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Consejo de Estado criticó el sistema de conjueces del país

El magistrado Gustavo Gómez asegura que muchos convierten actividades netamente administrativas en judiciales.

El Espectador
11 de abril de 2012 - 11:05 a. m.

Sin mencionar el fallo de los conjueces del Consejo Superior de la Judicatura que dejó a la Contraloría sin 'armas' para investigar el carrusel de pensiones de la justicia, el presidente del Consejo de Estado, Gustavo Gómez, criticó ese sistema en el país.

Según él, "no nos dejan de preocupar" que se conviertan actividades netamente administrativas en judiciales. "No es lógico y no lo entendemos como ciudadanos y mucho menos como servidores de la justicia", sostuvo.

"Siempre hemos promulgado porque lo que es disciplinario sea administrativo y no judicial", remarcó el magistrado al ser consultado por los periodistas, al concluir una reunión con el Partido Conservador. 

Sin embargo, prefirió no advertir una posible extralimitación de las funciones de los conjueces que nombró el Consejo Superior de la Judicatura pues actualmente ese caso es materia de estudio por parte del mismo Consejo de Estado.

Finalmente, Gómez dijo que en muchos casos el sistema de conjueces genera "distorsiones" que preocupan a la sociedad y a la misma rama judicial.

¿Qué pasó con los conjueces de la Judicatura?

Esta semana, el conjuez del Consejo Superior de la Judicatura, Isnardo Gómez manifestó que la Contraloría General, Departamental, Municipal o Distrital solamente puede investigar a aquellos funcionarios ?que ejerzan una gestión fiscal, en la que se tenga una disponibilidad jurídica del gasto o del presupuesto.

En este sentido, aclaró que en el caso de la contralora General, Sandra Morelli, ella puede realizar este tipo de investigaciones sin ningún problema u objeción, sin embargo no puede adelantar procesos contra aforados constitucionales como son el caso del presidente de la República, el fiscal General o los magistrados de las altas cortes (Suprema, Constitucional, Consejo de Estado y Judicatura).

Ante esto, se aclara que en el llamado proceso del carrusel de las pensiones de los magistrados, Sandra Morelli no podía ejercer ninguna función investigativa puesto que la Constitución Política de 1991 establece un fuero para los togados, ?quienes solamente pueden ser investigados por la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes.

“El fallo no le ordena a la contralora que frenara las investigaciones y devolviera los expedientes de los ministros, gobernadores, alcaldes y demás investigados. Solamente le pidió que tomará una acción en el caso de los magistrados”, precisó el conjuez.

Por El Espectador

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