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                                                                                                                              Una Corte débil e interina no le sirve a la paz

                                                                                                                              Para garantizar una buena implementación normativa del acuerdo de paz, se necesita una Corte Constitucional independiente y muy fuerte tanto en lo político como en lo técnico. Sin embargo, está ocurriendo todo lo contrario. La Corte Constitucional va a tener un período de interinidad indeseable por el reemplazo de cuatro magistrados y no tiene la capacidad institucional suficiente para asumir en un tiempo reducido los complejos temas del acuerdo de paz. 

                                                                                                                              La implementación del acuerdo de paz tiene varias dimensiones, entre las que se destacan el desarrollo de políticas públicas, especialmente a nivel territorial. Un elemento que avanza muy rápido es la creación de un conjunto de normas tanto de rango constitucional como legal para asegurar que se cumpla el acuerdo de paz, a lo que podríamos llamar la implementación normativa. Recordemos que para realizar esta acción el Gobierno Nacional promovió la aprobación del Acto Legislativo 01 de 2016, el cual establece el llamado fast-track que acorta los tiempos de trámite de las reformas a la Constitución y leyes. También, el Acto Legislativo otorga facultades especiales al presidente de la República para expedir decretos con fuerza de ley. 

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Además, el Acto Legislativo para la Paz reduce los términos que tiene la Corte para su trabajo. En el caso de las reformas a la Constitución y las leyes, será de aproximadamente tres meses, cuando en el trámite ordinario era más o menos de nueve meses; y para los decretos-ley, la Corte tendrá dos meses. En principio, se podría argumentar que estas reducciones de los términos eran necesarias para implementar rápidamente el acuerdo de paz. 

                                                                                                                              Por las razones anteriores, la Corte Constitucional es una institución medular en la implementación normativa del acuerdo de paz. A pesar de la titánica tarea que se asignó a la Corte, esta garantía democrática tiene dos riesgos que deben corregirse de manera inmediata. 

                                                                                                                              El primer riesgo es que se asignó a la Corte una tarea nueva y muy grande sin que esto hubiese venido acompañado de recursos técnicos ni institucionales para hacerle frente. Así las cosas, la Corte deberá revisar cientos de normas con el mismo trabajo ordinario - que siempre es mucho - y con el mismo personal. En general, se le asigna más trabajo de alta sensibilidad jurídica y política con la misma capacidad institucional. Es preocupante que esto lleve a que la Corte no pueda hacer bien su trabajo y que por el tipo de control - único y automático - se cometan errores definitivos sobre la constitucionalidad de las normas que implementan el acuerdo de paz. El remedio para este riesgo es asignar nuevos recursos y personal para la Corte.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              La paz necesita una Corte Constitucional fuerte e independiente que sea capaz de hacer un control constitucional muy exigente a las normas que implementan el acuerdo de paz, con el fin de evitar los abusos del Gobierno, garantizar los derechos de las víctimas, construir una paz estable y duradera y, sobre todo, mantener la supremacía constitucional. 

                                                                                                                              * Investigador del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia). malbarracin@dejusticia.org @malbarracin 

                                                                                                                              Para garantizar una buena implementación normativa del acuerdo de paz, se necesita una Corte Constitucional independiente y muy fuerte tanto en lo político como en lo técnico. Sin embargo, está ocurriendo todo lo contrario. La Corte Constitucional va a tener un período de interinidad indeseable por el reemplazo de cuatro magistrados y no tiene la capacidad institucional suficiente para asumir en un tiempo reducido los complejos temas del acuerdo de paz. 

                                                                                                                              La implementación del acuerdo de paz tiene varias dimensiones, entre las que se destacan el desarrollo de políticas públicas, especialmente a nivel territorial. Un elemento que avanza muy rápido es la creación de un conjunto de normas tanto de rango constitucional como legal para asegurar que se cumpla el acuerdo de paz, a lo que podríamos llamar la implementación normativa. Recordemos que para realizar esta acción el Gobierno Nacional promovió la aprobación del Acto Legislativo 01 de 2016, el cual establece el llamado fast-track que acorta los tiempos de trámite de las reformas a la Constitución y leyes. También, el Acto Legislativo otorga facultades especiales al presidente de la República para expedir decretos con fuerza de ley. 

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Además, el Acto Legislativo para la Paz reduce los términos que tiene la Corte para su trabajo. En el caso de las reformas a la Constitución y las leyes, será de aproximadamente tres meses, cuando en el trámite ordinario era más o menos de nueve meses; y para los decretos-ley, la Corte tendrá dos meses. En principio, se podría argumentar que estas reducciones de los términos eran necesarias para implementar rápidamente el acuerdo de paz. 

                                                                                                                              Por las razones anteriores, la Corte Constitucional es una institución medular en la implementación normativa del acuerdo de paz. A pesar de la titánica tarea que se asignó a la Corte, esta garantía democrática tiene dos riesgos que deben corregirse de manera inmediata. 

                                                                                                                              El primer riesgo es que se asignó a la Corte una tarea nueva y muy grande sin que esto hubiese venido acompañado de recursos técnicos ni institucionales para hacerle frente. Así las cosas, la Corte deberá revisar cientos de normas con el mismo trabajo ordinario - que siempre es mucho - y con el mismo personal. En general, se le asigna más trabajo de alta sensibilidad jurídica y política con la misma capacidad institucional. Es preocupante que esto lleve a que la Corte no pueda hacer bien su trabajo y que por el tipo de control - único y automático - se cometan errores definitivos sobre la constitucionalidad de las normas que implementan el acuerdo de paz. El remedio para este riesgo es asignar nuevos recursos y personal para la Corte.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              La paz necesita una Corte Constitucional fuerte e independiente que sea capaz de hacer un control constitucional muy exigente a las normas que implementan el acuerdo de paz, con el fin de evitar los abusos del Gobierno, garantizar los derechos de las víctimas, construir una paz estable y duradera y, sobre todo, mantener la supremacía constitucional. 

                                                                                                                              * Investigador del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia). malbarracin@dejusticia.org @malbarracin 

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