Airplan y la juez

Alberto Donadio
06 de enero de 2019 - 05:00 a. m.

El aeropuerto José María Córdova de Rionegro (Antioquia), que pertenece a Aerocivil, es explotado económicamente por un concesionario llamado Airplan. Este alquiló el parqueadero a una compañía, la cual a su vez contrató a una firma para manejar las taquillas. Airplan consideró que se había cedido el contrato de arrendamiento, cosa que el inquilino niega. El asunto, que terminó en un juzgado de Rionegro, no tendría ningún interés para la opinión pública salvo por la sentencia caprichosa que dictó la juez Olga Lucía Galvis Soto. Esta indicó que el inquilino, al contratar la firma para las taquillas, “pone en riesgo la seguridad del Aeropuerto José María Córdova de Rionegro, porque se le permite a un tercero que opere la zona de parqueaderos del citado edificio”. Pero Galvis Soto no demuestra que haya existido ese peligro a la seguridad aeroportuaria, no ofrece argumentos, no cita fuentes oficiales que así lo confirmen. Es una afirmación gratuita y sin fundamento. En 2010, la Corte Suprema de Justicia dijo que una decisión judicial es caprichosa cuando es “resultado de una actuación subjetiva y arbitraria”. Es subjetivo afirmar que la presencia de un tercero es un riesgo para el aeropuerto si no se documenta esa aseveración. Y es arbitrario porque existe libre acceso al parqueadero desde el terminal, sin controles o requisas. Si cualquier persona puede entrar a pie al estacionamiento, no es verosímil que quien cobra el parqueo en la taquilla sí constituya un riesgo a la seguridad del José María Córdova.

Pero hay algo más. Galvis Soto le dio la razón a Airplan porque las declaraciones que rindieron los empleados del inquilino no son creíbles por no ser imparciales. “No ofrecen credibilidad dada la relación que los ata con la opositora (empresa demandada), razones más que suficientes para acceder a los pedimentos contenidos en la demanda”, anotó. Es cierto que los subalternos del inquilino no son imparciales, pero de ahí no se puede concluir que hay que fallar a favor de la contraparte. Eso es un exabrupto jurídico. Como lo es la afirmación de la juez según la cual la prensa no puede “poner en entredicho la labor jurisdiccional”. Es decir, la señora conceptúa que la compraventa de sentencias en la Corte Suprema de Justicia, o cartel de la toga, no la pueden investigar los periodistas. A la sentencia caprichosa, la susodicha agrega, pues, su predilección por la censura. Y Airplan quedó complacida de ganar el pleito con una sentencia bastarda. Su abogado dijo en la audiencia: “Conforme con la decisión, señora Juez”.

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