La inconveniencia de reabrir casos juzgados

El Espectador
22 de marzo de 2019 - 05:00 a. m.
Las personas que fueron juzgadas en única instancia tenían la garantía de que los juzgaba la más alta autoridad que existe: la Corte Suprema de Justicia. / Foto: Cristian Garavito - El Espectador
Las personas que fueron juzgadas en única instancia tenían la garantía de que los juzgaba la más alta autoridad que existe: la Corte Suprema de Justicia. / Foto: Cristian Garavito - El Espectador

El senador Álvaro Uribe anunció la semana pasada que su partido, el Centro Democrático, radicará un proyecto de ley que contemple la doble instancia retroactiva para quienes hayan sido condenados en la Corte Suprema de Justicia, una propuesta problemática que abriría la puerta para poner en tela de juicio todas las decisiones de ese tribunal y crearía un precedente nefasto para el sistema de administración de justicia.

En este espacio vimos con buenos ojos la segunda instancia para aforados, que fue aprobada por el Congreso el año pasado, como un elemento esencial del derecho al debido proceso con el que deben contar todos los ciudadanos y una deuda del sistema judicial colombiano que por fortuna ya fue resuelta. Sin embargo, proponer que se ejerza de manera retroactiva tiene serios problemas de aplicación y débiles justificaciones.

La propia Corte Suprema de Justicia ha dicho que esa segunda instancia para aforados, establecida en Acto Legislativo 01 de 2018, no es retroactiva y aplica únicamente para las sentencias proferidas a partir de esa fecha. Ya varios juristas han señalado también que la propuesta no solo es inconveniente, sino inviable. Un primer argumento es que los casos que ya fueron resueltos cuando existía la única instancia se hicieron con todos los elementos del debido proceso, en el marco de la legalidad y de la Constitución que estaba vigente en ese momento, por lo que ya son cosa juzgada, que es un principio fundamental del Estado de derecho.

Además, las personas que fueron juzgadas en única instancia contaban con la garantía de que los juzgaba la más alta autoridad que existe: la Corte Suprema de Justicia.

Como dijo el exfiscal Alfonso Valdivieso en declaraciones a El Tiempo, permitir que se puedan “reabrir todos esos procesos sería gravísimo. Eso implicaría que los funcionarios que tomaron esas decisiones en vigencia de una norma actuaron indebidamente y eso no es posible”. Crearía también un clima de inseguridad jurídica, pues ninguna sentencia quedaría en firme, poniendo en duda todas las decisiones judiciales que se han proferido en el pasado. Eso sin contar con los traumatismos inmanejables que causaría en un sistema de justicia que ya de por sí está colapsado.

Aunque el senador Uribe dijo que “este proyecto no es para Andrés Felipe Arias”, la iniciativa parece diseñada a la medida de su exministro, quien está detenido en Estados Unidos y pedido en extradición a Colombia, donde está condenado a 17 años de prisión por el escándalo de Agro Ingreso Seguro. Su caso se ha convertido en un caballito de batalla y un asunto de honor para el uribismo y no deja de generar suspicacias que ahora esa bancada presente una iniciativa que podría ser su salvavidas, toda vez que el exministro ha ido agotando, una a una, las cartas posibles para evadir su compromiso con la justicia. Parece, entonces, que se pretende legislar a favor de un particular, con consecuencias imprevisibles para el país.

En caso de prosperar, la retroactividad afectaría todas las sentencias condenatorias contra aforados proferidas antes de que se creara la segunda instancia, en 2018. Ahí entran cientos de casos que incluyen el proceso 8.000. la parapolítica, la yidispolítica y el carrusel de la contratación. Eso pondría en la cuerda floja toda una historia de decisiones de la Corte Suprema de Justicia.

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Por El Espectador

 

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