Que las iglesias paguen impuestos

Una sentencia de tutela de la Corte Constitucional en la que se le pide al Congreso establecer con claridad el régimen tributario de todas las iglesias del país es la oportunidad para revivir un debate en el que no se quiso avanzar en el trámite de la última reforma tributaria: aunque el tribunal deja abierta la puerta para que las iglesias sigan siendo exentas, ¿no deberíamos replantear esa situación y considerar que paguen impuestos proporcionales con sus, en algunos casos, desmedidos patrimonios?

El Espectador
25 de febrero de 2017 - 02:00 a. m.

La tutela en cuestión la interpuso la Iglesia Cruzada Cristiana de Cartagena, pidiendo que no se les obligara a pagar la sobretasa ambiental que cobra la Corporación Autónoma Regional (CAR). El argumento de la Iglesia Cruzada era contundente: si a la Iglesia católica no se le obliga a pagar dicho impuesto, a ellos tampoco les debería corresponder el gravamen. De acuerdo, no hay motivos para diferenciar entre un culto y el otro en el momento de tributar.

En la sentencia, la Corte Constitucional le dio la razón a la Iglesia Cruzada, la exoneró del pago de la sobretasa ambiental y exhortó al Congreso de la República a determinar de una vez por todas si todas las iglesias están obligadas a pagar ese impuesto. Esto debido a la falta de regulación sobre el tema, que sólo exonera a la Iglesia católica en la actualidad. Para el alto tribunal, la decisión del Congreso debe cumplir “el fin de que haya igualdad en materia tributaria”.

“Las diferentes confesiones religiosas tienen el mismo derecho de acceder a los mismos beneficios que tiene la Iglesia católica”, agrega la sentencia de la Corte, y dice que el parlamento debe expedir una regulación que aplique de manera igualitaria para todos los cultos del país.

Con todo, también queda abierta la puerta para tomar una decisión novedosa en el país: abandonar el régimen de excepciones y legislar que todas las iglesias, incluyendo la católica, deben pagar impuestos.

El año pasado, durante los preparativos de una reforma tributaria que apretó a todos los colombianos, utilizamos este espacio para argumentar que no hay una justificación constitucional para que el Estado privilegie los credos con exenciones de impuestos.

Más importante aún, establecer un régimen tributario trae muchas ventajas, considerando que la información hasta 2013 habla de que las más de 7.000 iglesias con RUT en Colombia tienen un patrimonio bruto que se aproxima a los $10 billones. Según la comisión de expertos que asesoró la reforma tributaria, 145 asociaciones religiosas en el país reportan ingresos superiores a $4.524 millones. La idea de que todas las iglesias del país viven en la humildad de sus credos queda desvirtuada con esas cifras.

Por supuesto, cualquier modificación legislativa debe tener en cuenta las condiciones de cada iglesia y el servicio que les prestan a sus comunidades. La idea es que el eventual impuesto sea proporcional al patrimonio de cada una, partiendo de la obligación de declarar renta que incluyó la reforma del año pasado. No apoyaríamos, a manera de ejemplo, un gravamen que amenace la subsistencia de las iglesias con menos recursos.

Aunque es difícil imaginar al Congreso tomando una decisión de este tipo, más con la poca popularidad de la reforma tributaria, no sobra insistir en que aproveche la exhortación de la Corte para repensar este tema. En tiempos de austeridad, además, no está mal que en efecto todos los colombianos aporten al bienestar del Estado.

¿Está en desacuerdo con este editorial? Envíe su antieditorial de 500 palabras a yosoyespectador@gmail.com.

Por El Espectador

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