Caprichos legislativos

Yesid Reyes Alvarado
01 de julio de 2019 - 08:03 p. m.

Acaba de aprobarse una reforma constitucional que prohíbe tener al narcotráfico y al secuestro como conexos al delito político, lo que impedirá que sus autores puedan ser indultados o amnistiados por ellos.

Con esta norma el Gobierno resuelve de mala manera un problema que no existía, pero puede aparentar ante la opinión pública un triunfo después de sus fracasados intentos por modificar el Acuerdo de La Habana. Aun cuando alguien podría pensar que esa prohibición es oponible a las antiguas Farc, eso no es cierto porque según el principio constitucional de favorabilidad los desmovilizados de esa guerrilla están cobijados por la actual ley de amnistía. Si bien es verdad que, en teoría, la reforma sería útil en futuras conversaciones de paz, en la práctica lo más probable es que ese tema haría parte de la negociación y seguramente conduciría a su modificación para volver al texto de la ley hoy vigente, que es perfectamente compatible con estándares internacionales. Por supuesto, eso sería imposible en este Gobierno, único al que le sirve esta nueva norma porque le ofrece la disculpa perfecta para no retomar diálogos con otros grupos guerrilleros; pero para enterarnos de eso no hacía falta una reforma constitucional.

En este aspecto, la ley de amnistía no requería ninguna modificación. Excluye de ese beneficio la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, con lo cual deja abierta la opción para aplicarlo a retenciones de combatientes ocurridas en desarrollo del conflicto armado, siempre que ellas hayan tenido lugar en las condiciones que el derecho internacional humanitario no proscribe. Un veto absoluto como el que acaba de aprobar el Congreso puede generar una peligrosa consecuencia: si está prohibido amnistiar a quien durante un combate en medio de un conflicto armado interno retenga a un contrincante, pero no a quien lo mate, se estaría creando un pésimo aliciente en contra de la Fuerza Pública. Esta sí sería una buena oportunidad para que el presidente se negara a firmar el acto legislativo aduciendo razones de conveniencia.

Cuando con el dinero obtenido del narcotráfico u otras actividades ilegales se adquieren las armas con las que se combate, o se compra comida e indumentaria para los subversivos, no cabe duda de que con él se financia la rebelión. Si una norma, como la que acaba de ser aprobada en el Congreso, dice que eso no es así, lo único que hace es desconocer la realidad. Por el contrario, quien haya cometido delitos con ánimo personal no está cobijado por la ley de amnistía, lo que deja en claro que, si el integrante de un grupo guerrillero secuestró, cultivó, distribuyó o traficó con drogas buscando un provecho para sí mismo, no puede obtener ventaja de ella.

Como la ley de amnistía permite distinguir entre quienes destinan el dinero del narcotráfico a financiar la rebelión y los que se aprovechan de esa actividad para su propio beneficio, permitiendo la concesión de amnistías para los primeros y negándolas para los segundos, el nuevo acto legislativo parece no ser más que un capricho legislativo encaminado a mostrar que se puede modificar el Acuerdo de Paz, aunque solo sea en teoría.

 

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