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Estos son los cambios con el nuevo decreto de aislamiento selectivo responsable

De acuerdo con la ocupación UCI de las ciudades y departamentos, el Ministerio del Interior y Salud recomendarán decisiones a implementar para evitar la propagación del virus. También se extendió el cierre de fronteras terrestres y fluviales.

15 de enero de 2021 - 02:39 p. m.
La semana pasada, el Ministerio de Salud e Interior expidieron una circular para que las ciudades adoptaran unas medidas para el puente de reyes de acuerdo con su ocupación UCI.
La semana pasada, el Ministerio de Salud e Interior expidieron una circular para que las ciudades adoptaran unas medidas para el puente de reyes de acuerdo con su ocupación UCI.

Esta semana, el presidente Iván Duque anunció en su programa de Prevención y Acción que se extendería el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable hasta el 28 de febrero, fecha que coincide con la declaración de la Emergencia Sanitaria.

Lea: Se extiende aislamiento selectivo con distanciamiento responsable hasta el 28 de febrero.

Apenas este viernes se expidió el decreto 039 de 2021 que dispone nuevos lineamientos con base en la ocupación de las unidades de cuidados intensivos (UCI) de cada departamento y región. En ese caso, mandatarios de regiones con alta afectación podrán restringir ciertas actividades y zonas con previa autorización del Ministerio del Interior y concepto del Ministerio de Salud.

En casos en los que la ocupación de camas UCI sea mayor del 70%, será el Ministerio de Salud el que informe al Ministerio del Interior qué actividades pueden realizarse, según los niveles de ocupación (70, 80 y más del 90%). Este despacho le pedirá al alcalde o gobernador tomar dichas medidas.

Cuando la ocupación oscila entre el 51% y 69%, los mandatarios pueden adoptar medidas especiales, en casos en los que haya variación negativa. Eso sí, siempre con autorización del Ministerio del Interior, que recibe recomendaciones del Ministerio de Salud.

Para municipios y gobernadores con ocupación igual o menor al 50%, podrán decretar la reactivación económica, sin posibilidad de permitir eventos de alta aglomeración, discotecas y lugares de baile y consumo de bebidas embriagantes en espacio público y establecimientos. Así mismo, se recomienda decretar el aislamiento selectivo de hogares con personas con COVID-19, asintomáticas o en estudio.

En situaciones en las que haya variaciones negativas, se ordenará el cierre de actividades y otras restricciones, como pico y cédula. Los hoteles, restaurantes y parques temáticos no serán cobijados con esta medida.

También con estas medidas se extienden en las entidades públicas el teletrabajo y trabajo en casa hasta que la emergencia sanitaria.

Con este decreto también se extendió el cierre de las fronteras terrestres y fluviales con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela hasta el próximo 1º de marzo. Hay excepciones en casos de emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía, caso fortuito y salidas con permisos de Migración Colombia.

Estas medidas, por supuesto, deberán de continuar con el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, con un llamado a permanecer en casa de manera voluntaria lo más que se pueda.

Lea el decreto:

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