Proyecto eleva a rango constitucional el derecho a no padecer hambre en Colombia

La iniciativa, recién radicada en el Congreso, arropa a adolescentes para “recibir una alimentación adecuada”, y propende porque todo colombiano goce del derecho a un mínimo de alimentación y nutrición adecuada. Abecé del proyecto.

14 de abril de 2021 - 04:06 p. m.
Aunque el Congreso ha intentado constitucionalizar el derecho a no padecer hambre y a la alimentación, al punto que en 2011 alcanzó a surtir siete de ocho debates, la iniciativa no ha prosperado. /Pixabay - Referencia
Aunque el Congreso ha intentado constitucionalizar el derecho a no padecer hambre y a la alimentación, al punto que en 2011 alcanzó a surtir siete de ocho debates, la iniciativa no ha prosperado. /Pixabay - Referencia

Solo en 2019, según cifras de Naciones Unidas, 2,4 millones de colombianos padecían hambre. Se trata de una situación que, sin duda, se ha exacerbado por cuenta de la pandemia y cuyas consecuencias aún están en estudio. Sin embargo, hay datos que permiten dimensionar la magnitud de la emergencia, más allá de los centenares de trapos rojos que no dejan de abundar en las ventanas de miles de viviendas. Por ejemplo, en Bogotá –la capital del país y quizá la de mayor desarrollo– una de cada tres personas, de acuerdo con el programa Bogotá Cómo Vamos, afirmó haber pasado hambre por falta de recursos durante la pandemia del COVID-19.

Para hacerle frente a este panorama y de cara a evitar una mayor tragedia social, en el Congreso acaba de ser radicado un proyecto de acto legislativo –es decir, que implica modificar la Constitución– para elevar a rango constitucional el derecho humano a la alimentación y a no padecer hambre.

Por ello, la iniciativa le apuesta a modificar el artículo 45 de la Constitución, relacionado con la protección con la que gozan los adolescentes, para que ahora tengan también el derecho “a recibir una alimentación adecuada y acorde a las necesidades nutricionales para su correcto desarrollo”. Adicionalmente, se propone modificar el artículo 65, relacionado con la producción de alimentos, para que toda persona goce del derecho a un mínimo de alimentación y nutrición adecuada, y a no padecer hambre.

“El Estado garantizará progresivamente estos derechos y promoverá condiciones de seguridad alimentaria y soberanía alimentaria en el territorio nacional”, reza un aparte de ese nuevo artículo, precisando que el Plan Nacional de Desarrollo de los gobiernos deberá incluir un capítulo en el que se especifiquen las acciones que se adelantarán para materializar este propósito.

En la iniciativa, de autoría del representante Julián Peinado (Partido Liberal) con el apoyo de otros parlamentarios, se argumenta que, al elevar a rango constitucional el derecho humano a la alimentación y a no padecer hambre, se pondría “a Colombia a la altura de los mandatos establecidos en normas internacionales de derechos humanos que han desarrollado este derecho y permitiendo que el país avance en desarrollos normativos acordes con los instrumentos internacionales de derechos humanos que el Estado ha ratificado”.

Entre otras, en el proyecto se advierte que, según el Reporte Global sobre Crisis Alimentarias 2020, en 2019 se presentó el nivel más alto de inseguridad alimentaria aguda –es decir, aquella en que “la incapacidad de una persona para consumir alimentos adecuados pone en peligro inmediato su vida o sus medios de subsistencia” – desde que el informe comenzó a producirse en 2017.

A ello se suma que aproximadamente 135 millones de personas se encuentran en ese nivel de inseguridad alimentaria, mientras que otros 183 millones están en riesgo de llegar a ese nivel. “La pandemia probablemente devastará los medios de subsistencia y la seguridad alimentaria, especialmente en contextos de fragilidad y particularmente para las personas más vulnerables que trabajan en los sectores agrícolas y no agrícolas informales. Una recesión global probablemente interrumpa las cadenas de suministro de alimento”, reza dicho informe.

Colombia no está al margen de la situación. Según la Organización Mundial para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por su sigla en inglés), en el país padecieron hambre al menos 2,4 millones de personas entre 2016 y 2018, a lo que se suma que la baja talla para la edad afecta a medio millón de niños menores de 5 años. Por otro lado, la última Encuesta Nacional de Situación Nutricional de Colombia, evidenció que 54,2 % de los hogares colombianos se encuentran en inseguridad alimentaria.

En el proyecto se citan casos como Brasil, Ecuador o Haití que han realizado un reconocimiento explícito del derecho a la alimentación constitucionalmente, que implica clasificar como un derecho económico, social y cultural el derecho a una alimentación adecuada. Adicionalmente, consagrar como “derecho fundamental” el no padecer hambre.

“La relevancia de este proyecto es que al consagrar este derecho como fundamental establece la obligación para el Estado de construir políticas públicas en torno al desarrollo del mismo, es decir, de destinar recursos tanto políticos, económicos y administrativos que contribuyan a concretar el fin para el cual fue promulgado”, reza la iniciativa.

Para argumentar la pertinencia y urgencia del proyecto, se hace alusión a instrumentos del derecho internacional como la Declaración Universal de Derechos del Hombre y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que consagran la alimentación como parte del derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado, además de crear el mandato para los Estados de tomar medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho.

“Cuando la alimentación y la nutrición son adecuadas, reconstruyen o regeneran las condiciones vitales que, entre otras cosas, nos permiten, mediante nuestra fuerza de trabajo, salud e inteligencia, mantener en marcha de nuevo dicho proceso alimentario en condiciones de dignidad. En este punto es clave insistir en lo adecuado de la alimentación y no solo desde una perspectiva de lo inmediato, sino que también a largo plazo”, concluye la iniciativa.

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