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Identidad digital y billeteras virtuales

Héctor García
19 de abril de 2023 - 09:00 p. m.

¿Qué es la identidad digital?

La identidad digital ha ocupado, recientemente, un lugar importante en la vida de las personas. Sin embargo, aún cuesta trabajo entender qué es y para qué sirve. Definirla no es una tarea fácil, no se trata de un cuerpo diáfano, su definición es compleja, pues ni siquiera es sencillo definir el concepto de identidad.

La identidad digital tiene dos aspectos identificables: 1) la identidad personal, el “yo”. Michel Foucault, historiador, psicólogo, filósofo y teórico social ya había aplicado las tecnologías al yo; entendiendo esta acción como una operación, enfocada en saber cómo se define el yo desde distintas ópticas, incluyendo el uso de tecnologías; 2) la identidad digital relacionada con un grupo o colectivo, del cual emergen identidades como la identidad nacional o la cultural, esta última donde se encuentran la identidad digital en redes sociales, el metaverso, criptomonedas, y plataformas digitales en general.

En términos prácticos, la identidad digital es un conjunto de datos de la persona que la define como tal en el ciberespacio. Se trata de determinados atributos que lo hacen único; propiedades que forjan la identidad digital del sujeto, lo definen y lo caracterizan.

Estos atributos, calidades y propiedades que definen la identidad digital de una persona son atributos que pueden ser únicos de la persona, como pueden ser sus patrones biométricos; voz, iris, rostro, huellas; datos biográficos como número de cédula, RH, número de identificación; y también pueden ser atributos compartidos como el lugar de nacimiento, el barrio, el colegio, pertenecer a un determinado grupo cultural o social, e incluso patrones comportamentales comunes a otras personas como ir a cine, comprar en determinada tienda, visitar determinados lugares, entre otros.

La identidad digital personal es una clara forma de poder que hace del individuo un verdadero sujeto, con personalidad jurídica y con capacidad para convivir en el marco de la sociedad de la información.

El derecho a la identidad digital

El derecho a la identidad se encuentra protegido por la Convención Americana de Derechos Humanos artículo 3: “Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica”. La Corte Interamericana de Derechos Humanos resalta que uno de los alcances de la personalidad jurídica es ser titular de derechos y obligaciones y, por tanto, la falta de reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo constituye una vulneración de la dignidad humana.

El derecho a la identidad digital está relacionado, entonces, con el reconocimiento de la personalidad jurídica de la persona en el marco del ejercicio de derechos y obligaciones en el ciberespacio. Al respecto se tiene un antecedente del derecho a la identidad digital. El Reglamento eIDAS (Reglamento (UE) n ° 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza, tuvo como motivación, precisamente, el derecho a la identidad digital de las personas. Ahora, eIDAS2 (la nueva versión del Reglamento del 2014) que está en estudio y creación, tiene por objeto también la promoción del derecho, voluntario y gratuito, de todo ciudadano, a contar con una identidad digital que sea reconocida en cualquier lugar, y ante cualquier entidad, pública o privada, frente a cualquier actuación en el ciberespacio, bien sea en el ejercicio de derechos civiles y políticos, así como la interacción por diversión.

En Colombia, el desarrollo normativo de la identidad digital ha estado de la mano del Decreto 1413 de 2017 que fuera subrogado por el Decreto 620 de 2020, por el cual se crearon los “Servicios Ciudadanos Digitales” y se estableció el servicio de autenticación digital. Su motivación ha sido la necesidad de prestar servicios eficientes y de mejor calidad, lo cual es plausible, sin embargo, ha llegado la hora de hablar en Colombia del “derecho a la identidad digital”, con las implicaciones que ello conlleva. El Decreto 620 define el servicio de autenticación digital como “…el procedimiento que utilizando mecanismos de autenticación, permite verificar los atributos digitales de una persona cuando adelante trámites y servicios a través de medios digitales”.

¿Para qué sirve la identidad digital?

La identidad digital tiene múltiples usos en entornos electrónicos. Cualquier trámite on line e incluso off line, donde se requiera la identificación de la persona, natural o jurídica, bien sea en un trámite ante una entidad pública o una entidad privada, requerirá del uso del algún mecanismo de identificación bien sea de grado bajo, medio, alto o muy alto; el grado dependerá de la criticidad del trámite a realizar.

Para entender mejor los mecanismos de identificación y los grados o niveles de confianza, puede precisarse que en el mercado existen diferentes mecanismos de autenticación o identificación, que pueden ir desde un mecanismo de nivel de seguridad bajo, como puede ser una clave y una contraseña, hasta uno muy alto como podría ser la firma digital o la biometría facial con doble factor.

Algunos de los usos de la identidad digital serán, entre muchos otros:

· Ejercer el derecho al voto electrónico.

· Solicitar la apertura de una cuenta bancaria.

