La pelea entre Opción Ciudadana y sus excandidatos por millonaria multa electoral

El CNE sancionó a 36 excandidatos del partido, quienes ahora deberán pagar multas de hasta $1.000 millones. Los afectados alegan que la colectividad, que perdió su personería jurídica en 2018, es responsable, pero “desapareció al mejor estilo de una pirámide”.

08 de enero de 2021 - 07:19 p. m.
El partido fue fundado por el exsenador Luis Alberto Gil (condenado por parapolítica) y perdió su personería jurídica en las elecciones de 2018 al no alcanzar los votos suficientes.
El partido fue fundado por el exsenador Luis Alberto Gil (condenado por parapolítica) y perdió su personería jurídica en las elecciones de 2018 al no alcanzar los votos suficientes.
Foto: Archivo El Espectador/Referencia

En una resolución emitida a mediados de diciembre del año pasado, el Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió sancionar a 36 excandidatos al Senado que participaron en los comicios legislativos de 2018 a nombre del partido Opción Ciudadana. Las multas, que en algunos casos ascienden a $1.000 millones, corresponden a presuntas irregularidades en el manejo de sus recursos de campaña. Sin embargo, desataron una pelea de los exaspirantes contra el partido.

Uno de los que reclama es Daniel Fernando Mejía, quien fue candidato al Senado con el aval de la colectividad, fundada por el exsenador Luis Alberto Gil (condenado por parapolítica) y que perdió su personería jurídica en las elecciones de 2018 al no alcanzar los votos suficientes, así como por no obtener curul alguna.

Según Mejía, que dice ser víctima de una persecución política, su aspiración se hizo en calidad de persona natural, por lo que argumenta que la sanción no debería ser contra los candidatos, sino contra el movimiento, “primer responsable de las presuntas irregularidades que denuncia el CNE”.

“El partido Opción Ciudadana cerró sus puertas, apagó sus teléfonos y no volvió a contestar ningún mensaje. En silencio desapareció dejando embargados líderes sociales que fueron utilizados para sumar votos en sus territorios y ahora se encuentran embargados por el Estado”, dice el excandidato.

En efecto, las sanciones proferidas por el CNE corresponden a la indebida administración de recursos de campaña, pues algunos de los candidatos y sus correspondientes gerentes administraron y emplearon dineros por fuera de la cuenta única bancaria que, por ley, deben abrir los aspirantes para manejar sus ingresos y gastos. El origen de este tipo de medidas es poder determinar el origen y destinación de los recursos.

Sin embargo, la autoridad electoral determinó que en el caso de los 36 excandidatos hubo irregularidades en los manejos. En el caso de Mejía, el excandidato alegó además que, si bien envió sus informes contables al partido, este no los presentó debidamente a la autoridad electoral: “Son los partidos quienes entregan los informes contables al CNE no los candidatos”.

Adicionalmente, señaló que el partido no respondió a los candidatos por la reposición de votos y aunque se solicitó al contador de Opción Ciudadana, Eladio Alvarado, por el monto y destino de los recursos, nunca obtuvo respuesta.

“El partido Opción Ciudadana desapareció al mejor estilo de una pirámide y el Estado sanciona a sus candidatos, pero no a la personería jurídica ni a los representantes legales del partido político. Es evidente que el CNE tiene vacíos profundos que ponen en riesgo la institucionalidad colombiana”, precisó Mejía.

Las excusas para hacerle el quite a la norma fueron múltiples, entre ellas, que se falsificó la firma de los informes de ingresos y gastos, que los dineros obedecieron a donaciones en materiales para publicidad o que en ningún momento les fue notificada la actuación administrativa.

Más allá de ello, la disculpa más recurrente fue que la entidad bancaria, generalmente Bancolombia, no habilitó la cuenta a tiempo, lo que dificultó el manejo de recursos en regla. Según algunos de los excandidatos, hubo falta de diligencia y la cantidad de requisitos y tramitología impidió el normal desarrollo del reporte de ingresos y gastos. Incluso, hubo quienes alegaron que el banco no tenía las sedes ni los canales de servicio adecuados para hacer un manejo regular de la cuenta única.

Una de las campañas argumentó: “Se realizó toda la gestión posible con el fin de abrir la cuenta única bancaria, haciendo varias solicitudes a diferentes entidades financieras obteniendo la apertura de manera demorada sin que se pudiese utilizar como lo estipula la ley”.

Por otro lado, hubo quienes señalaron que la gran mayoría de los bancos no permitían aperturar cuentas para campañas y que tuvieron dificultad para abrirla en Bancolombia, “puesto que no dejaban en firme la cuenta hasta antes de la elección, no permitiendo usarla”.

En respuesta, el CNE admitió que la queja alrededor de las entidades financieras era frecuente, debido a requisitos desproporcionados, trámites dispendiosos y problemas con su normal funcionamiento, así como por la imposición de trámites poco expeditos, la prestación de servicios ineficientes y no dar las garantías para un normal funcionamiento de la cuenta. Por ello, determinó que dichos obstáculos, ocasionados por un tercero, permiten eximir del cumplimiento de la norma a algunos candidatos y gerentes de campaña.

“El papel de las entidades bancarias para la apertura de la cuenta y su normal funcionamiento se erige como un requisito indispensable para lograr el cumplimiento del mandato legal. En consecuencia, los problemas que pueden derivar por situaciones como no brindar un normal funcionamiento dan lugar a una causal de exoneración, por cuanto el manejo de los recursos no se da por el descuido o falta de voluntad, sino por la conducta irregular, en este caso, de las instituciones financieras”, dijo el CNE.

Si bien la autoridad electoral reconoció las dificultades y las admitió como una posible causal de exoneración, fue enfático en que, en la mayoría de casos, no se aportó prueba que demostrara los supuestos obstáculos o una evidencia de alguna situación especial.

“No obra documento alguno que evidencia o pruebe las razones por las cuales la totalidad de los recursos de la campaña no fueron bancarizados y como consecuencia no se administraron a través de la cuenta única bancaria que le permitiera a esta autoridad electoral determinar algún valor de prudencia y cuidado en el cumplimiento de las obligaciones que se asumen al momento de inscribirse como candidatos”, explicó el CNE.

Buscando hacerle el quite a la norma no faltó quienes aseguraron que la obligación de dar apertura o manejo a una cuenta única solo aplica para campañas que manejaron superiores a los 200 salarios mínimos legales mensuales, que en 2018 correspondían a cerca de $156 millones.

No obstante, además de determinar que en muchos casos hubo campañas que sí excedieron ese tope, el CNE concluyó que “todos los ingresos de la campaña deben ser manejados a través de la cuenta única bancaria sin importar el valor, esto en aras de proteger el bien jurídico tutelado y darle transparencia al manejo de los recursos”.

Sin embargo, hubo casos en los que sí se absolvieron a algunos candidatos. Fue el caso de la excandidata Rosa Yanit Martínez, quien logró demostrar no se podía manejar la cuenta única bancaria de forma regular debido a que presentaba problemas para su normal funcionamiento atribuibles a la entidad bancaria.

Para ello, anexó comunicaciones enviadas a la auditoría interna del propio Partido Opción Ciudadana, en las que alertaba los inconvenientes. A ello se suma que la campaña siguió haciendo los debidos reportes al aplicativo de Cuentas Claras con los soportes de caja. “Es claro que la entidad bancaria no contaba en su momento con la infraestructura necesaria como lo son las sedes ni los canales de servicio adecuados para que se pudiera obtener un manejo regular de la cuenta única bancaria y que ante ello existía una imposibilidad de manejar los recursos”.

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