Noticias

Últimas Noticias

    Política

    Judicial

      Economía

      Mundo

      Bogotá

        Entretenimiento

        Deportes

        Colombia

        El Magazín Cultural

        Salud

          Ambiente

          Investigación

            Educación

              Ciencia

                Género y Diversidad

                Tecnología

                Actualidad

                  Reportajes

                    Historias visuales

                      Colecciones

                        Podcast

                          Opinión

                          Opinión

                            Editorial

                              Columnistas

                                Caricaturistas

                                  Lectores

                                  Blogs

                                    Suscriptores

                                    Recomendado

                                      Contenido exclusivo

                                        Tus artículos guardados

                                          Somos El Espectador

                                            Estilo de vida

                                            La Red Zoocial

                                            Gastronomía y Recetas

                                              La Huerta

                                                Moda e Industria

                                                  Tarot de Mavé

                                                    Autos

                                                      Juegos

                                                        Pasatiempos

                                                          Horóscopo

                                                            Música

                                                              Turismo

                                                                Marcas EE

                                                                Colombia + 20

                                                                BIBO

                                                                  Responsabilidad Social

                                                                  Justicia Inclusiva

                                                                    Desaparecidos

                                                                      EE Play

                                                                      EE play

                                                                        En Vivo

                                                                          La Pulla

                                                                            Documentales

                                                                              Opinión

                                                                                Las igualadas

                                                                                  Redacción al Desnudo

                                                                                    Colombia +20

                                                                                      Destacados

                                                                                        BIBO

                                                                                          La Red Zoocial

                                                                                            ZonaZ

                                                                                              Centro de Ayuda

                                                                                                Newsletters
                                                                                                Servicios

                                                                                                Servicios

                                                                                                  Empleos

                                                                                                    Descuentos

                                                                                                      Idiomas

                                                                                                      Cursos y programas

                                                                                                        Más

                                                                                                        Cromos

                                                                                                          Vea

                                                                                                            Blogs

                                                                                                              Especiales

                                                                                                                Descarga la App

                                                                                                                  Edición Impresa

                                                                                                                    Suscripción

                                                                                                                      Eventos

                                                                                                                        Pauta con nosotros

                                                                                                                          Avisos judiciales

                                                                                                                            Preguntas Frecuentes

                                                                                                                              Contenido Patrocinado
                                                                                                                              23 de septiembre de 2017 - 11:55 p. m.

                                                                                                                              El juez de los jueces

                                                                                                                              Por: Guillermo Bueno Miranda*

                                                                                                                              A esta desprestigiada justicia, que requiere de tantas y urgentees reformas, le hace falta recuperar la confianza ciudadana; y para ello es indispensable un órgano efectivo que vigile, investigue y, si es del caso, sancione a los magistrados de las altas cortes.

                                                                                                                              Puesto que el diseño constitucional que hoy rige respecto a este tema fue aprobado en la Asamblea Constituyente de 1991, en la que se debatió juiciosamente la estructura de la rama judicial, con la participación de actores que representaban toda la diversidad social, cultural y política del país, resulta prudente –antes de hacer borrón y cuenta nueva– evaluar los resultados al cabo de los 26 años que han transcurrido, para rescatar lo bueno, acabar con lo malo y reformar lo que ha resultado mediocre. No es aconsejable echar por la borda toda la experiencia, en vez de aprovecharla.

                                                                                                                              ¿Qué dispuso el Constituyente de 1991 respecto a la investigación y juzgamiento de los altos magistrados? Creó la que se conoció como la ‘supercorte’, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, con la atribución de “examinar la conducta y sancionar las faltas de los funcionarios de la rama judicial” (art. 256-3 C.P.), norma superior que fue desarrollada por el Decreto 2652/91, con la aprobación del llamado “Congresito”, que sucedió a la constituyente; en el artículo 9° de este decreto se dispuso inequívocamente, guardando armonía con las actas de la Constituyente, que “corresponde a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior: (….) 3. Conocer en única instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado, y el Fiscal General…”.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Y para preservar la imparcialidad, independencia y autonomía de estos vigilantes de la conducta de la cúpula judicial, los constituyentes concluyeron que su designación estaría en manos de las otras dos ramas del poder público: los siete (7) magistrados de la Sala Disciplinaria serían elegidos por el Congreso en pleno, de ternas enviadas por el Gobierno (Art. 254-2 C.P.).

                                                                                                                              ¿Qué ocurrió entonces? ¿Por qué terminó la Comisión de Acusaciones de la Cámara conociendo de estas investigaciones?

                                                                                                                              Ocurrieron dos cosas. La primera: la Corte Constitucional tumbó el Decreto que había sido aprobado por el ‘Congresito’, en la sentencia C-417/1993, aduciendo que el art. 256-3, al no referirse específicamente a los magistrados de las altas cortes, era aplicable únicamente a los funcionarios sin fuero, es decir a los magistrados de los tribunales de Distrito Judicial y sus inferiores; no observó la Corte que la competencia asignada a la Sala Disciplinaria comprendía a las altas cortes, como se evidenciaba de las actas de la Constituyente. A partir de este fallo, es la Comisión de Acusaciones la que investiga disciplinariamente a la cúpula judicial.

