Las dudas que despierta Angelino Garzón

Lo supimos como si se tratara de una cadena de tragedias: al accidente cerebrovascular del vicepresidente de la República se suma ahora el hallazgo de un tumor canceroso no agresivo en la próstata.

El Espectador
23 de octubre de 2012 - 11:03 p. m.

Aparte de sus propios padecimientos, a Angelino Garzón le toca cargar con la enfermedad de su esposa, quien acaba de salir de una cirugía en la que le extirparon un cáncer de riñón. Toda nuestra solidaridad con él.

La salud del vicepresidente ha causado todo un debate alrededor de si debe o no informar al país cuáles son sus padecimientos. Nosotros nos hemos inclinado por la respuesta afirmativa, pensando sobre todo en la transparencia que los funcionarios públicos deben tener con la ciudadanía. Al margen de su dolor (que desde el punto de vista humano comprendemos), el avance de una enfermedad, cuando es el caso de un alto mandatario, no puede pertenecer al ámbito de la vida privada. La Corte Constitucional ha aclarado, una y mil veces, que la intimidad de un funcionario no es tan restringida como la de un ciudadano particular.

Garzón se ha rehusado en varias ocasiones a dar un parte público, a atender las peticiones del Congreso. Esto es comprometedor porque cómo, de otra forma, podrían los ciudadanos hacer un balance de su rendimiento, cómo podríamos tener tranquilidad de que la persona destinada a reemplazar —nada menos— al presidente de la República se encuentra en condiciones de hacerlo. Esta no es la hora de reevaluar la figura del vicepresidente, sino más bien de regular el tema de la salud de los mandatarios: ahondando en las especificidades, en cuándo se genera una incapacidad, en cómo atravesar el problema sin tantos traumatismos.

Lo que queda, por ahora, es la pregunta de qué hacer si el vicepresidente no puede continuar por cuestiones de incapacidad absoluta o por su renuncia. Debate oportuno que se abre a propósito de sus inequívocas palabras de “si a mí el presidente de Colombia y el doctor Roy Barreras hoy me pidieran la renuncia, vea, yo les agradecería casi arrodillado”. Las preguntas que ahora se hace la sociedad colombiana son las siguientes: ¿Quién nombra al reemplazo? ¿Bajo qué requisitos? ¿Hay un vacío en la Constitución y en la ley para esta eventualidad?

Las respuestas a estos interrogantes son relativamente sencillas. Un problema de derecho constitucional orgánico al que los expertos consultados por este diario supieron responder de forma concreta. La regulación, en lo que tiene que ver con la figura del vicepresidente, se encuentra en ciertos artículos constitucionales y en la Ley Quinta, el reglamento natural del Congreso.

En esta última se encuentra dispuesto qué debe hacerse para reemplazarlo. Planteemos, entonces, dos hipótesis. La renuncia, de darse, debe ser presentada ante el Senado de la República, organismo competente para admitirla. Luego viene la elección del reemplazo, que se hará con una persona que tenga las calidades que la Constitución exige para ello, perteneciente ésta al mismo partido del saliente vicepresidente. En caso de incapacidad física permanente, ésta debe ser declarada por el Congreso con la ayuda de tres médicos de muy alto nivel. El resto del procedimiento es el mismo.

La duda, entonces, no reside en el campo jurídico. Está más bien en el político. ¿Qué hará Angelino Garzón? ¿Se quedará en el cargo informando a los colombianos qué es lo que realmente le pasa? ¿Se acoplará a su tesis —razonable y válida— de que un discapacitado sí puede gobernar? ¿O presentará su renuncia?

Esperamos que se dé cierta claridad al tema.

 

Por El Espectador

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