A proteger el río Cauca

El Espectador
24 de junio de 2019 - 07:00 a. m.
/ Foto:  Nelson Sierra - El Espectador
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El segundo río más importante del país acaba de ser declarado sujeto de derechos, gracias a un fallo del Tribunal Superior de Medellín, con el propósito de asegurar su recuperación y conservación.

La decisión fue tomada en medio de la crisis ambiental que enfrenta el río Cauca a raíz de la emergencia en la represa de Hidroituango, que ya cumple un año. Aunque la pretensión de la tutela que dio lugar a la sentencia era garantizar los derechos de las comunidades afectadas por el proyecto hidroeléctrico, los magistrados fueron más allá y le concedieron al afluente y su cuenca cuatro derechos básicos: protección, conservación, mantenimiento y restauración.

También se reconoció a las generaciones futuras asentadas en el área de influencia del río como sujetos de derechos de especial protección, entre ellos a la dignidad, al agua, a la seguridad alimentaria y al medio ambiente sano. La idea es que tanto el Estado como los representantes de las comunidades se conviertan en los guardianes del Cauca y ejerzan la representación legal de sus derechos.

La decisión va en sintonía con una tendencia global según la cual los sistemas judiciales han tomado cartas en el asunto para responder a la catástrofe ambiental que enfrenta el planeta. Colombia no ha sido ajena a esta corriente y sus jueces han estado a la vanguardia.

En 2017, la Corte Constitucional reconoció en una sentencia histórica al río Atrato como sujeto de derechos y ordenó al Estado la protección de su cuenca y sus afluentes. El año pasado la misma Corte le reconoció derechos a la Amazonia y el Tribunal Administrativo de Boyacá hizo lo propio con el páramo de Pisba. Hace apenas dos semanas, el Tribunal Administrativo del Tolima ordenó proteger tres importantes ríos del departamento: Coello, Combeima y Cocora, amenazados por la actividad minera en sus cuencas.

Ahora bien, aunque estos son hitos históricos de celebrar, cabe preguntarse cuál es la utilidad de este tipo de fallos y qué dificultades se han encontrado en su materialización. Un antecedente importante es la sentencia del Consejo de Estado que en 2014 ordenó a más de 70 instituciones limpiar el río Bogotá. Cinco años después, sus órdenes están lejos de cumplirse y han entrañado enormes dificultades y demoras que sobrepasan lo dispuesto por los magistrados.

La experiencia ha demostrado que del dicho al hecho hay mucho trecho —algo nada inusual en este país, por cierto, cuando de decisiones judiciales se trata—, y en el caso del río Cauca, la sentencia deja abiertas muchas preguntas sobre su implementación. Por ejemplo, no está claro si los guardianes designados tendrán voz a la hora de otorgar licencias ambientales en proyectos que se realicen en la cuenca o de diseñar los planes de ordenamiento en los municipios aledaños.

Con todo, varios activistas involucrados con las sentencias mencionadas coinciden en que este tipo de decisiones, aunque incipientes y en ocasiones poco realistas, sí son útiles y necesarias, pues son un llamado a la acción y permiten que haya una cabeza visible, un doliente, además de sensibilizar a toda la sociedad.

La crisis ambiental que enfrentamos nos apremia a revisar los paradigmas que han sido insuficientes para garantizar la protección efectiva del medio ambiente y a pensar en nuevos enfoques y soluciones. La sola declaratoria del río Cauca como sujeto de derechos no es un remedio milagroso, pero sí es una herramienta valiosa que debemos aprovechar para ejercer presión, involucrar a las comunidades y enviar un mensaje simbólico potente: es un deber resarcir el daño y cambiar nuestra relación con la naturaleza.

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