La vacuna contra el papiloma nunca ha sido obligatoria: Liga contra el Cáncer

De acuerdo con su director, Carlos Castro, el fallo de la Corte Constitucional genera desinformación en la ciudadanía. Sin embargo la ley que estudió el alto tribunal dice que el procedimiento médico sí es obligatorio.

Redacción Salud.
29 de agosto de 2017 - 01:17 p. m.
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Tras la sentencia de la Corte Constitucional que estipula la aplicación opcional de la vacuna contra el cáncer de cuello uterino, varios han sido sus detractores. La Liga Contra el Cáncer es una de las voces que se alza contra el reciente fallo del alto tribunal. (Lea: Vacuna contra el virus del papiloma humano no puede ser obligatoria: Corte Constitucional)

Para el director de la entidad, Carlos Castro, la decisión solo genera desinformación entre los interesados y no cambia en nada el panorama nacional. Pues de acuerdo con Castro, la vacuna contra el papiloma jamás ha sido obligatoria.  “Lo que a mí me mortifica es que salga la Corte a decir que no es obligatoria cuando todo el mundo sabe que no lo es, pero se está impulsando y el Ministerio está tratando de impulsarla”, dijo en Blu Radio. 

De acuerdo con la decisión del alto tribunal, ningún Estado puede tomar decisiones sobre el cuerpo de sus ciudadanos porque, al hacerlo, atenta contra la dignidad humana, pues en cualquier procedimiento médico debe ser facultad del paciente aceptarlo o rechazarlo. Para tomar esta determinación, la Corte tuvo en cuenta lo estipulado en la Ley 1626 de 2013, a través de la cual se estructuró el plan de vacunación contra el VPH, en donde se estipula que la vacuna sí es obligatoria, y además, debe ser gratuita. 

El oncólogo destacó además que la principal causa de muerte de las mujeres entre 15 y 25 años es el cáncer de cuello uterino. “Lo que siempre hemos esperado todos los oncólogos de tener una vacuna contra el cáncer, resulta que en nuestro país no la hacen obligatoria y hay una serie de movimientos en contra de elle que hacen un daño enorme”, aseguró. 

Cabe recordar que el fallo se dio tras evaluar una tutela que se relacionaba con el caso de varias menores en Cali, que se vieron seriamente afectadas por los síntomas secundarios que les produjo la aplicación de la vacuna.

En la decisión la Corte Constitucional le advirtió al Ministerio de Salud que “existe la necesidad de obtener consentimiento informado como condición previa para administrar la vacuna”. Con esta decisión, el alto tribunal pone en entredicho una característica esencial de la Ley 1626 de 2013, a través de la cual se estructuró el plan de vacunación contra el VPH, gratuito y obligatorio, originalmente, para las niñas entre cuarto de primaria y séptimo de secundaria. 

Por Redacción Salud.

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