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                                                                                                                              La carta de Álvaro Uribe al papa

                                                                                                                              En una carta enviada la semana pasada al papa Francisco, el senador Álvaro Uribe le dice, entre otras cosas, que nunca se ha opuesto a la paz, pero que “la impunidad total a los responsables de delitos atroces” constituye un estímulo al delito.

                                                                                                                              Si el expresidente se refiere al otorgamiento de indultos y amnistías a los integrantes de las Farc, está equivocado. Lo que se convino y luego se plasmó en una ley es la concesión de amnistías únicamente por los delitos políticos que cometieron durante su alzamiento en armas, como la rebelión, y por los que nacional e internacionalmente se consideran conexos con aquellos, como el porte ilegal de armas o la utilización ilícita de uniformes. Pero el mismo Acuerdo dice que en ningún caso serán objeto de amnistía o indulto los delitos de lesa humanidad, el genocidio o los graves crímenes de guerra, para citar solo algunos de los que el senador llama delitos atroces; con esta limitación queda claro que se respeta el Protocolo II Adicional a los Convenios de Ginebra, conforme al cual a la cesación de las hostilidades se podrá conceder la amnistía más amplia posible a quienes hayan tomado parte en el conflicto armado.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Los partidarios del No, entre cuyos líderes estaba el senador Uribe, propusieron que los integrantes de las Farc cumplieran sus sanciones en una colonia agrícola. En Acacías existe una desde hace muchos años, cuya extensión actual es de aproximadamente 4.700 hectáreas, de tal forma que si se hubiera accedido a esa sugerencia, los condenados por la JEP hubieran sido recluidos en un sitio como ese, es decir, en un espacio de 47 kilómetros cuadrados. En vez de eso, lo que se convino en La Habana es que los sitios de restricción efectiva de la libertad no podrían tener un tamaño mayor al de una Zona Veredal Transitoria, que eran de aproximadamente 12 kilómetros cuadrados; o sea, una cuarta parte de lo que proponían los partidarios del No.

                                                                                                                              También dice en su carta el expresidente Uribe que el Acuerdo les habría concedido a los integrantes de las Farc “autorización legal (…) para gastar dineros ilícitos en sus actividades políticas”. Esa afirmación tampoco corresponde a la realidad; lo que dice el Acto Legislativo 01 de 2017 es que los bienes que no sean incorporados al listado que entregaron las Farc, serán sometidos a extinción de dominio a favor del Estado; y si después de terminado el proceso de dejación de armas se utiliza algún activo o bien no incluido en el listado, quien así actúe será investigado por la justicia ordinaria por los delitos de enriquecimiento ilícito, lavado de activos o testaferrato.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Si el expresidente se refiere al otorgamiento de indultos y amnistías a los integrantes de las Farc, está equivocado. Lo que se convino y luego se plasmó en una ley es la concesión de amnistías únicamente por los delitos políticos que cometieron durante su alzamiento en armas, como la rebelión, y por los que nacional e internacionalmente se consideran conexos con aquellos, como el porte ilegal de armas o la utilización ilícita de uniformes. Pero el mismo Acuerdo dice que en ningún caso serán objeto de amnistía o indulto los delitos de lesa humanidad, el genocidio o los graves crímenes de guerra, para citar solo algunos de los que el senador llama delitos atroces; con esta limitación queda claro que se respeta el Protocolo II Adicional a los Convenios de Ginebra, conforme al cual a la cesación de las hostilidades se podrá conceder la amnistía más amplia posible a quienes hayan tomado parte en el conflicto armado.

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                                                                                                                              Los partidarios del No, entre cuyos líderes estaba el senador Uribe, propusieron que los integrantes de las Farc cumplieran sus sanciones en una colonia agrícola. En Acacías existe una desde hace muchos años, cuya extensión actual es de aproximadamente 4.700 hectáreas, de tal forma que si se hubiera accedido a esa sugerencia, los condenados por la JEP hubieran sido recluidos en un sitio como ese, es decir, en un espacio de 47 kilómetros cuadrados. En vez de eso, lo que se convino en La Habana es que los sitios de restricción efectiva de la libertad no podrían tener un tamaño mayor al de una Zona Veredal Transitoria, que eran de aproximadamente 12 kilómetros cuadrados; o sea, una cuarta parte de lo que proponían los partidarios del No.

                                                                                                                              También dice en su carta el expresidente Uribe que el Acuerdo les habría concedido a los integrantes de las Farc “autorización legal (…) para gastar dineros ilícitos en sus actividades políticas”. Esa afirmación tampoco corresponde a la realidad; lo que dice el Acto Legislativo 01 de 2017 es que los bienes que no sean incorporados al listado que entregaron las Farc, serán sometidos a extinción de dominio a favor del Estado; y si después de terminado el proceso de dejación de armas se utiliza algún activo o bien no incluido en el listado, quien así actúe será investigado por la justicia ordinaria por los delitos de enriquecimiento ilícito, lavado de activos o testaferrato.

                                                                                                                              Read more!

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