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Proyecto busca limitar detenciones preventivas

El Ministerio de Justicia y la Fiscalía radicaron un proyecto de ley ante el Senado para reformar el Código de Procedimiento Penal, que apunta a establecer límites a los jueces para aplicar la detención preventiva a personas que son sometidas a juicio.

Redacción Política
29 de octubre de 2014 - 04:06 a. m.

Generalmente, con el argumento de que un procesado puede obstruir a la justicia, huir de la acción judicial o representa un peligro para la sociedad, los jueces ordenan la detención durante la imputación de cargos que hace la Fiscalía.

En varias ocasiones ese procedimiento ha sido criticado como una medida de “populismo judicial”, que termina generando la congestión de los centros de reclusión y la dilatación excesiva de los procesos judiciales. En ese sentido, el Ejecutivo, representado por el ministro de Justicia, Yesid Reyes, y la Fiscalía, en cabeza de Eduardo Montealegre, han decidido tramitar en el Congreso una reforma que le dé límites a la figura en lo relativo a la duración de la medida.

Si el proyecto es aprobado, la detención preventiva podrá tener sólo un año de duración pues, se lee en su justificación, “es un término razonable para garantizar los derechos del imputado, por una parte, y para administrar justicia de manera efectiva, por la otra”. La iniciativa plantea la posibilidad de prorrogar máximo por un año más la medida de aseguramiento privativa de la libertad “cuando el proceso se surta ante la justicia penal especializada, cuando sean tres o más los acusados contra quienes estuviere vigente la detención preventiva o cuando se trate de investigación o juicio de actos de corrupción”.

Lo claro es que para Reyes y Montealegre, “la privación de la libertad no puede extenderse indefinidamente entre la presentación del escrito de acusación y la celebración de la audiencia de juicio”, sino que debe ceñirse a los plazos de uno o máximo dos años. Incluso, para mayor precisión, el proyecto reza que “se propone, en primer lugar, que el momento de referencia para empezar a contar los términos sea la presentación del escrito de acusación. En segundo lugar, que no pueden pasar más de 120 días desde la radicación del escrito de acusación y el inicio de la audiencia de juzgamiento”.

También, para limitar las interpretaciones de los jueces sobre la necesidad de la detención preventiva, el articulado plantea que “no basta considerar exclusivamente la naturaleza de la conducta punible imputada o la pena a imponer por tal conducta, sino que, además, deben atenderse los requisitos constitucionales de la medida de aseguramiento”. Este proyecto, y otros que se vienen preparando en el Minjusticia, tienen como objetivo evitar que se sigan congestionando las cárceles. Pero, sobre todo, que la justicia no sea instrumento de la política y que no sea objeto de interpretaciones que pasen por encima de los derechos de los procesados y procuren tomar decisiones para la satisfacción de la opinión pública.

Por Redacción Política

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