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'Eutanasia, pecado mortal': Iglesia católica

El Episcopado enfiló sus baterías contra la iniciativa que se tramita en el Legislativo y que busca reglamentar la eutanasia.

Natalia Herrera Durán
21 de noviembre de 2012 - 09:04 p. m.
'Eutanasia, pecado mortal': Iglesia católica

Dice que está llena de ‘micos’. Su autor, el senador Armando Benedetti, se defiende.

Una vez más, con beligerancia, la Iglesia católica manifestó esta tarde su total desacuerdo con el proyecto de ley que busca reglamentar la práctica de la eutanasia y del suicidio asistido, iniciativa que va para segundo debate en el Congreso de la República.

El comunicado, leído por el secretario general del Episcopado, monseñor José Daniel Falla, y firmado por el cardenal Rubén Salazar, señala que con esta propuesta “no se le ha dicho la verdad al país”. Afirma que el proyecto establece motivaciones, criterios y procedimientos que contradicen los contemplados por la Corte Constitucional: “En su artículo quinto pretende legalizar la eutanasia no voluntaria, es decir, aquella que se realiza sin el expreso consentimiento del paciente”, dice el texto.

Y señala: “Nada tiene ésta de piadosa o humanitaria; en nada protege los derechos del enfermo. Defiende, por el contrario, oscuros intereses ideológicos y económicos. Es pues necesario evidenciar que el proyecto de ley sobre eutanasia y suicidio asistido, debatido actualmente en el Congreso, representa en realidad un atentado grave al derecho a la vida y a la salud de todos los colombianos, especialmente de los más pobres y desfavorecidos”.

El proyecto es de autoría del senador Armando Benedetti, del Partido de la U, quien lo ha defendido diciendo, entre otras cosas, que la eutanasia ya existe en Colombia. Lo que busca esta iniciativa es reglamentar cuándo y cómo se aplica, por ejemplo, cuando una persona tiene una enfermedad terminal o tenga un intenso dolor. En el fondo, y por encima de todo, convierte la eutanasia en una decisión de derecho, solo aplicable para las personas que quieran tomar ese camino.

Sobre los supuestos ‘micos’ denunciados, Benedetti afirma que lo primero que hay que indicar es que la Iglesia católica está desinformada porque la última ponencia del proyecto que pasó a segundo debate suprimió el artículo quinto, que se refiere a la posibilidad de los familiares de decidir si le practican o no la eutanasia a un paciente sin conciencia.

“De ninguna manera la iniciativa pretende desbordar el derecho que le asiste a todo ciudadano de terminar su vida en condiciones dignas, tal como se desprende del contenido de la sentencia 239 de 1997 de la Corte Constitucional. Para la Iglesia va a ser cada vez más difícil sostener este tipo de posiciones orientado a evadir una discusión democrática y necesaria como lo es la eutanasia”, dijo Benedetti.

A propósito del tema, el padre Pedro Mercado, secretario general adjunto de la Conferencia Episcopal de Colombia escribió para El Espectador una columna donde deja clara la posición de la Iglesia, que apenas esbozó monseñor Falla en el comunicado leído esta tarde, sobre el tema de la eutanasia. Este es el texto.

Micos y orangutanes*

Por: P. Pedro Mercado Cepeda

Dicen los promotores del Proyecto de Acto Legislativo N. 70 de 2012 sobre eutanasia que pretenden tan sólo “reglamentar” lo establecido por la Corte Constitucional en Sentencia C-239 de 1997. En realidad, sus intenciones parecen ser mucho más amplias. Efectivamente, a diferencia de lo que establece el mencionado proyecto, la sentencia del tribunal constitucional no pretendió nunca legalizar la eutanasia en Colombia sino que la despenalizó en un caso específico. A saber, el del enfermo terminal -subrayo terminal- que solicita reiteradamente, con plena libertad y consciencia, a su médico tratante, la terminación anticipada de su vida con el fin de evitar el dolor y el sufrimiento.

