Nuevo mico en el PND favorece a los que robaron tierras al Estado

Según el senador Wilson Arias, el Centro Democrático propone una reforma agraria en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) sin un profundo debate. La iniciativa pretende hacer borrón y cuenta nueva en la legalización de los baldíos.

Wilson Arias *
15 de abril de 2019 - 09:00 p. m.
Imagen de referencia. / Panoramio
Imagen de referencia. / Panoramio

Según el artículo 58 de la Constitución Política: “se garantiza la propiedad privada y demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no deben ser desconocidos, ni vulnerados por leyes posteriores”. Desde el año 1882 el Legislativo consagró la prohibición legal de adquirir las tierras baldías (tierras públicas de la nación) a través de la figura legal de la prescripción adquisitiva de dominio, denominada jurídicamente usucapión, misma que en 1991 adquirió rango constitucional en el artículo 63 de la Carta.

Esta prohibición se ha ido manteniendo, a través del tiempo, en diversas leyes posteriores y quedó establecida en la Ley 160 de 1994, que es la ley más importante sobre temas agrarios vigentes actualmente. A pesar de la prohibición expresa en las normas y que la Corte Constitucional también ha recordado que los baldíos no se pueden adquirir por prescripción, la norma ha sido ampliamente violada ya que en diversas zonas del país, múltiples  actores y en varios juzgados, se han hecho a la propiedad de los baldíos a través de un procedimiento mediante el cual estaba prohibido hacerlo. ¿Error de los jueces, malicia deliberada, corrupción, acaparamiento de tierras o todas las anteriores?.

Frente a tan claras disposiciones legales y constitucionales, resulta absolutamente arbitrario pretender que legisladores validen la adquisición de tierras baldías de la nación a través de formas o procedimientos contrarios a esas expresas normativas, salvo que se trate de individuos con expectativas legítimas por ser, demostradamente, sujetos de reforma agraria en los términos que establece la Ley 160 de 1994 y solo son ellos, porque ninguna expectativa legítima pueden albergar, quienes se apropiaron de tierras baldías no siendo campesinos.

Dificilmente algún día sabremos con claridad la razón y los responsables de ello, pero lo que sí sabemos es que son muchos casos (un estudio de la Universidad Nacional habló de más de 12.000)  y que como son tierras públicas las víctimas de esos robos somos todos los colombianos. La solución más simple para esto debería ser que quienes se robaron la tierra la devuelvan. En todos los casos en que se ha identificado que se trataba de tierras baldías y que se las apropiaron ilegalmente pues también las deberían devolver, son un patrimonio público.

Sin embargo, contra toda honradez, lo que en este momento proponen varios congresistas, principalmente del Centro Democrático, es hacer un borrón y cuenta nueva, legalizando así la adquisición ilícita de millones de hectáreas del Estado por parte de particulares. Según la propuesta, lo que hay que hacer es aceptar que todas las sentencias proferidas por jueces violando la Ley, antes del 3 de agosto de 1994, se entiendan legales aún cuando estas hayan recaído sobre predios baldíos que son de la nación.   

Así estos ‘micos’, que pretenden incluirse en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y que discutimos en este momento en el Congreso de la República, terminan siendo el premio a los que defraudaron al Estado y le robaron sus tierras, sin castigo, sin devolverlos y sin mucho menos haber dicho la verdad. ¿A quién estarán tratando de beneficiar los autores de esa propuesta?. Si lo que se quisiera fuera favorecer el acceso a la tierra de pequeños campesinos habría que establecer que sólo se favorecerían sujetos de reforma agraria. Es decir, personas sin otros predios, con patrimonio limitado y quienes hayan recibido tierras en extensiones determinadas por la Unidad Agrícola Familiar.

Nada de esto se encuentra en las proposiciones –micos- que pretenden incluirse en el PND. Esta visión comporta un trato diferencial entre quienes eran campesinos y quienes no lo eran, aspecto sobre el cual tendríamos que abrir un gran debate, porque en el primer caso sí se estaría dando cumplimiento a los fines redistributivos de la tierra establecidos en la Ley 160 de 1994.

Finalmente, si bien la jurisprudencia constitucional ha caracterizado la Ley del Plan Nacional de Desarrollo como una Ley multitemática –una piñata en virtud de los abusos de esa naturaleza-, ello no faculta al legislador para pretender hacer una “contrareforma agraria” de la magnitud de lo que se pretende hacer con las proposiciones del Centro Democrático, sin un profundo debate e imponiendo en últimas una ‘mirada selectiva’ sobre lo que resulta ser legal o no para dicho partido político.

A esto nos seguiremos oponiendo.

*Senador del Polo Democrático. 

Por Wilson Arias *

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