Esa “Jurisdicción Excepcional Anticorrupción” estaría integrada a la justicia ordinaria, con el fin de perseguir delitos relacionados con la corrupción durante los próximos 15 años, con la posibilidad de prórroga por 10 años. En este sentido, se crearían la Unidad Nacional de Prevención de la Corrupción y la Unidad Especial de Investigación de los Delitos de Corrupción.
“La Jurisdicción Excepcional Anticorrupción conocerá de los delitos relacionados con la corrupción señalados en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (…) entre ellas, la complicidad, la incitación, la ayuda, la instigación o la autorización de un acto de cohecho a un servidor público; y la tentativa y la complicidad para cohechar a un servidor público, igual que otros tipos penales relativos a la corrupción que la ley tramitada mediante el Procedimiento Legislativo Especial para la Paz señale”, explicó Leyva.
En uno de sus parágrafos, el proyecto establece además que un mes después de aprobado el acto legislativo el fiscal general, el procurador, el contralor y los superintendentes tendrán que rendir ante notario público un detallado informe de sus actividades profesionales.
En concreto, bajo la gravedad de juramento, estos funcionarios tendrían que hacer una declaración que contenga la denominación o razón social de las sociedades de las que cada uno haya sido parte durante los cinco años anteriores a la posesión de su cargo, bien haya sido como socio, administrador, representante legal o asesor a cualquier título. Igualmente tendrían que indicar si han sido asesores o apoderados de aquellas o de sus asociados y deberán manifestar la relación de hecho que pudo haber tenido en lo económico o profesional con los entes antes mencionados.