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Y ahora jueces dando cátedra de epidemiología

28 de noviembre de 2020 - 03:00 a. m.
El principal riesgo actual de COVID-19 es local y solicitar la prueba de los llegados del extranjero no va a cambiar esa situación. / Foto: AFP
El principal riesgo actual de COVID-19 es local y solicitar la prueba de los llegados del extranjero no va a cambiar esa situación. / Foto: AFP
Foto: Agencia AFP

No tiene sentido sentido la decisión de un juez del Circuito de Bogotá que ordenó al Gobierno Nacional volver a exigir la prueba PCR para COVID-19 a viajeros internacionales que deseen ingresar a Colombia. Con base en una tutela sustentada más con consideraciones políticas que escuchando las recomendaciones de los científicos, el juez introduce una restricción que no ayuda a controlar la pandemia, que representa una carga injusta para quienes deseen entrar al país, que contradice lo dicho por expertos y que sabotea la buena labor de contención que ha venido realizando el Ministerio de Salud.

El 4 de noviembre, mediante la Resolución 1972, el Gobierno Nacional eliminó la exigencia de la prueba PCR. Aunque muchas personas expresaron su indignación y preocupación, varios epidemiólogos explicaron que se trataba de una medida adecuada, teniendo en cuenta las condiciones actuales. Como dijo Isabel Rodríguez, epidemióloga colombiana de la U. de California: “La decisión de retirar el requisito de PCR previo a vuelos internacionales a Colombia es acertada. Reducir la importación del virus es importante al principio de una epidemia o si se logra supresión, pero no cuando hay niveles altos de transmisión comunitaria (como en Colombia)”.

En síntesis: el principal riesgo actual de COVID-19 es local, se debe al elevado número de casos que tenemos en medio de la comunidad, y solicitar la prueba de los llegados del extranjero no va a cambiar esa situación. Permitir la entrada de viajeros, en el mismo sentido, tampoco es problemático, siempre y cuando se cumpla con las medidas que ya conocemos: tapabocas, distancia social y lavado de manos.

Sin embargo, el abogado Alberto Elías González Mebarak interpuso una tutela contra la medida, argumentando que “se evidencia que la negligencia del Estado, expresada en la supresión de la exigencia a los viajeros internacionales a contar con prueba PCR de COVID-19 negativa para el ingreso al país, expone la salud y la vida de la población en general”. Un juez de circuito de Bogotá le dio la razón, al decidir que “para el despacho, el Ministerio de Salud y Protección Social pone en riesgo la vida y la salud de la población colombiana al no exigir como requisito la prueba PCR-COVID-19 negativa a los viajeros que ingresan por vía aérea al país”. Por eso dio la orden de que vuelva la exigencia de la prueba.

Se trata de un dictamen judicial que pretende la construcción de un espejismo. Aunque quisiéramos que esta decisión nos hiciese estar más seguros, no cumple ese cometido y sí abre otros problemas. Por un lado, la misma Organización Panamericana de Salud (OPS) dice que “en la coyuntura actual de la pandemia no se recomienda realizar o requerir las pruebas para COVID-19 a las personas que planifiquen o realicen un viaje internacional”. Un aspecto importante a considerar es que estas pruebas son muy costosas (entre US$60 y US$400), de difícil acceso en varios países y tienen un índice considerable de falsos positivos. Entonces, exigirlas es establecer un precio muy alto de entrada al país a los viajeros internacionales.

Por otro lado, el Ministerio de Salud tiene la potestad constitucional de definir la estrategia de mitigación. Lo ha hecho, hasta ahora, escuchando a la ciencia y con argumentos claros. ¿Por qué un juez siente la necesidad de intervenir en esa labor? Por proteger a los colombianos introducimos palos innecesarios en la rueda.

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Wilmar(72727)29 de noviembre de 2020 - 04:50 p. m.
Excelente Editorial, un juez sin elementos suficientes dicta cátedra a los especialistas, pobre nuestro país, jueces ineptos e ignorantes y el abogado de paso un estupido mayor
-(-)29 de noviembre de 2020 - 04:49 p. m.
Este comentario fue borrado.
gaj(kitsn)29 de noviembre de 2020 - 04:16 p. m.
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Jaime(64690)29 de noviembre de 2020 - 02:23 a. m.
A pesar de que no hay unanimidad entre los científicos el editorial solamente incluye los conceptos de los que consideran que la prueba no sirve porque ya hay contagio local. Es decir, esperemos si algún día se puede controlar el contagio local y ahí sí nos volvemos a preocupar por el contagio externo.
miguel(k9x72)28 de noviembre de 2020 - 11:37 p. m.
Este es uno de los pocos casos en que el juz de tutela se equivoca: los que vienen de afuera corren riesgo al venir a Colombia, pues los mil y pico de muertos diarios no son de visitantes sino de quienes viven acá. Peor y más absurda la medida de poner en cuarentena por 14 dias al visitante. Ese fallo debe ser impugnado y que el superior lo revoque
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