Duque sancionó ley que garantiza transporte rural escolar

Además de esta, en la tanda de normativas que promulgó el primer mandatario también está la ley que permite el pago anticipado de créditos en cooperativas, fondos de empleados y establecimientos de comercio.

28 de julio de 2020 - 01:35 a. m.
La nueva ley establece que los municipios puedan realizar contratación pública para el transporte escolar rural con personas naturales o jurídicas. / Edwin Cubillos Rodríguez
La nueva ley establece que los municipios puedan realizar contratación pública para el transporte escolar rural con personas naturales o jurídicas. / Edwin Cubillos Rodríguez
Foto: Edwin Cubillos Rodríguez

Este lunes, fueron varias las leyes que sancionó el presidente Iván Duque para dar paso a su promulgación. Otra de las más significativas para la ciudadanía es la norma que busca garantizar el transporte rural escolar cuyo fin es evitar que los menores de edad ubicados en las zonas más alejadas del país se expongan a riesgos por intentar asistir a la escuela, o en definitiva decidan mejor no ir a estudiar.

La ley es de autoría de los representantes de la Alianza Verde, Juanita Goebertus y Wilmer Leal. Ambos, impulsaron este proyecto que en su último tramo de debate pudo hundirse por falta de tiempo para darle trámite. Sin embargo, en las últimas sesiones de la legislatura pasada logró salir adelante impulsada por el voto unánime de las plenarias a favor total de la iniciativa.

(Recuerde: Última oportunidad del Congreso para salvar proyecto de transporte rural escolar)

La nueva ley establece que el Ministerio de Transporte permite, a manera de excepción, que los municipios que lo soliciten (y que cumplan con ciertas características) puedan realizar contratación pública para el transporte escolar rural con personas naturales o jurídicas. Esto bajo el concepto de “transporte especial”, es decir, que cuenta con medidas diferenciadas para garantizar la accesibilidad material del derecho a la educación de la población.

Las características o criterios para acceder a esa excepción son las siguientes:

1. Municipios en los que no se cuente con empresas de servicio público de transporte especial legalmente constituidas y habilitadas.

2. Municipios en los que las condiciones geográficas, económicas o sociales, étnicas u otras propias del territorio no permitan el uso de medios de transporte automotor.

3. Municipios declarados con zonas de difícil acceso de conformidad con los lineamientos del Ministerio de Educación.

Eso sí, la ley deja claro que si un municipio cumple con al menos una de las tres mencionadas, e identifica de igual forma la necesidad de contar con disposiciones especiales para asegurar el acceso a la educación por medio de la garantía del transporte, este territorio podrá aplicar y hacer uso de la ley.

(Conozca acá el documento completo con las especificaciones de la ley)

Además de esa ley, el presidente Iván Duque también sancionó otra ley que impacta directamente a los ciudadanos y es la que permite que las personas paguen de forma anticipada sus créditos en cooperativas, fondos de empleados y establecimientos de comercio, sin que eso les signifique multas monetarias.

(Lea: Prohibición del uso del plomo y la ley de pasantías ya son una realidad)

La norma, de autoría del senador David Barguil, del Partido Conservador, establece específicamente que los consumidores de productos crediticios en entidades como las nombradas, que ofrezcan servicios de financiación directa para la adquisición de bienes o prestación de servicios, podrán efectuar pagos anticipados totales o parciales en cualquier momento.

Según explicó Barguil, la nueva ley complementa a la otra de su autoría, que es la ley de pago anticipado a créditos bancarios (la 1555 de 2012), que está vigente actualmente. Es decir, si ya era ley el pago anticipado sin multas a bancos, ahora se extiende esa misma medida al sector cooperativo y establecimientos de comercio.

“Son más de siete millones de asociados al sector solidario que se serán favorecidos con esta nueva ley, además de otros miles de colombianos que, por ejemplo, buscan un electrodoméstico a crédito o un tratamiento de ortodoncia. Antes, en Colombia multaban al ‘buena paga’, es decir, a la persona que quería pagar su crédito de manera anticipada lo sancionaban, algo que es absurdo. Esto se acabó en los créditos bancarios gracias a nuestra ley 1555 de 2012 y ahora se acaba también en los créditos en cooperativas, fondos de empleados, asociaciones mutuales y establecimientos de comercio”, señaló el senador del Partido Conservador.

Además de ello, la norma obliga a que las entidades del sector cooperativo y del comercio brinden información transparente y oportuna sobre esta ley antes de otorgar cualquier tipo de crédito. Los deudores tendrán derecho a decidir si el pago parcial que realizará lo abonará a capital con disminución de plazo o a capital con disminución del valor de la cuota de la obligación.

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar