Provisionalmente, reviven las 16 curules para víctimas en el Congreso

Una jueza administrativa de Bogotá admitió una tutela y ordenó, como medida cautelar, que el presidente del Senado envíe el proyecto legislativo a sanción presidencial. Luego tendrá que pasar a manos de la Corte Constitucional, que hará la última revisión.

Redacción Politíca
12 de diciembre de 2017 - 12:05 a. m.
Archivo - El Espectador
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Dos decisiones judiciales se conocieron este lunes en medio del trámite de una tutela y una demanda, que una ONG y el Gobierno interpusieron, respectivamente, para no dejar hundir la creación de 16 curules para las víctimas en la Cámara de Representantes. El proyecto de reforma constitucional ha estado en vilo en los últimos días por cuenta de una disputa matemática. Durante la votación definitiva en el Senado, 50 senadores, de los 102 miembros, votaron a favor. El presidente de la corporación, Efraín Cepeda, dijo que se caía la iniciativa porque no había alcanzado la mayoría absoluta (la mitad + 1); mientras que el Gobierno aseguró que sí se aprobó porque tres senadores están suspendidos (no pueden ser reemplazados) y el quórum se debía establecer sobre 99 senadores, y la mayoría de 99 es 50. (Lea aquí: Consejo de Estado lanza salvavidas a curules para las víctimas en el Congreso)

Mientras que la controversia crecía, Robinson López Descanse, de la Organización de Pueblos Indígenas de la Amazonía colombiana, interpuso una tutela contra el Congreso de la República. Alegó que con la posición del Legislativo se le estaban violando los derechos fundamentales a la paz, a la participación, a la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación, a la representación política y al debido proceso administrativo. Y pidió, además, una medida cautelar: que el proyecto de las curules siguiera su curso y no se detuviera por esta pelea jurídica.

Hoy, la jueza 16 administrativa de Bogotá le concedió esa medida cautelar, que es provisional y no define de fondo el asunto de la tutela (que apenas fue admitida y va a ser estudiada). De manera provisional, la justicia le ordenó al presidente del Senado que inmediatamente envíe el texto del acto legislativo, que crea las 16 curules para víctimas en la Cámara durante los periodos legislativos 2018-2022 y 2022-2026, al presidente de la República para que la sancione. Y luego de eso deberá pasar a la Corte Constitucional para que revise que esté acorde con la Constitución.  

Al conocer la decisión, el ministro del Interior, Guillermo Rivera, aseguró que ésta le da razón a la tesis del Gobierno: que el acto legislativo sí había sido aprobado en el Senado. Esta posición fue respaldada la semana pasada por el Consejo de Estado en un concepto que elaboró el alto tribunal respondiendo una consulta del mininterior.

"La determinación del quórum y las mayorías debe establecerse con base en el número total de integrantes de la respectiva corporación fijado en la Constitución, cifra a la que deben restarse las curules que no pueden ser remplazadas...la mayoría absoluta es el número entero inmediatamente superior a la mitad de los votos de los integrantes de la respectiva corporación. Así las cosas, para el caso concreto de la consulta, la mayoría absoluta de 99 es 50", afirmó la máxima autoridad en lo contencioso administrativo.

Los senadores Musa Besaile y Bernardo Elías están presos por corrupción y Martín Morales está procesado por la Corte Suprema de Justicia por supuestos vínculos con paramilitares. El Gobierno y el Consejo de Estado coinciden en que esos congresistas están suspendidos bajo la figura de la "silla vacía" y no pueden ser reemplazados. 

Una segunda noticia judicial importante en este tema se conoció hoy, pero en el curso de una demanda que radicó Rivera. Se trata de una acción de cumplimiento que busca que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordene también al presidente del Senado cumplir con lo que determinó el Consejo de Estado. El magistrado a cargo de la petición no admitió la demanda porque faltó un documento. Es una formalidad que en términos procesales es requisito indispensable para que se tramite: una declaración, bajo gravedad de juramento, que afirme que esa misma acción no se presentó a otro tribunal. Esto se pide con el fin de garantizar que dos demandas iguales no se estén adelantado en dos tribunales distintos. 

Es un error subsanable, lo que quiere decir que se puede corregir. Y el Gobierno ya anunció que este mismo martes lo hará para que siga adelante la acción de cumplimiento. El próximo 20 de diciembre inicia la vacancia judicial, por lo que el tiempo apremia. 

La creación de 16 cupo fijos para víctimas del conflicto armado en la Cámara de Representantes fue un punto pactado en el acuerdo de paz firmado entre las Farc y el Gobierno. Los candidatos solo pueden ser inscritos por organizaciones de víctimas, campesinos o sociales. Los partidos y movimientos políticos que cuentan con representación en el Congreso de la República o con personería jurídica, incluido el partido la Farc, no podrán inscribir listas ni candidatos para estas circunscripciones especiales. 

 

Por Redacción Politíca

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