.

Por -Redacción Nacional

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