Cero tolerancia a cualquier tipo de violencia contra la niñez

Columnista invitado EE
27 de julio de 2018 - 03:00 a. m.

* Por Alejandro Gamboa

Para Fundación PLAN como entidad que salvaguarda los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Colombia, el evento realizado el pasado 28 y 29 de junio, bajo el título “Impunidad de Delitos Sexuales: una Cuestión de Derechos Humanos”, significó otro eslabón dentro de la gran cadena que debemos armar los colombianos para cambiar la grave vulneración de los derechos que sufre nuestra niñez, en particular por los delitos contra las niñas en su libertad sexual.

En alianza con la Comisión de Género de la Rama Judicial, el Consejo de Estado, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, Profamilia y Unicef, dicho evento contó con la participación de expertos internacionales, como Jorge Cardona y Paz Lloria, que nos aportaron su experiencia y trabajo en el ámbito para la erradicación de las violencias contra niñas, niños y adolescentes.

Dicho trabajo puso de nuevo sobre el tapete tres deficiencias estructurales que tiene tanto el sistema administrativo como el sistema judicial colombiano, las cuales impiden la efectiva protección de la libertad sexual a que tienen derecho nuestros niños, niñas y adolescentes.

La primera es la falta de formación técnica desde una perspectiva social-jurídica de los profesionales tanto administrativos como fiscales y judiciales, lo cual se constituye en una barrera que impide aplicar la perspectiva de género y de identidad de los menores de edad afectados, para poder garantizar una verdadera igualdad y no discriminación dentro de un caso de violencia sexual.

La edad, sexo, género, raza, orientación sexual, etnicidad, discapacidad, ruralidad, rol social y político son categorías que los funcionarios deben estar en la obligación de analizar antes de empezar cualquier tipo de proceso.

Tal y como lo mencionó la comisionada Esmeralda Arosemena, integrante de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, se debe reconocer no solamente la multiplicidad de formas de violencia que existen contra NNA, sino también la diferencia que hay en las víctimas. No es lo mismo hablar de una violencia sexual contra un niño o niña en primera infancia, si es indígena o víctima del conflicto armado; cada uno de estos grupos poblacionales es absolutamente relevante para que los diferentes operadores logren impartir justicia.

Mientras no acabemos con los estereotipos de género y las relaciones desiguales de poder existentes, y no reconozcamos estas particularidades en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, no los escuchemos y no los consideremos verdaderos sujetos de derechos, no podremos avanzar como sociedad equilibrada y justa.

En segundo lugar, y atado al problema de la falta de formación de nuestros funcionarios, está la necesidad de crear protocolos de actuación tanto dentro del proceso administrativo, como dentro del proceso penal. Los errores judiciales que conllevan a una revictimización, como la no aplicación de la perspectiva de género o casos tan aberrantes como la indemnización a abusadores sexuales por privación injusta de la libertad, se pueden evitar si se aplican dichos protocolos.

Tal y como lo mencionó Beatriz Belando, máster de Violencia, de Criminología y de Derechos Humanos de la Universidad de Valencia, en el caso de España, dichos protocolos de actuación restringen la actuación del funcionario de manera positiva y evitan la comisión de errores judiciales tan graves como las mencionadas indemnizaciones.

En el caso de la Fiscalía General de la Nación, esta cuenta con todo un Protocolo de Investigación de Violencia Sexual en donde se establecen medidas para su implementación y evaluación. Dicho protocolo tiene como propósito impartir lineamientos y consolidar buenas prácticas que faciliten la efectiva investigación y judicialización de los delitos de violencia sexual, al tiempo que busca definir mecanismos enfocados a garantizar el derecho al acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual.

Que sea esta la oportunidad para poner en práctica este protocolo y realizar otros que permitan de una manera realista contrarrestar este flagelo que sufre nuestra niñez. Las herramientas existen, necesitamos voluntad política para implementarlas.

Finalmente, se ha identificado la falta de un sistema único de información para los casos de violencia sexual que articule las acciones interinstitucionales, y la falta de datos desagregados por sexo, edad y pertenencia étnica limita el análisis diferencial y de género y la visibilización de todas las implicaciones en la vida de estos niños, niñas y adolescentes. Si el Estado colombiano contara con esta herramienta, empezaríamos a conformar una estrategia integral para lograr no solamente la prevención sino la inmediata judicialización de los agresores, logrando reducir la alta impunidad que actualmente nos aqueja.

Frente a un problema tan grave como la violencia contra niños, niñas y adolescentes es perentorio revisar la legislación existente y, lo más importante, su aplicación por parte de operadores de justicia que deberían velar por la prevalencia de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y en tal caso plantear opciones de mejora de procesos jurídicos, el seguimiento a los mismos y la correspondiente sanción. Tal y como lo mencionó Jorge Cardona, miembro del Comité de los Derechos del Niño, la justicia penal debe ser el último eslabón en esta cadena en donde el argumento de la falta de presupuesto es también irrelevante frente a la protección de los derechos fundamentales de nuestros NNA. Esta tarea implica seguir trabajando en equipo y fortaleciendo alianzas que nos permitan tener resultados importantes que ayuden a transformar esta realidad.

* Presidente Ejecutivo de Fundación PLAN.

 

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