Aprobada ley que ordena el tamizaje neonatal

En las 72 horas siguientes al nacimiento, se deberán hacer exámenes de sangre con el fin de detectar tempranamente problemas de ceguera o sordera congénitas. Ministerio de Salud deberá garantizar que de manera progresiva, obligatoria y gratuita el procedimiento se haga a todo recién nacido.

Redacción Politíca
15 de junio de 2017 - 10:24 p. m.
Durante 2015 se presentaron 3.360 casos de muertes perinatales y neonatales. / Archivo
Durante 2015 se presentaron 3.360 casos de muertes perinatales y neonatales. / Archivo

A sanción presidencial pasó un proyecto de ley que desde hace un año estaba engavetado en la Cámara de Representantes y que establece la obligatoriedad del tamizaje neonatal, que es el conjunto de acciones como la toma de muestras de sangre del cordón umbilical o del talón de Aquiles a los niños recién nacidos con el fin de detectar tempranamente lo que se conoce como Errores Innatos del Metabolismo (EIM) y otras enfermedades que pueden derivar, por ejemplo, en ceguera o sordera.

“Nos dimos a la tarea de sacar adelante este proyecto de ley que duró un año en la Cámara, un poco olvidado. La nueva Ley es de suma importancia, pues regula y amplía la práctica del tamizaje neonatal mediante la detección temprana de ceguera y sordera congénitas y mediante la utilización, almacenamiento y disposición de la muestra de sangre del recién nacido con el propósito de detectar a tiempo los errores del metabolismo y enfermedades que si se diagnostican a tiempo se pueden curar o al menos evitar que progresen, dejando secuelas o discapacidad”, explicó el senador ponente de la iniciativa, Antonio Correa, de Opción Ciudadana.

Por su parte, la representante Margarita Restrepo, autoria de la iniciativa, señaló que “el no detectar estas enfermedades a tiempo repercute sobre el aumento de los costos del Sistema General de Salud. Según cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS) se estima que para el año 2020 el 60 por ciento del gasto en salud corresponderá a patología crónica”.

En los 12 artículos que conforman la ley, se establece que el Ministerio de Salud, a través del Sistema General de Seguridad Social, deberá garantizar que de manera progresiva, obligatoria y gratuita a todo recién nacido se le realice un tamizaje neonatal ampliado, auditivo, visual, Asimismo, señala los deberes de los laboratorios, el tratamiento de la información, las obligaciones del Sistema General de Seguridad Social, el presupuesto, la financiación y la vigilancia del Estado.

A su vez, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) tendrá la responsabilidad de reportar los bebes no tamizados que se encuentren dentro de los rangos requeridos para la prueba y se asegurará de coordinar el examen con la Secretaría de Salud correspondiente. “Las enfermedades relacionadas con los Errores Innatos del Metabolismo, se presentan con relativa frecuencia, no son aparentes al momento del nacimiento y el diagnóstico y tratamiento mejora la calidad de vida del niño, pero es necesario que esta evaluación de realice dentro de las 72 horas siguientes al nacimiento”, señaló Correa, quien además es médico cirujano.

En Colombia, según el Instituto Nacional de Salud, 3.8 millones de personas aproximadamente, resultan afectadas con este tipo de enfermedades. Durante 2015 se presentaron 3.360 casos de muertes perinatales y neonatales, lo que significa 168 bebes a la semana. En cuanto al costo-beneficio al hacer el tamizaje, que es algo que por estos tiempos de dificultades económicas analiza el Gobierno, si se tiene en cuenta el costo del tamiz por caso detectado, el costo total del tamiz al año, el costo del tratamiento promedio de un caso por año, el costo total de los tratamientos de los casos detectados al año, el costo del manejo de la discapacidad, la productividad en promedio de un colombiano, el total es de $80.000 millones anuales.

Por Redacción Politíca

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