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Buscan tumbar decreto que mandó al Consejo de Estado tutelas contra la Presidencia

El representante David Racero radicó una demanda de nulidad al considerar que se violaron varias normas constitucionales.

09 de abril de 2021 - 10:18 p. m.
Iván Duque Márquez, presidente de Colombia.
Iván Duque Márquez, presidente de Colombia.
Foto: Presidencia

A través de una demanda de nulidad, el representante David Racero, de la Lista de la Decencia, buscará tumbar el decreto presidencial expedido por el Gobierno Nacional en el que determinó que las tutelas en contra de la Presidencia de la República que traten sobre erradicación de cultivos de uso ilícito o seguridad nacional solo puedan ser estudiadas por el Consejo de Estado.

Según el representante, se violaron varios artículos constitucionales “porque el presidente de la República no puede modificar aspectos de competencia de la tutela mediante decreto reglamentario, ni concentrar la competencia en un único tribunal”.

De acuerdo con el documento de la demanda, el decreto “viola de manera flagrante el artículo 86, el numeral 1 del artículo 150 y el artículo 152 de la Constitución Política y los artículos 1 y 37 del Decreto 2591 de 1991, al introducir modificaciones sobre competencias en conocimiento de la acción de tutela y cambiar la competencia a prevención por una competencia restringida, cuando el gobierno carece de competencia absoluta para regular dicha materia”.

En ese sentido, el congresista también argumenta que la norma expedida contradice “presupuestos de desconcentración de la administración de justicia y dificultar el acceso a los ciudadanos”. “Es claro que la disposición acusada no materializa el principio de desconcentración. No hay una justificación en el decreto que así lo permita inferir, pues basta con hacer un silogismo, para determinar que con el mismo lo que se está haciendo es todo lo contrario, ya que, al concentrar la competencia de los asuntos referidos en un solo tribunal, se está vulnerando el principio de desconcentración que debe regir en la administración de justicia”, señala la demanda.

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Por otra parte, la demanda de nulidad arguye que hay falsa motivación y que el Gobierno no relacionó este decreto con la descongestión en el sistema. “Solo se hizo referencia a la desconcentración y dejó por fuera la descongestión, es decir, no tuvo en cuenta un fundamento que en la práctica era fundamental para sustentar esa decisión, además, a pesar de sustentar el decreto con base en razones de descongestión y desconcentración, el decreto no presenta ningún estudio o cifras que permitan inferir que realmente si se buscan esos propósitos”.

Por último, se señala que hay una presunta desviación del poder “porque los fines perseguidos con el mismo no son legítimos, pues se busca evitar decisiones desfavorables por parte de los jueces regionales”.

Los entendidos en el asunto lanzaron críticas al decreto presidencial porque, aseguran, el presidente no puede elegir a sus propios jueces. “No debemos ignorar el contexto en el que estamos, donde el presidente Iván Duque tiene aliados y exfuncionarios prácticamente en todos los órganos de control, como la Fiscalía y la Procuraduría. Y ahora hay que sumarle que las tutelas contra él serán conocidas únicamente por el Consejo de Estado”, dijo Esteban Hoyos Ceballos, profesor de derecho constitucional de la Universidad EAFIT.

Lea también: “El presidente no elige sus jueces”: críticas al último decreto del Gobierno

“El presidente Iván Duque está escogiendo una única corte, el Consejo de Estado, para que conozca de las acciones de tutela en su contra, eso nunca lo había hecho un presidente en Colombia. Decir: de las tutelas en contra mía solo va a conocer este juez. Eso es inconstitucional, eso es una clara desviación de poder. En una democracia el presidente no elije sus jueces”, dijo Hoyos en entrevista con El Espectador.

Desde la otra orilla, el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, defendió su decreto. De acuerdo con el jefe de cartera, las acciones de tutela que toquen la erradicación de cultivos ilícitos deben ser conocidos por el órgano judicial de cierre en temas administrativos, como lo es el Consejo de Estado -alta corte especializada en lo contencioso-administrativo-.

“Las funciones del presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad Administrativa, establecidas en la Constitución Política, encarnan el interés general y dadas las implicaciones de sus decisiones a nivel interno e internacional, es necesario que cuando las mismas sean objeto de acción de tutela, estas sean revisadas por el máximo tribunal en materia administrativa, este es, el Consejo de Estado (…) estos temas deben ser debatidos por órganos judiciales de cierre que refuercen la desconcentración de la administración de justicia”, dijo Ruiz a El Espectador.

Lea la demanda completa aquí

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Alvaro(50403)10 de abril de 2021 - 03:09 p. m.
Gracias por defender a Colombia.
GERMÁN VARGAS(8621)10 de abril de 2021 - 02:08 p. m.
Pobre Pueblo Miserable; el Mayordomo de este platanal en Macondo con el dedo decidirá: que otro infante sin experiencia, sin la formación requerida y con ambiciones de ser o tener, mas que de servir, los intente dirigir, como lo ha hecho en los últimos 20 años; No es CENTRO es ULTRADERECHA, y no es DEMOCRATICO es DICTATORIAL, para elegir sus jueces, sus víctimas, y sus pagos. MEMORIA pueblo...
Alberto(3788)10 de abril de 2021 - 12:38 a. m.
Gracias, David Racero, ese decreto es absolutamente Inconstitucional y debe caer Ya. Además es tiránico y Fascista.
Jaime(64690)10 de abril de 2021 - 12:06 a. m.
¿Y por qué no las mandan a la Fiscalía o a la Comisión de Acusaciones o las prohíben mejor y de una vez? Total, ya no hay razón para disimular.
ERWIN(18151)09 de abril de 2021 - 11:04 p. m.
es que cada dia salen con una pendejada nueva ... eso es escoger jueces ... obvio y entonces que es ?
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