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Para cumplir con el Acuerdo hay que cumplir con las sanciones propias

Columnista invitado EE: Juanita Goebertus* y Juan Pappier
16 de marzo de 2024 - 02:15 p. m.

Recientemente, miembros del ex Secretariado de las FARC criticaron a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), afirmando que los jueces se estaban apartando del Acuerdo de Paz de 2016.

Entre varias críticas que expresaron, los miembros de Comunes plantearon preocupaciones sobre las sanciones que la JEP aún debe imponer. La puesta en marcha de estas sanciones será una prueba de fuego para la credibilidad del sistema de justicia transicional y del proceso de construcción de paz en general.

Según el acuerdo, los responsables de los crímenes más graves y representativos, que reconozcan su responsabilidad y contribuyan al esclarecimiento de la verdad y la reparación de las víctimas, no estarán sujetos a penas de prisión, sino a entre 5 y 8 años de “sanciones propias”. Los que no lo hagan, o lo hagan tardíamente, podrán recibir penas de entre 5 y 20 años de prisión.

Las sanciones propias incluyen un componente restaurativo –de ”trabajos, obras o actividades con contenido reparador”- y un componente retributivo de “restricción efectiva de la libertad”. Estas no son, como sugieren los ex comandantes de las FARC en su carta, únicamente “sanciones restaurativas”.

Una supervisión “muy estricta”

Aunque el acuerdo fue ambiguo sobre las “restricciones efectivas de la libertad”, sí detalló varios requisitos. Establece que debe haber “mecanismos idóneos de monitoreo y supervisión” por parte de la Misión de Verificación de la ONU en Colombia y la JEP para garantizar el “cumplimiento de buena fe de las restricciones”. En su análisis de la Ley Estatutaria de la JEP, la Corte Constitucional señaló que esta supervisión debe ser “muy estricta” y llevarse a cabo con “independencia e imparcialidad”.

Cuando se renegoció el acuerdo, luego del plebiscito, las partes acordaron incluir requisitos adicionales. Entre ellos, establecieron “espacios territoriales” en las que deben permanecer las personas que cumplen con las sanciones y decidieron restringir estos al “lugar de residencia de la persona (...) durante el período de su ejecución”. El acuerdo indica que estos “espacios territoriales” deben tener un “tamaño máximo equivalente a las Zonas Veredales Transitorias de Normalización”, las áreas donde dejaron las armas los ex miembros de las FARC, que tenían entre 5 y 15 hectáreas.

El acuerdo renegociado señala que la JEP debe autorizar “cualquier desplazamiento del sancionado para atender asuntos distintos al cumplimiento de la sanción”. La Corte Constitucional ha dicho que este mecanismo no debe ser “laxo o sin control, ni de liberalidad”, sino que debe “obedecer a reglas muy estrictas”.

A los ex comandantes de las FARC parece preocuparles que las sanciones sean demasiado duras. Pero en realidad, hay razones para preocuparse de que terminen siendo sean demasiado laxas.

Gobierno, JEP, ONU: ¿quién está preparado?

El país parece carecer de los preparativos necesarios para poner en práctica estas sanciones. En decisiones judiciales relativas tanto a la Fuerza Pública como a las FARC, la JEP ha expresado su preocupación por la falta de financiación estatal y de “oferta institucional” para llevar a cabo las sanciones. El gobierno del presidente Petro, que se ha comprometido a cumplir el Acuerdo de Paz y ha instado a la Jurisdicción Especial a que también lo haga, solo incluyó referencias vagas a las sanciones propias en su plan nacional de desarrollo.

Al mismo tiempo, la JEP parece haber demorado demasiado las discusiones internas sobre cómo abordar los componentes restaurativos y retributivos de las sanciones y prepararse para implementarlos. Y la Misión de la ONU en Colombia, que debe supervisar el cumplimiento, ha sugerido que no supervisará todas las sanciones, sino “tendencias generales” y “casos individuales concretos”.

Imponer las sanciones propias será todo un reto, desde el punto de vista legal, político y logístico. Pero todas las partes interesadas deben asumir este reto con seriedad y sin más demora, ya que de ello dependen los derechos de las víctimas de los atroces abusos cometidos por todas las partes en el conflicto armado.

La JEP ha dado algunos pasos históricos para garantizar la rendición de cuentas por estos abusos. Los jueces han acusado a altos mandos de las FARC de secuestro y a altos mandos del ejército por su responsabilidad en ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”. Pero la credibilidad de la JEP como un mecanismo de administración de justicia puede verse seriamente debilitada si ésta no impone seriamente las sanciones propias, incluyendo su componente retributivo.

Evitar mensajes engañosos

Si la JEP no impone sanciones propias como corresponde, ello debería suscitar preocupación en la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI), que cerró su examen preliminar sobre Colombia en 2021. En 2017, la entonces fiscal Fatou Bensouda señaló en un escrito ante la Corte Constitucional que, si bien el Estatuto de Roma no prescribe un “tipo o duración” específica de las sanciones por crímenes internacionales, éstas deben servir a los objetivos generales de las penas de “disuasión, retribución, rehabilitación y restauración”. La fiscal también agregó que el cumplimiento de estos objetivos dependerá, entre otras, de la “implementación efectiva de las restricciones de libertades y derechos” y de garantizar un “sistema riguroso de verificación”.

Cuando el actual fiscal de la CPI, Karim Khan, cerró el examen preliminar sobre Colombia en 2021, firmó un acuerdo de cooperación con el Gobierno en el que se señaló que su oficina podría reconsiderar el cierre sobre la base de “cualquier cambio significativo de las circunstancias”, incluyendo medidas que afecten a la “aplicación efectiva y proporcionada de sanciones penales de naturaleza retributiva y restaurativa”.

No aplicar correctamente las sanciones especiales también enviaría un mensaje de impunidad al ELN y a otros grupos armados que actualmente mantienen negociaciones con el gobierno colombiano.

Los gobiernos extranjeros que han apoyado el proceso de paz en Colombia, como la Unión Europea y la administración Biden, deberían pedir que la JEP y el Gobierno colombiano avancen en este aspecto crítico del componente de justicia del acuerdo y apoyar los esfuerzos significativos para cumplir con las sanciones.

Respetar el acuerdo de paz exige hacer cumplir sus normas sobre sanciones.

* Juanita Goebertus es la directora para las Américas de Human Rights Watch. Entre 2012 y 2016, participó en la delegación de gobierno en las negociaciones de paz.

** Juan Pappier es el subdirector para las Américas de Human Rights Watch, donde realizó investigaciones sobre Colombia entre 2016 y 2022

Por Juanita Goebertus*

Por Juan Pappier

 

Atenas(06773)17 de marzo de 2024 - 12:48 p. m.
Inquietos y preocupados emiten la presente misiva este par de ilusos, quienes desde el comienzo auparon y metieron al país en el engendro del indigno acuerdo suscrito en 2016; infierno q’, pa sus adentros, ya saben q’ no tiene salida. Atenas.
jairo(20827)16 de marzo de 2024 - 10:56 p. m.
HRW se limita a tocar una parte de los afectados por sanciones de la JEP, los ex FARC, mas no dicen nada respecto de los agentes estatales implicados en cuanto los espacios (territorio) donde deben cumplir eventuales pensas restrictivas si no de la libertad sí de su movimiento.
Julio(83619)16 de marzo de 2024 - 03:13 p. m.
Aporte esclarecedor. Gracias
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