El Magazín Cultural

El caso Lula: ¿una serie de desafortunadas casualidades?

El libro “Comentarios a una sentencia anunciada” refleja nociones del derecho penal brasileño fueron apartados, las garantías vulneradas y el derecho extranjero aparentemente sustituyó al brasileño.

Luis Carlos Muñoz Sarmiento
24 de abril de 2018 - 02:04 a. m.
Lula está en la cárcel de la sede de la Policía Federal en Curitiba. / AFP
Lula está en la cárcel de la sede de la Policía Federal en Curitiba. / AFP
Foto: AE - BETO BARATA

Gracias a Hesse sé que de una historia solo es verdad aquello que se cree quien la escucha: así, sobre la ida a prisión de Lula, en Brasil, no se les puede creer al juez Sérgio Moro, quien lo condenó sin pruebas; a Carmen Lúcia, la del voto definitivo, Rosa Weber, quien concedió habeas corpus a otro reo 15 días antes de negárselo a Lula; Luis R. Barroso, quien votó por cárcel en segunda instancia, y demás representantes del sistema Lowfare, para CFK “la utilización del aparato judicial como arma para destruir a la política [al PT brasileño] y a los líderes opositores”. Lowfare, que hoy está por encima del Ejecutivo en Brasil. Dado que Occidente ha desinformado al mundo con respecto a su persecución política, lo que se dice a favor de Lula no es opinión, sino conocimiento respaldado por artículos en medios, textos en redes, videos en Youtube y ante todo por el libro Comentarios a una sentencia anunciada - El proceso Lula. La condena, “una certeza de antemano”, se dio en la 13ª Sala Federal de Curitiba en el caso que los medios vía Globo, bajo el diktat de EE.UU, llamaron el del tríplex de Guarujá: según él, Lula fue sobornado con un apartamento a fin de favorecer contratos con Petrobrás; lo que pronto su abogado desmintió: jamás lo recibió pues era propiedad de la firma OAS. Nombre que coincide con el de la Organisation de l’Armée Secrète francesa (OAS), que dirigió la contrarrevolución en Argelia y luego vino a América Latina para dar origen, por recomendación de Kissinger a Pinochet y luego a Videla, al temible/terrible Plan Cóndor durante las décadas de 1960 y 1970 y cuya hidra vuelve a asomar sus cabezas para desestabilizar la democracia en Venezuela, Paraguay, Brasil y cuantos más países pueda entre los que luchan, de forma concreta, contra el intervencionismo gringo: que en nada se parecen a este que lucha, de modo artificial, contra el sempiterno fantasma del comunismo.

Bastaría recurrir a la presentación de Geraldo Prado del texto que originó un movimiento de importantes abogados brasileños que examinaron con cuidado dicha sentencia para poder sustentar el atropello del que fue víctima el dirigente de origen popular, primero obrero y luego presidente del sindicato metalúrgico; cuyo único cartón que recibió en su vida fue el de presidente de Brasil, según el propio Lula, castigado hoy por cometer “crímenes de corrupción pasiva y lavado de activos de origen ilícito”. Solo ahora, tras la batalla jurídica de más de 20 años dada por Fernando Fernandes, también abogado de Paulo Okamoto, en el caso del tríplex imputado junto a Lula, se logró cumplir la decisión del Supremo Tribunal Militar al revelar los audios de los juicios que el mismo STM llevó a cabo durante la Dictadura Militar entre 1964 y 1985. “El día que duró 21 años”, dicen aún los brasileños. Juicios que al hacerse públicos revelan frases “democráticas” como: “Voy a tomar una decisión revolucionaria, dejando de lado la ley, porque por la ley no se puede condenarlo de ninguna manera”, dichas en los juicios por las más altas autoridades judiciales militares y civiles en un ambiente de “confidencialidad” que hiela de terror. Estas son las armas pacíficas del Estado de Derecho contra arbitrariedades y abusos, que además proporcionan a los tribunales la ocasión de “corregir sentencias injustas” pese a respaldarse en la creencia de que el derecho se aplicó en casos como el del periodista croata Vladimir Herzog, el del comunista Carlos Marighella, asesinado por agentes del DOPS, y el de Lula, todos perseguidos políticos. En casos en los que la condición de proceso político no se encubre por la forma criminal como es presentado, es solo gracias a las indagaciones y razones del magistrado que el pueblo se siente protegido o amenazado. Si la ley penal fuese aplicada de conformidad con la dogmática penal en Brasil, se justificaría la sentencia contra Lula: el problema radica en que, en su caso, no hubo un ambiente de rigurosa observancia de las normas del debido proceso legal. Sin embargo, hay que decir que en el libro que se cita, que contiene la obra de 121 autores y 101 artículos, se refleja que conceptos y nociones canónicos del derecho penal brasileño fueron apartados, las garantías del debido proceso vulneradas y el derecho extranjero, en particular el Lowfare gringo, aparentemente sustituyó al brasileño, dándose el fenómeno que Elisabetta Grande llama circulación simbólica de los modelos jurídicos oriundos de diferentes ámbitos de la cultura jurídica y de diferentes áreas del propio derecho. Al leer Comentarios a una sentencia anunciada queda claro el peligro que hay para las libertades individuales de convertir la excepción en norma.

Janaína Matida: “La presunción judicial no es otra cosa que el razonamiento sobre los hechos realizado por quien juzga; es lo que se espera que exista en sistemas jurídicos en los que está vigente la directiva de valoración libre y racional, pues cabe al juez valorar las pruebas como informaciones suficientes (o no) para la determinación de la ocurrencia de los hechos bajo discusión. Su cualidad está directamente vinculada a la generalización empírica que ha seleccionado; luego si la generalización no es universal, ella por definición soporta la posibilidad de excepciones. Por lo tanto, la construcción del razonamiento deberá tratar de demostrar que el caso individual es norma y no excepción”. Moro aplicó al caso Lula la excepción y no la norma universal, lo que se entiende, así no se comparta, al saber que no es self-made-man sino judge made in USA que cursó un programa de 30 días para instrucción de abogados en Harvard e integró el programa de estudios sobre lavado de activos promovido por el Departamento de Estado: con él se pretende evitar que otros gobiernos se queden con dineros ilícitos producto del tráfico de drogas, paraísos fiscales y guerras producidas en diversos países, para bienestar de sus bancos. Así, el caso Lula cobró ante el mundo la imagen de una aberrante injusticia: la de preso político, de EE.UU. Frente a la cual, por contraste, aflora la dignidad de quien es inocente: “La muerte de un combatiente no para una revolución”.

Por Luis Carlos Muñoz Sarmiento

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