Análisis: no más prejuicios ni trabas para elegir al fiscal 'ad hoc'

Entre la desconfianza institucional, las recusaciones y la ausencia de garantías de imparcialidad, hoy se elige a la persona que tendrá la responsabilidad de ponerse al frente de la investigación del caso Odebrecht.

Helton David Gutiérrez González*
06 de diciembre de 2018 - 02:47 p. m.
Clara María González, Leonardo Espinosa Quintero y Margarita Cabello. Fotos: Colprensa, U. Sergio Arboleda y Cortesía.
Clara María González, Leonardo Espinosa Quintero y Margarita Cabello. Fotos: Colprensa, U. Sergio Arboleda y Cortesía.

La elección de un fiscal ad hoc supone que, más allá de los cuestionamientos a Néstor Humberto Martínez, actual fiscal general de la Nación, que le impiden profesional y moralmente continuar con la investigación de Odebrecht, a las autoridades judiciales del país parece que les quedó grande el caso de corrupción más grande y escandaloso de la historia de Colombia.  

Según la Corte Suprema de Justicia, la vicefiscal María Paulina Riveros también está impendida para ponerse al frente del crucial tema y participar en las tres investigaciones que involucran a la multinacional brasilera.

Así las cosas, el presidente Iván Duque tuvo que poner en consideración del alto tribunal una terna que, a la luz de los expertos, deja más dudas que certezas. Se trata de Margarita Cabello, magistrada de la Corte Suprema de Justicia, Sala Civil; Leonardo Espinosa, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Sergio Arboleda; y Clara María González, secretaría jurídica de la Presidencia de la República.

Lo primero que hay que indicar es que el diseño constitucional de elección del fiscal general de la Nación y por ende del fiscal ad hoc, parte de la composición de una terna elaborada por el primer mandatario que, aparte de las calidades profesionales e idoneidad de los ternados, estos en principio, resultan ser afectos al presidente de la República; mal podría afirmarse que exista un condicionamiento frente a él para que elija a personas con la cual no tenga relación alguna, que no conozca o peor aún, que sean sus contradictores, por lo menos en ese sentido no existe esa condición desde la esfera jurídica.

Ahora bien, en cuanto a los ternados tampoco hay, en principio, ningún tipo de cuestionamiento respecto de su trayectoria profesional o de su idoneidad y capacidad para el cargo. No obstante hay que preguntarse qué motivó a la Corte Suprema a decidir que debía elegirse un fiscal ad hoc para tres expedientes del controvertido caso Odebrecht. Sin duda, y aun sin conocer el texto de la providencia que así lo decide, apuntaría a rescatar la credibilidad institucional dotando la facultad investigadora del Estado colombiano de la mayor dosis de imparcialidad posible.

Pero entonces, ¿cuál de los ternados ofrece mayores garantías de imparcialidad al proceso de investigación?

Previo al análisis individual de los candidatos, es importante destacar que la figura del fiscal ad hoc a utilizar en esta ocasión es solo para estos tres casos que involucran a la brasilera Odebrecht, por ende, no es un cargo a ejercer por período institucional. No se necesita ser penalista, es un trabajo a título de honor, es decir sin remuneración, pero que, con independencia de las anteriores características, es una posición de suma responsabilidad que hace acreedor a quien lo ostenta de un sin número de compromisos y mandatos superiores de imperativa sujeción.

Para el caso de la doctora Margarita Cabello, como se indicó, es magistrada actual de la Corte Suprema de Justicia a dos años de culminar su período; la Corporación de la cual hace parte –no se conoce su voto–, eligió como fiscal general a Néstor Humberto Martínez; además participó en la elección de algunos magistrados que deberán este jueves 6 de diciembre proferir su voto por alguno de los ternados restantes, encontrándose impedidos para votar por ella –artículo 126 constitucional–. Bajo estas circunstancias, la doctora Cabello deberá revisarse concretamente si las anteriores situaciones podrían afectar, por lo menos, la efectiva garantía de imparcialidad que se reclama en su eventual proceso de designación.

En cuanto a la doctora Clara María González, esta funge como secretaría jurídica de la Presidencia de la República. Por ser servidora pública del gabinete presidencial, podría generar dudas respecto a su imparcialidad en esta importante gestión. Para aclarar un poco su panorama y posición frente al proceso, la doctora González tendría que, en su ejercicio personal y profesional, informar no solo su disposición para el cargo, sino además las posibles limitaciones que en su ejercicio le genere, como por ejemplo, resolver si algún familiar suyo tiene o ha tenido algún tipo de relación con Odebrecht o participó directa o indirectamente en el polémico grupo empresarial; o, si desde su paso ­–hasta ahora corto– por la Presidencia, ha tomado alguna decisión en beneficio o perjuicio de los involucrados, sus familiares o allegados.

Finalmente, está el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Sergio Arboleda, Leonardo Espinosa, de quien parece que no existe mayor reparo, aparte  que no se ha desempeñado en el sector de la justicia o que fue ternado simplemente por hacer parte de la misma universidad de la cual es graduado el presidente de la República, situaciones que en ningún caso lo imposibilitaría para ejercer el mandato de fiscal ad hoc. Sin embargo, del doctor Espinoza también se espera que manifieste si puede existir limitaciones en su ejercicio como fiscal de los tres casos mencionados, esto es, algún familiar suyo tiene o ha tenido algún tipo de relación con el investigado o si ha participado directa o indirectamente en Odebrecht, todo lo anterior en búsqueda de cumplir el objetivo propuesto por la Corte Suprema de Justicia.

Esperemos que la persona que resulte elegida de la terna en un futuro no vaya a generar impedimentos, ni recusaciones, tampoco que se le señale o juzgue por su falta de imparcialidad o conflicto de intereses.

Ahora, en cuanto al proceso de elección de fiscal ad hoc si es de extrañar algunos mecanismos que podrían dar mayor confianza a este proceso, tales como una convocatoria abierta, la invitación a veedurías ciudadanas, la publicación de las hojas de vida de los ternados con antelación para su debido estudio, entre otros aspectos que transcienden la esfera jurídica pero que conmina a que este tipo de procesos se les incorpore una dosis máxima de principios morales y éticos para recuperar el espacio que ha ganado la desconfianza en las instituciones del Estado.   

* Profesor Facultad de Derecho Universidad Libre

       

Por Helton David Gutiérrez González*

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