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Sancionan a partido AICO por no definir si es independiente, de gobierno u oposición

El CNE determinó que el partido incumplió con el estatuto de oposición y lo sancionó a pagar $14 millones, así como un plazo de seis meses para hacer su declaración política. Partido argumentó que no tenía plata para celebrar una asamblea y modificar sus estatutos.

03 de diciembre de 2020 - 02:06 p. m.
Según el CNE, que calificó el comportamiento del partido como “negligente, imprudente o descuidado”, al no celebrar su asamblea se evidenció una falta de planeación.
Según el CNE, que calificó el comportamiento del partido como “negligente, imprudente o descuidado”, al no celebrar su asamblea se evidenció una falta de planeación.
Foto: Archivo El Espectador /AICO

Una sanción de casi $14 millones recibió el Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia – AICO, luego de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) determinó que violó el estatuto de oposición al no declarar, pasados dos años de gobierno, si era una organización de oposición, independiente o de gobierno.

El fallo, realizado por el magistrado Jaime Luis Lacouture, advierte que el partido tenía plazo hasta el pasado 29 de marzo de 2019 para hacer las modificaciones pertinentes y definir el mecanismo para realizar la declaración política y modificar sus estatutos.

En mayo de 2019 se había ordenado la apertura de una indagación preliminar y en junio de ese año se abrió una investigación formal contra AICO. En su momento, el movimiento alegó que para hacer la modificación de los estatutos era necesario celebrar una asamblea nacional por parte de todos sus miembros; sin embargo, explica que no la pudo realizar por falta de plata.

“No se pudo llevar a cabo puesto que genera una gran carga financiera al movimiento, el cual no ha contado con los recursos suficientes para realizar la convocatoria pertinente, tal como se puede evidenciar en los extractos bancarios de la cuenta corriente perteneciente al AICO”, dijo el partido en su momento, que también dio cuenta de su “difícil y lamentable situación financiera”, entre otras, por no haber recibido el dinero de la reposición de votos en las elecciones de 2015.

Sin embargo, el CNE presentó oficios de su Fondo de Financiación Política que evidencian que al AICO se le giraron recursos solo en 2019 por $897 millones correspondientes a gastos de funcionamiento. Precisó además que la reposición de gastos de campaña no tiene como finalidad cubrir los gastos de funcionamiento, entre ellos los de las asambleas y convenciones.

“Los rubros de la reposición de votos tienen otra destinación y por lo tanto no queda duda alguna que lo referido por la organización política no lo exonera de su obligación, ya que debió prever la celebración de una convención y cubrirla con los recursos para funcionamiento, no para financiación de campañas electorales”, determinó el CNE.

Para la autoridad electoral, el AICO incurrió en una infracción consciente y voluntaria, por cuenta de un comportamiento “negligente, imprudente o descuidado”. Según el CNE, al no celebrar su asamblea, se evidenció una falta de planeación por parte del partido.

En el fallo se ordena además al AICO que, en un término no mayor a los seis meses, modifique sus estatutos para hacer su declaración política, sin que ello lo exima de la responsabilidad y la sanción proferida.

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