Proyecto de ley busca penalizar el “paseo de la muerte”

La Procuraduría y la Contraloría radicaron una iniciativa que establece penas de hasta 8 años de cárcel, así como sanciones disciplinarias y fiscales a quienes se niegan a prestar servicios de salud.

-Redacción Política
16 de mayo de 2018 - 10:17 p. m.
La Contraloría y la Procuraduría radicaron proyecto de ley que sancionaría penalmente el "paseo de la muerte".  / Archivo El Espectador
La Contraloría y la Procuraduría radicaron proyecto de ley que sancionaría penalmente el "paseo de la muerte". / Archivo El Espectador

“Algo muy grave que sucede en este país es que la clasificación de la enfermedad de un paciente la hace el celador del servicio de urgencias, pero con esta ley, esto no se va a quedar en el celador, porque adentro hay un director de urgencias y unas instancias internas en la prestación del servicio, que tendrán que vérselas ahora con la Fiscalía, Procuraduría y Contraloría”, expresó el contralor Edgardo Maya, al momento de radicar un proyecto de ley formulado por dicha entidad en conjunto con la Procuraduría General de la Nación.

Se trata de una iniciativa de ocho artículos que fue radicada este miércoles ante la Secretaría del Senado de la República por el contralor Maya Villazón y el Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo, quienes consideraron que llegó el momento de que quienes dilaten, nieguen u obstruyan la prestación de los servicios de salud enfrenten fuertes sanciones de tipo penal, disciplinario y hasta fiscal, ya que este tipo de situación tienen inundado el sistema judicial con tutelas que, en la mayoría de los casos, son falladas en favor de los usuarios y tienen importantes costos para el Estado por violar el acceso a un derecho fundamental.

“Lo más importante de este proyecto es la imposición de una sanción, no a la entidad, sino al servidor que niega u obstaculiza el servicio. Usted es el que estaba en urgencias y usted es el que tiene que responder por negar la prestación del servicio”, explicó Maya, quien añadió que también se presentará, pero ante el próximo Congreso, un segundo proyecto que impondrá responsabilidades penales a las entidades de salud que se nieguen a prestar sus servicios a los colombianos que los necesitan.

Por ahora, el articulado que estudiará en Congreso en el mes que le queda de sesiones, establece que “El que niegue, retrase u obstaculice el acceso a servicios de salud, cuando se trate de atención de urgencia, incurrirá, por ese sólo hecho y sin perjuicio de la pena que le corresponda por los demás delitos que se ocasionen con esta conducta, en prisión de cuarenta y ocho (48) meses a noventa y seis (96) meses”, es decir, entre cuatro y ocho años de cárcel. El articulado también señala que cuando el servicio no sea prestado por omisión de un funcionario será “responsable el Jefe, Director o Coordinador de la Unidad de urgencias, o aquella persona que de acuerdo con la normatividad interna de la Institución Prestadora de Servicios de Salud tenga la función de tomar las medidas necesarias, tendientes a garantizar la adecuada”.

El proyecto también incluye penas de privativas de la libertad de entre dos años y medio y seis para quienes obstruyan el acceso a algunos de los servicios establecidos en los planes obligatorios de salud, y la responsabilidad recaerá sobre los miembros de la junta directa, el director o el representante legal de la entidad prestadora de salud.  Además, las sanciones se aumentarán en una tercera parte cuando la conducta atente contra la salud de los sujetos especiales de protección, es decir, menores de edad, mujeres en estado de gestación, víctimas del conflicto armado, adultos mayores o personas en condición de discapacidad.

Asimismo, la iniciativa define estas conductas como faltas disciplinarias y fiscales para aquellos funcionarios de las entidades de salud que las cometan. Por ejemplo, desacatar un fallo de tutela será considera una grave falta disciplinaria, así como también lo será el cobro de tarifas por servicios de carácter gratuito.  Igualmente será sancionado quien someta cualquier persona a un trato inhumano, cruel o degradante como lo puede ser el llamado “paseo de la muerte” o incluso negarse a proporcionar una sustancia que evite el dolor del paciente. 

          

Por -Redacción Política

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