La consulta previa no es negociable, menos cuando se trata de fumigar con sustancias cuestionadas que pueden tener impactos ambientales y en la salud de quienes estén cerca a las zonas de influencia. En el 2020, en su afán por retomar la aspersión con glifosato, el Gobierno Nacional adelantó un proceso ilógico: una consulta previa virtual con poblaciones que tienen pésimas tasas de conectividad y de acceso a equipos electrónicos. El resultado es que dos años después la Corte Constitucional tumbó el Plan Ambiental para reanudar las fumigaciones, demorando aún más una estrategia inadecuada contra los cultivos ilícitos.
Sobre el glifosato son múltiples las discusiones. Para un sector ideológico, respaldado desde la Casa de Nariño, gran parte del problema actual de Colombia con los cultivos de coca es que no se ha podido emplear el químico. Otro punto de vista, que hemos defendido en estas páginas de El Espectador, dice que las fumigaciones se deberían prohibir porque debe operar el principio de precaución sobre sus daños a la salud, al entorno y a los demás cultivos; porque en realidad fumigar no soluciona el problema, debido a la creciente productividad y eficiencia en la producción de la cocaína, y porque lo único que se logra es enemistar al Estado con las comunidades cultivadoras y recolectoras de coca que están esperando un cumplimiento integral del Acuerdo de Paz.
Este último punto, el de la desconfianza producida por el Gobierno en las comunidades, está directamente relacionado con la decisión de la Corte Constitucional. La sentencia es el resultado de un cúmulo de peticiones de comunidades ubicadas en los seis núcleos pensados por el Gobierno para realizar la consulta previa, que abarcan 14 departamentos y 104 municipios. El objetivo de la administración de Iván Duque era lograr la aprobación del Plan Ambiental que creó la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) para el uso del glifosato, pero como estábamos en el pico de la pandemia se hicieron reuniones virtuales. El Ministerio del Interior también expidió una resolución diciendo que no procedía consulta previa con comunidades indígenas, negras, raizales y palenqueras. Todo eso fue tumbado por la Corte.
En la sentencia, el alto tribunal argumenta: “La Sala aclara que los medios digitales de transmisión, como los canales de YouTube y Facebook de la ANLA y de la Policía Nacional, pueden resultar idóneos en escenarios de difusión masiva para ciudadanos que cuentan con servicio de internet. Pero lo que no se comparte de dicha metodología es que se trata de un enfoque que excluye a toda la población que no cuenta con facilidades o ninguna posibilidad de tener internet fijo de banda ancha”. Tiene sentido, teniendo en cuenta que únicamente el 16,2 % de los colombianos tienen conexión en centros poblados y rurales dispersos. Es decir, aquellos más afectados por las fumigaciones tenían las mayores dificultades, en plena pandemia, para asistir a la consulta previa.
Es justo que las comunidades tengan voz y voto en una decisión tan importante como las fumigaciones. En efecto, el proceso de consulta previa que se realizó fue insuficiente. Adicionalmente, dado que estamos en año electoral, el Gobierno debería considerar posponer la decisión para que sea adelantada por quien llegue a la Casa de Nariño el próximo 7 de agosto, de tal modo que los colombianos puedan votar, también, por este tema en las urnas. La lucha contra las drogas está en mora de ser revaluada con un cambio rotundo de estrategia.
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