                                                                                                                              La segunda: Dada la excepcional función de investigar a los más altos jueces, era lógico que en la Carta se debió asegurar que los miembros de esta ‘supercorte’ deberían cumplir con unos requisitos muy exigentes, para que fuera integrada por los abogados más reconocidos, respetados por su probidad, garantes de la autoridad e imparcialidad que exigía la tarea encomendada. Lamentablemente no fue así. Los constituyentes se equivocaron.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Los requerimientos son tan poco exigentes —tener más de 35 años y ser abogado con más de 10 años de ejercicio profesional— que permitió que allí llegaran abogados cuya trayectoria estaba más cercana al ejercicio de la política que al Derecho o la Justicia.

                                                                                                                              Y es que si quien elabora las ternas —el Gobierno— las conforma con políticos, forzosamente quien elige, que es el Congreso, elegirá magistrados entre los políticos que las integran. La Sala Disciplinaria no se politizó, la politizaron.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              No se ve difícil, pues, que por vía de un Acto Legislativo volvamos a la voluntad del Constituyente de 1991, sustituyendo a la hoy extinta Sala Disciplinaria por una Corte Disciplinaria seria, fuerte, respetable, digna, eficiente, con competencia expresa para investigar la conducta de los magistrados de las altas cortes, corrigiendo el error cometido: para que el sistema funcione eficientemente es necesario que los requisitos personales y profesionales sean muy rigurosos y exigentes.

                                                                                                                              * Expresidente del Consejo Superior de la Judicatura.

                                                                                                                              Por: Guillermo Bueno Miranda*

                                                                                                                              A esta desprestigiada justicia, que requiere de tantas y urgentees reformas, le hace falta recuperar la confianza ciudadana; y para ello es indispensable un órgano efectivo que vigile, investigue y, si es del caso, sancione a los magistrados de las altas cortes.

                                                                                                                              Puesto que el diseño constitucional que hoy rige respecto a este tema fue aprobado en la Asamblea Constituyente de 1991, en la que se debatió juiciosamente la estructura de la rama judicial, con la participación de actores que representaban toda la diversidad social, cultural y política del país, resulta prudente –antes de hacer borrón y cuenta nueva– evaluar los resultados al cabo de los 26 años que han transcurrido, para rescatar lo bueno, acabar con lo malo y reformar lo que ha resultado mediocre. No es aconsejable echar por la borda toda la experiencia, en vez de aprovecharla.

                                                                                                                              ¿Qué dispuso el Constituyente de 1991 respecto a la investigación y juzgamiento de los altos magistrados? Creó la que se conoció como la ‘supercorte’, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, con la atribución de “examinar la conducta y sancionar las faltas de los funcionarios de la rama judicial” (art. 256-3 C.P.), norma superior que fue desarrollada por el Decreto 2652/91, con la aprobación del llamado “Congresito”, que sucedió a la constituyente; en el artículo 9° de este decreto se dispuso inequívocamente, guardando armonía con las actas de la Constituyente, que “corresponde a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior: (….) 3. Conocer en única instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado, y el Fiscal General…”.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Y para preservar la imparcialidad, independencia y autonomía de estos vigilantes de la conducta de la cúpula judicial, los constituyentes concluyeron que su designación estaría en manos de las otras dos ramas del poder público: los siete (7) magistrados de la Sala Disciplinaria serían elegidos por el Congreso en pleno, de ternas enviadas por el Gobierno (Art. 254-2 C.P.).

                                                                                                                              ¿Qué ocurrió entonces? ¿Por qué terminó la Comisión de Acusaciones de la Cámara conociendo de estas investigaciones?

                                                                                                                              Ocurrieron dos cosas. La primera: la Corte Constitucional tumbó el Decreto que había sido aprobado por el ‘Congresito’, en la sentencia C-417/1993, aduciendo que el art. 256-3, al no referirse específicamente a los magistrados de las altas cortes, era aplicable únicamente a los funcionarios sin fuero, es decir a los magistrados de los tribunales de Distrito Judicial y sus inferiores; no observó la Corte que la competencia asignada a la Sala Disciplinaria comprendía a las altas cortes, como se evidenciaba de las actas de la Constituyente. A partir de este fallo, es la Comisión de Acusaciones la que investiga disciplinariamente a la cúpula judicial.

                                                                                                                              La segunda: Dada la excepcional función de investigar a los más altos jueces, era lógico que en la Carta se debió asegurar que los miembros de esta ‘supercorte’ deberían cumplir con unos requisitos muy exigentes, para que fuera integrada por los abogados más reconocidos, respetados por su probidad, garantes de la autoridad e imparcialidad que exigía la tarea encomendada. Lamentablemente no fue así. Los constituyentes se equivocaron.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Los requerimientos son tan poco exigentes —tener más de 35 años y ser abogado con más de 10 años de ejercicio profesional— que permitió que allí llegaran abogados cuya trayectoria estaba más cercana al ejercicio de la política que al Derecho o la Justicia.

                                                                                                                              Y es que si quien elabora las ternas —el Gobierno— las conforma con políticos, forzosamente quien elige, que es el Congreso, elegirá magistrados entre los políticos que las integran. La Sala Disciplinaria no se politizó, la politizaron.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              No se ve difícil, pues, que por vía de un Acto Legislativo volvamos a la voluntad del Constituyente de 1991, sustituyendo a la hoy extinta Sala Disciplinaria por una Corte Disciplinaria seria, fuerte, respetable, digna, eficiente, con competencia expresa para investigar la conducta de los magistrados de las altas cortes, corrigiendo el error cometido: para que el sistema funcione eficientemente es necesario que los requisitos personales y profesionales sean muy rigurosos y exigentes.

                                                                                                                              * Expresidente del Consejo Superior de la Judicatura.

                                                                                                                              Ver todas las noticias
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
                                                                                                                              Aceptar