Publicidad

El camino para hablar de paridad en política

Desde hace 20 años, Colombia introdujo leyes relacionadas con las cuotas de género, como una medida para impulsar la participación política de las mujeres. En la actualidad, este principio vive gracias al Código Electoral.

Natalia Tamayo Gaviria
12 de noviembre de 2020 - 02:00 a. m.
Gender Equality, Adult, Balance, Weight Scale
Gender Equality, Adult, Balance, Weight Scale
Foto: Getty Images - tommy

Si no era por reforma política iba a ser por Código Electoral, y así fue. Esta semana las comisiones primeras conjuntas de Senado y Cámara aprobaron en primer debate la proposición que exige que las listas de elección a corporaciones públicas sean paritarias. Es decir, 50 % hombres y 50 % mujeres. Aunque falta la discusión en plenarias y la posible conciliación entre los textos aprobados por cada corporación, la vigencia de este mandato histórico, como lo han llamado muchos, entraría a ser realidad a partir de los comicios parlamentarios de 2022. Esto, claro está, bajo el escenario de que no se hunda o se archive en lo que le resta de trámite.

En contexto: Avanza la paridad en la reforma electoral: pasó su primer debate

Por lo menos desde el año 2000 en Colombia se habla de cuotas de género, entendiéndolas como una acción afirmativa “que reconoce la desigualdad y la necesidad de medidas temporales para que la participación política de las mujeres avance más rápidamente”, de acuerdo con el Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe de la Cepal. Ese año salió la Ley 581, con la que se determinó que el 30 % de los altos cargos administrativos del poder público fueran ocupados por mujeres. Desde ese entonces hubo sectores que argumentaban que estas disposiciones establecían “un privilegio injustificado a favor de la población femenina”, según una investigación de Dejusticia.

Pero fue hasta 2011 que esa cuota se trasladó a las corporaciones públicas, como el Congreso, demandando que para “las listas donde se elijan cinco o más curules deberán conformarse por mínimo un 30 % de uno de los géneros”. Para ese entonces y hasta ahora se entiende que el género al que se refiere la Ley 1475 es al femenino. En únicas excepciones ha sido al revés. Por eso, en las elecciones regionales de 2019, el Consejo Nacional Electoral tomó la decisión histórica, como medida afirmativa, de no revocar las listas constituidas exclusivamente por mujeres.

Pero antes de 2011 se contabilizaron 10 intentos fallidos de introducir las cuotas de género en los cuerpos colegiados, según un recuento que hizo la Misión de Observación Electoral (MOE). Uno de esos empeños fue en 1999, cuando se aprobó una asignación del 30 % de mujeres y que fue declarado inconstitucional en 2001. Encontrar las circunstancias específicas por las cuales se hundieron iniciativas relativas a las cuotas es difícil, sin embargo, la resistencia de unas mayorías ha sido sostenida hasta la actualidad. Colombia, a diferencia de los países de la región, no ha logrado ponerse de acuerdo con ese principio de paridad, alternancia y universalidad que sí tiene Bolivia, por ejemplo, donde su Congreso está conformado por más mujeres que hombres.

Después de 2011 esos intentos fueron insuficientes, por más que se convirtieron en norma. En el aprobado Acto Legislativo 02 de 2015, más conocida como la reforma constitucional de equilibrio de poderes, se dictó que “en las listas deben observarse en forma progresiva, entre otros, los principios de paridad, alternancia y universalidad”. “Esta nueva norma constitucional representa una tarea inconclusa del legislador, dado que la definición de estos principios, y dotar de contenido a los mismos, quedó como una labor asignada a este para poderlos materializar. Dicha obligación, al cabo de cuatro años, desde que se aprobó la reforma a la fecha, se ha incumplido”, dice la MOE.

Tras la expedición de esa reforma que no aterrizó cómo lograr dicha paridad, se radicaron iniciativas para reglamentar esos principios. Se cuenta la Ley Estatutaria 83 de 2015, el proyecto de ley 21 de 2016, el Acto Legislativo 12 de 2017, el Acto Legislativo 9 de 2018 y el Acto Legislativo 250 de 2020. Todas estas iniciativas tuvieron en común que, como fueron presentadas o construidas a lo largo de su trámite, introducían un revuelco en cuanto a la participación política de las mujeres y, en medio de ese camino, no lograron salir con vida del Capitolio. Ahora, como bien se mencionó, el Código Electoral le dio oxígeno a la paridad que murió en plenaria de la Cámara la semana pasada, cuando se archivó la reforma política.

No obstante, la proposición aprobada fue sin alternancia (hombre y mujer o mujer y hombre) y en un sistema político de elección directa, inmerso en una sociedad en la que persisten las brechas y los estereotipos contra las mujeres, existe la posibilidad de que en una lista que elige más de cinco curules y presenta los 100 candidatos permitidos, las mujeres ocupen los puestos a partir del número 50. Y sin una estructura de poder y económica para visibilizar su campaña, es muy difícil que estas lleguen a ser electas. Este es el gran problema que no solucionó la Ley 1475 de 2011 y que demandan las feministas y organizaciones que impulsan la democracia, recomendando como fórmula para que más mujeres lleguen al poder es con las listas cerradas, las cuales demandan procesos internos dentro de los partidos para la selección de aspirantes mujeres que no se conviertan en “rellenos” o en una obligatoriedad que hay que cumplir para continuar en la contienda electoral.

La tendencia ha sido constante y la resistencia, a lo largo de los años, ha encontrado tanto hombres y mujeres que defienden que la paridad se logra promoviendo liderazgos femeninos desde los partidos y “no regalándoles puestos a ellas”. Una investigación de ONU Mujeres y Transparencia por Colombia del año pasado encontró que esa inversión obligatoria que se debe destinar a la formación e incentivo de mujeres se gasta para celebrarles el Día de la Madre o el Día de la Mujer. “Los partidos no les apuestan a las candidaturas de mujeres”, comentó a El Espectador Juliana Hernández, de la campaña ¡Paridad YA! Hace unos años, la periodista española Juana Gallego dijo que “los medios de comunicación tienen una perspectiva de género: la que corresponde al género masculino”. Frase que se extiende a muchos sectores, entre ellos, la política como las organizaciones que se mueven alrededor de esta.

Temas recomendados:

 

-(-)12 de noviembre de 2020 - 10:14 a. m.
Este comentario fue borrado.
-(-)12 de noviembre de 2020 - 10:14 a. m.
Este comentario fue borrado.
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar