Gobierno quiere revisar y precisar alcances de la Jurisdicción Especial para la Paz

El ministro del Interior, Guillermo Rivera, les solicitó a los presidentes de las comisiones primeras de Senado y Cámara el retiro del proyecto.

Redacción Politíca
16 de junio de 2017 - 05:59 p. m.
El Congreso debe decidir si retira o no la ley estatutaria de la JEP.  / Archivo
El Congreso debe decidir si retira o no la ley estatutaria de la JEP. / Archivo

El Gobierno Nacional le solicitó al Congreso de la República el retiro del proyecto de ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), con el fin de “revisar y precisar algunos contenidos fundamentales de dicha iniciativa”, antes de que se dé su trámite en el Legislativo.

La petición la hizo el ministro del Interior, Guillermo Rivera, a los presidentes de las comisiones primeras del Senado, Carlos Fernando Motoa y de la Cámara de Representantes, Telésforo Pedraza, en una carta en la que se argumenta que dicha posibilidad es conforme a lo previsto en el artículo 155 de la Ley Quinta de 1992 o Reglamento del Congreso, y teniendo en cuenta que el Gobierno es el autor de la iniciativa.

La Ley Estatutaria de la Administración de Justicia en la Jurisdicción Especial para la Paz fue radicada el 24 de mayo de 2017 y es considerada la base principal en la implementación de los acuerdos de paz entre el Gobierno y las Farc.

En esencia, el texto del proyecto señala que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica, y administrará justicia de manera transitoria. Además, conocerá preferentemente las conductas cometidas con anterioridad al 1º de diciembre de 2016, por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado. En estos procesos se tendrá como eje central el derecho a las víctimas.

Por otra parte, establece que para acceder al tratamiento especial previsto en la JEP es necesario aportar verdad plena, reparar a las víctimas y garantizar la no repetición, compromisos adquiridos en el Acuerdo General para la Terminación del Conflicto y la construcción de una paz estable y duradera.

Serán las mismas normas procesales de este sistema las que regulen la gradualidad de las consecuencias del incumplimiento de cualquiera de las partes, teniendo en cuenta que pueden dar lugar a perder el tratamiento especial de justicia y sus beneficios. En el caso de las Farc, su participación estará sujeta a la dejación de armas.

 A finales de junio la guerrilla deberá cumplir con el compromiso de la dejación definitiva de sus armas, y lo que se dice es que existían en su interior muchas dudas, pues la reglamentación de la JEP dejaba algunos vacíos y además, se trata de un paso definitivo sin saber cómo será el trámite del proyecto en el Congreso y qué posibles cambios pueda tener, teniendo en cuenta que ahora los legisladores pueden presentar proposiciones.

Con estas nuevas reglas era imposible aprobarla en tan poco tiempo. Ya que se trata de una ley estatuaria que tiene que aprobarse en una misma legislatura y esta acaba el 20 de junio (con sesiones extraordinarias solo iría hasta el 1 de julio).  Por eso era mejor retirar el proyecto para que no sufriera un vicio de forma. Ahora, habrá que esperar si el contenido también se modifica cuando se vuelva a presentar. 

Por Redacción Politíca

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