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Dura sanción a EPS por negligencia en caso de Daniela Gómez

La Superintendencia de Salud reportó graves fallas de Comfacor en la prestación de servicios de salud de la menor de edad.

Redacción Salud
29 de enero de 2016 - 03:54 p. m.
Así fue reportado el traslado de Daniela Lizeth Gómez a Medellín para ser atendida. / Tomada de blogs.elespectador.com
Así fue reportado el traslado de Daniela Lizeth Gómez a Medellín para ser atendida. / Tomada de blogs.elespectador.com

La Superintendencia Nacional de Salud impuso una sanción equivalente a 400 salarios mínimos a la EPS Comfacor por graves fallas en el proceso de traslado (referencia y contrarreferencia) de la menor Daniela Gómez Mendihueta que pusieron en riesgo su vida. (Lea: No dejemos que esta niña magdalenense de 9 años se muera)

La menor que fue atendida inicialmente en el Hospital San Francisco de Asís de Sincelejo Sucre, requería un traslado urgente a un centro asistencial de segundo nivel por la complejidad de la lesión que presentaba en su rostro como consecuencia de una infección por hongos. Sin embargo, Comfacor no gestionó de manera oportuna el traslado y esto ocasionó que la lesión de la menor se agravara.

El traslado de la paciente fue gestionado por entes de control como la Defensoría del Pueblo, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la superintendencia Nacional de Salud y por la IPS Hospital Pablo Tobón Uribe y no por la EPS, dejando en evidencia las graves fallas en su proceso de referencia y contrarreferencia.

Durante la investigación adelantada por la Superintendencia, se pudo establecer que Comfacor no adelantó ninguna actuación que permitiera garantizar la adecuada prestación de los servicios a Daniela Gómez Mendihueta y por el contrario actuó de manera negligente.

Comfacor expuso a Daniela y a su familia a múltiples trabas administrativas para poder acceder a la prestación del servicio de salud, aumentando su sufrimiento y generando graves consecuencias en su salud.

La Superintendencia Nacional de Salud hizo un llamado vehemente a prestadores y aseguradores a garantizar el acceso y prestación integral de todos los servicios a los usuarios, en especial a población vulnerable o con protección especial. 

Por Redacción Salud

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