Un día antes de que se realice el paro contra la reforma tributaria, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca profirió un auto en el que aplaza dicha manifestación y la del 1 de mayo (Día del Trabajo). El documento, ordenado por la magistrada Nelly Villamizar, impone una “medida cautelar provisional” porque considera que estas marchas se podrán llevar a cabo “hasta que se establezca un protocolo de bioseguridad que garantice que quienes vayan a participar en la misma, no estén infectados por el virus”.
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Ante la determinación, y a pesar de los errores en el documento, Daniel Palacios, ministro del Interior, manifestó que el Ejecutivo dará cumplimiento al auto. Por tanto, se refirió concretamente al numeral tres que ordena al Gobierno, alcaldes y gobernadores a que notifique dicha providencia, la informe y haga publicidad en los medios, “con el fin de que los manifestantes se abstengan a realizar el día de mañana, 28 de abril y 1 de mayo, manifestaciones públicas en las diferentes vías del territorio. De esta manera damos cumplimiento a ese auto proferido por el tribunal”, afirmó.
El pronunciamiento lo hizo en compañía de Diego Molano, ministro de Defensa. A su turno, Molano insistió e que la fuerza pública mantendrá todos los dispositivos planeados, de seguridad y vigilancia, “con el fin de garantizar la tranquilidad de todos los colombianos”, agregó.
#AEstaHora adelantamos Puesto de Mando Unificado #PMU con @mindefensa @FuerzasMilCol y @PoliciaColombia para hacer seguimiento a la jornada de protestas previstas para mañana 28 de abril. pic.twitter.com/WgeVObdGCl
— Daniel Palacios (@DanielPalam) April 28, 2021
Inmediatamente se conoció la decisión, una ola de críticas inundó Twitter. Primero porque el documento expone una determinación administrativa sin antecedentes sobre un derecho fundamental como es la protesta social, y segundo por los errores de digitación que se encontraron en el mismo. Palabras mal escritas, equivocaciones en la fecha de la marcha (refiriendo el 21 de abril en vez del 28 de este mes), y frases como “manifestación púbica” en vez de “pública”, causaron indignación por falta de atención en la elaboración del auto.
Por otro lado, personas como Ángela María Robledo, representante a la Cámara y precandidata presidencial, calificaron la decisión como “una grave amenaza para nuestra democracia”. “Ordenar suspender las manifestaciones hasta que haya inmunidad de rebaño, es ordenar acabar con la protesta social al menos durante los próximos dos años”, cuestionó la política, señalando que el auto se cobija en el COVID-19 como excusa para prohibir un derecho fundamental. “Utilizar la presunción de legalidad para emitir un auto evidentemente inconstitucional, el tiempo corregirá este exabrupto”, expresó también Inti Asprilla, representante de la Alianza Verde.
Entre las otras voces de la oposición, se escuchó la de Gustavo Petro, senador y también precandidato presidencial. “Mañana quieren es hacer confrontar al pueblo con la Policía. Ojo, por eso trata de prohibir las marchas. Mañana quieren violencia los amigos de la reforma. No se puede caer en trampas, el paro no es para la violencia, no es contra la Policía, no es para extender la enfermedad, es contra la reforma tributaria”, resaltó en una declaración realizada en la noche de este martes.
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De igual forma se pronunció el Comité Nacional del Paro, constituido desde las intensas marchas de 2019. En un comunicado respondió al auto de la magistrada Villamizar. “El paro se mantiene, la protesta es un derecho fundamental. El Comité Nacional del Paro y las organizaciones que lo integran no han sido vinculadas como parte del incidente de desacato en el trámite de una acción de tutela, sustanciado por la magistrada del Tribunal, por tanto sus órdenes no nos cobijan y en tal sentido mantenemos la convocatoria del Paro”, aseguró. En ese sentido, recalcaron que esta decisión administrativa se sustenta en que los gobernantes regionales y locales deben retirar “permisos” para poder manifestar, cosa que no existe, al ser la protesta un derecho fundamental. “No está sometido a permiso o autorización previa, no se puede suspender ni en estados de excepción, tal como lo ha reconocido la Corte Constitucional en la sentencia C-223 de 2017, obligatoria para todos los jueces y autoridades”, argumentó la organización.