Estableció la Corte que, sólo en ese caso específico, el médico que por motivos de piedad desarrollara una acción que diera fin a la vida del paciente terminal no podía ser sancionado penalmente. Para otras especies de “homicidio piadoso”, el Tribunal se limitó a declarar exequible la relajación de la pena contemplada en el artículo 326 del anterior Código Penal y contenida también en el actual (cf. art. 106, Ley 199 del 2000).

A pesar de lo que afirman los promotores del proyecto de eutanasia, la Corte Constitucional fue restrictiva al emitir su sentencia de despenalización parcial. En efecto, no se limitó a realizar una mera descripción de la acción contemplada en la excepción penal sino que estableció condiciones precisas para definir el marco de su juridicidad y ordenó a los entes judiciales verificar –caso por caso- el cumplimiento de las condiciones prescritas.

Dichas condiciones se refieren, particularmente, aunque no exclusivamente, a la plena libertad e informada consciencia que debía tener el paciente terminal a la hora de solicitar el fin anticipado de su vida. La exhortación que la Corte hizo al Congreso para que legislara sobre la muerte digna contiene, expresamente, esas condiciones. No hay afirmación alguna en la sentencia C-239/97 del Tribunal Constitucional que haga pensar que la Corte contempló la despenalización de otros casos de “homicidio por piedad” distinto a la eutanasia voluntaria y sólo en el caso del paciente terminal expuesto con anterioridad.

Y es aquí donde hacen su aparición los tradicionales “micos” y “orangutanes”. Resulta que el proyecto de acto legislativo presentado en el Congreso no sólo amplia la aplicación de la eutanasia a pacientes que no se encuentran en estado terminal (cf. art. 2º, 3) sino que introduce la posibilidad de la eutanasia no voluntaria. Es decir, aquella que en ciertas circunstancias puede ser practicada sin contar con el libre e informado consentimiento del paciente. Basta leer el artículo quinto del Proyecto para corroborar la introducción de este ciclópeo simio que los promotores del proyecto se niegan a reconocer ante la opinión pública.

Créame, así como lo lee está escrito: los parientes y hasta el médico tratante podrían, en ciertos casos, decidir autónomamente sobre la terminación activa -subrayo activa- de la vida del familiar o paciente. Grave situación ésta, que viola claramente los principios de plena libertad y de autodeterminación del enfermo, asumidos por la Corte Constitucional como fundamentos de su sentencia de despenalización parcial. 

Dadas las lamentables condiciones de nuestro sistema de salud -enfermo crónico de capitalismo salvaje y de indiferencia- los abusos a los que podría conducirnos la aprobación de este proyecto legislativo serían impredecibles y peligrosos.

De poco servirán los irrisorios controles establecidos por el proyecto (cf. art. 8º) cuando éste mismo ordena, explícitamente, que el médico que realizó la eutanasia certifique en la Partida de defunción que el paciente falleció por “causas naturales” (cf. art. 3º, 7). Una mentira que encubrirá seguramente muchas otras. Y como siempre sucede, serán los colombianos más pobres los que tendrán que pagar las consecuencias de los delirios progresistas de algunos padres de la patria, aparentemente incapaces de entender la voracidad mercantilista de nuestro actual sistema sanitario.

No se si está usted a favor o en contra de la eutanasia. La verdad es que aquí poco importan los debates filosóficos o morales. Ni se trata de una cuestión religiosa. De lo que se trata es de exigir verdad, claridad y responsabilidad a nuestros legisladores. No pueden pretender ocultar a la opinión pública los alcances reales de este proyecto y encubrir sus eventuales consecuencias. No pueden jugar a las escondidas, a las medias verdades, cuando se trata de la dignidad, de la salud y de la vida de los colombianos. Que de “micos” y “orangutanes” estamos hasta la coronilla.

Por Natalia Herrera Durán

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