· Comprar cualquier tipo de bien totalmente on line, vehículos, inmuebles, dispositivos móviles.

· Solicitar la asignación de una línea telefónica.

· Alquilar un vehículo.

· Pedir certificaciones y paz y salvos.

· Acceso a datos de salud, bajo el control del titular.

· Solicitar partidas de nacimiento, bautismo, matrimonio, defunción.

· Compartir datos financieros (ingresos, calificación crediticia, etc.) para la solicitud de préstamos bancarios online.

Todas las consultas de la identidad digital, deberán ser consentidas por el usuario, titular de su identidad digital.

El presente y el futuro de la identidad digital

Existen diferentes iniciativas, que buscan brindar alternativas en materia de identidad digital, basadas en distintos estándares y tecnologías.

Desde hace más de dos décadas existen los servicios de confianza, mecanismos de autenticación basados en firmas digitales y electrónicas que permiten la identificación de las personas en entornos electrónicos. También se ha desarrollado la biometría, entendida esta como la ciencia que estudia y analiza las características físicas y de comportamiento de una persona, con el fin de autenticar su identidad. Existen diversos tipos de biometrías en uso y probadas en el mercado, y que han ayudado de manera importante a la reducción del fraude de suplantación de identidad.

Otro aspecto a resaltar en el futuro de la identidad digital son las billeteras digitales, carteras digitales o “wallets”, términos que ya son conocidos debido principalmente a algunos productos financieros. Si bien desde el punto de vista de los bancos las billeteras digitales se conciben como un instrumento de pago que remplaza el dinero físico que se tiene, con la noción de identidad digital estas nuevas billeteras adquieren otras funcionalidades importantes.

En Europa, por ejemplo, se desarrollan las carteras digitales de identidad digital (European Digital Identity Wallets), disponibles en aplicaciones para teléfonos móviles y otros dispositivos. Con dichos wallets, su titular podrá identificarse tanto online como offline, utilizar información civil, administrativa, fiscal, bancaria, universitaria, etc., para acceder a servicios públicos y privados.

Esto permite entender la billetera digital de forma sencilla como una versión electrónica de la billetera tradicional, en la cual se carga la cédula, licencia de conducción, carnets de identificación, entre otros. Todos estos documentos pueden pasar a ser electrónicos y ser guardados o almacenados en una billetera digital.

Viendo lo anterior, ¿Serán las billeteras digitales la nueva forma de identificarse en el mundo electrónico? Para responder a esta pregunta es aconsejable tener en cuenta, en primera medida, que la billetera por sí sola es un repositorio de información que debe ir acompañada de mecanismos de identificación y autenticación y, en segunda medida, comprender que los proyectos de identidad digital e identificación electrónica a nivel mundial pueden agruparse en tres categorías:

· Modelo centralizado: en este caso un ente que centraliza la información, usualmente una entidad del Estado, directamente o a través de proveedores de mecanismos de autenticación, tras un proceso de registro, emite credenciales de autenticación al usuario y controla su verificación.

· Modelo federado: en este caso, se delega a un proveedor el proceso de autenticación o identificación. Se trata de un modelo de gestión de identidad interdependiente entre compañías que se denomina Federated Identity Managment.

· Modelo descentralizado: en este caso, el modelo también conocido como identidad auto soberana, es el opuesto al centralizado, donde ya no existe un ente verificador y tal dependencia se elimina buscando devolver el control de los datos al titular de los mismos, haciendo uso de tecnología blockchain.

Así, para responder a la pregunta planteada, lo más probable es que tengamos modelos híbridos de autenticación, donde la integridad de los datos se garantice, entre otras tecnologías, a través de sistemas de clave pública PKI: (public key infrastructure) que se sustenta en sistemas criptográficos asimétricos con claves públicas y privadas, que a su vez es la base tecnológica de criptomonedas o de sistemas de firma digital, donde se tendrán repositorios como las billeteras digitales o la carpeta ciudadana que almacenen o sea el vehículo para verificar los atributos de identificación disponibles para realizar tales procesos de autenticación.

* Presidente ejecutivo de Camerfirma Colombia. Director del Observatorio Javeriano de Gobierno y TIC.

Héctor García

Por Héctor García

Director del observatorio de Gobierno y TIC de la Universidad Javeriana. Presidente Ejecutivo de Camerfirma Colombia.

 

Atenas(06773)20 de abril de 2023 - 12:03 a. m.
Interesante texto q’ cuánto ilustra sobre el desarrollo de avanzadas tecnologías como clara muestra de lo q’ comporta la Inteligencia Artificial y de los derechos individuales q’ de ahí deriven pa no quedar sometidos al escrutinio inquisidor del Gran hermano como bien lo anticipó G.Orwell en su obra 1984. O dicho en términos campechanos: “Q’ la raquetiada será tenaz”.
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