El Estatuto de Oposición, el obstáculo para Viviane Morales y su embajada en Francia

La hoja de vida de la exsenadora ya fue publicada por la Presidencia como aspirante al cargo. Sin embargo, habiendo sido elegida en 2014 por el Partido Liberal, que se declaró en independencia, un artículo del Estatuto de Oposición le crea una posible inhabilidad.

Redacción Politíca
19 de octubre de 2018 - 08:30 p. m.
La exsenadora liberal Viviane Morales Hoyos.  / Archivo El Espectador
La exsenadora liberal Viviane Morales Hoyos. / Archivo El Espectador

El jueves 18 de octubre, a las 5:37 de la tarde, se publicó en el portal de la Presidencia de la República la hoja de vida de la exfiscal y excongresista Viviane Morales Hoyos como aspirante a ocupar el cargo de embajadora de Colombia ante el gobierno de Francia. Un hecho que ratifica los rumores que se venían escuchando desde comienzos de la administración del presidente Iván Duque, el pasado 7 de agosto.

Sin embargo, existen algunas dudas de carácter legal que podrían frenar el nombramiento de Morales. Y es que, según el artículo 27 del Estatuto de Oposición, que recientemente entró en vigor, no pueden ser designados en cargos de autoridad política, civil o administrativa en el Gobierno quienes no se hayan retirado en los 12 meses anteriores a la declaración de independencia del partido al que pertenecieron, habiendo sido integrantes de sus órganos de dirección, gobierno, control y administración, en todo nivel, o habiendo sido candidatos a cargo de elección popular avalados por ellos, elegidos o no.

Siendo así, habría dos cosas para tener en cuenta: la primera, que Viviane Morales fue elegida senadora por el Partido Liberal en 2014, al cual renunció el 15 de enero de 2018, precisamente cuando anunció su candidatura presidencial por Somos y su retiro a la curul en el Senado. Y lo segundo: que el pasado 5 de septiembre, el Partido Liberal se declaró independiente del gobierno Duque.

Es decir, la exfiscal no cumple con la norma del Estatuto de Oposición que dice que tendría que haber renunciado a la colectividad roja un año antes de esa declaratoria de independencia, para poder estar en un cargo del nuevo gobierno.

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El meollo del asunto entonces es determinar si el ser embajador, en ese caso en Francia, implica ser autoridad política, civil o administrativa. Y de acuerdo con lo estipulado en el Decreto 3355 de 2009, en el capítulo sobre organización y funcionamiento de las misiones en el exterior, los embajadores son los representantes del presidente de la República ante otros países y tienen, entre otras funciones, la tarea de “ejecutar la política exterior colombiana en materia de relaciones bilaterales y multilaterales ante los países y organismos Internacionales a su cargo, con fundamento en los lineamientos del Ministerio de Relaciones Exteriores”.

Asimismo, deben hacer un “seguimiento a la evolución del contexto político, económico, social, cultural, de los países y organismos internacionales ante los cuales se encuentre acreditado, así como prever las posibles implicaciones que pueda tener sobre la política exterior e intereses nacionales, e informar y proponer oportunamente a los viceministerios correspondientes, los ajustes pertinentes a la política exterior colombiana”, además de “identificar los espacios políticos, económicos, culturales que pueden ser aprovechados para la ejecución de la política exterior y para la promoción de los intereses de Colombia”.

Como quien dice, sus funciones sí implican un cargo con autoridad política, lo cual posiblemente podría significarle a Viviane Morales una inhabilidad para ser la representante diplomática del país en París.   

Por Redacción Politíca

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