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Un error médico lo dejó impotente y ahora el Estado debe pagar

Los médicos jamás le informaron del riesgo de una intervención y ahora demandó al Estado. Consejo de Estado le dio la razón

Tatiana Molina Vargas
31 de enero de 2014 - 12:43 p. m.
Un error médico lo dejó impotente y ahora el Estado debe pagar

 Álvaro Muñoz era un joven mecánico dental que trabajaba independiente, pero que vio truncada su vida y su futuro debido a la irresponsabilidad a la hora de someterlo a una operación que le produjo graves secuelas en su salud y lo llevó en nueve ocasiones a la sala de cirugía.

La primera intervención que le fue realizada tuvo lugar en la Clínica San Rafael de Bogotá el 27 de mayo de 1993, por orden del Instituto de Seguros Sociales (ISS), con el objetivo de combatir la colitis ulcerativa (enfermedad intestinal inflamatoria que afecta el colon y el recto) que padecía desde hacía varios años.

Sin embargo, Muñoz afirmó que cuando fue sometido a la primera cirugía, no fue advertido siquiera de la posibilidad de que tendría que someterse a nuevas operaciones y menos a quedar disminuido en funciones tan vitales como las correspondientes a la vejiga y al aparato reproductor.

Antes de ese procedimiento, no presentaba molestias que le impidieran vivir como acostumbraba. Sin embargo, luego de la primera intervención, su situación empeoró. Fue sometido a otras cirugías donde se le extirparon varios órganos internos y quedó con afectaciones que le impidieron volver a trabajar y, al mismo tiempo, llevar una vida en pareja normal, pues resultó con impotencia sexual a causa del mal procedimiento.

Muñoz demandó al Estado por las secuelas de este procedimiento quirúrgico y su caso terminó siendo estudiado por el Consejo de Estado. El alto tribunal demostró la falla en el servicio con base en el expediente médico, pues se determinó que por las intervenciones le rompieron la vejiga, órgano que no estaba afectado, y le lesionaron la uretra, que tampoco tenía inconvenientes.

El Consejo Estado recordó que la Corte Constitucional ha sido clara en varias sentencias sobre la obligación del cuerpo médico de "suministrar al enfermo, de manera comprensible, la información relevante sobre los riesgos y beneficios objetivos de la terapia y las posibilidades de otros tratamientos, con el fin de que la persona pueda hacer una elección racional e informada sobre si acepta o no la intervención médica".

Allegados a la familia Muñoz Franco, como María Crisante Pinilla, le narraron a la justicia que, tras el yerro médico, el joven mecánico dental sufrió un notable detrimento en su calidad de vida y sus relaciones sociales y laborales a causa de la afectación psíquica. Según Pinilla, "fue un cuadro tremendo (…) creo que tenía un revólver debajo de la almohada y manifestaba a cada rato querer suicidarse después de la primera operación".

Además, la situación económica de la familia también se vio afectada pues Álvaro no podía trabajar. De igual manera, los estudios de derecho que adelantaba en la Universidad Libre tuvieron que ser cancelados.

Pero está dolorosa e incómoda situación va más allá de la vida de Muñoz, pues toca los reglamentos que cobijan la responsabilidad y ética médica al momento de realizar cualquier procedimiento. Tal como lo expone el artículo 15 de la ley 23 de 1981 es deber de los profesionales de la salud informar a sus pacientes todos los detalles de estos procedimientos. "El médico no expondrá a su paciente a riesgos injustificados, pedirá su consentimientos para aplicar tratamientos que considere indispensables y que puedan afectarlo física o síquicamente, y explicará al paciente sus consecuencias anticipadamente".

El Consejo de Estado le ordenó al ISS que indemnizara a la familia Muñoz Franco por los perjuicios morales y materiales que vivieron debido a una evidente desinformación, que cambió radicalmente la vida de toda una familia víctima de una atención médica deficiente. En la sentencia se advirtió: "La decisión que tome el paciente es en principio personal e individual. La información debe ser adecuada, clara, completa y explicada al paciente; y constituye un derecho esencial para poner en ejercicio su libertad (…). Ante una información falsa, errónea o incompleta, se estará frente a una vulneración de la libertad de decisión del paciente".

Por Tatiana Molina Vargas

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